Nuestra sociedad avanza a pasos agigantados y se vuelve cada vez más compleja. Lo mismo ocurre con la economía, sin embargo, ocurre con frecuencia que esta evolución es tan rápida que normalmente el mercado cambia más rápido que las leyes y las normas de los países, lo que provoca, por consiguiente, espacios para evadir.
Desde hace un tiempo hasta ahora que en el mundo de las finanzas y el área tributaria se habla de las normas Beps, que junto a la Reforma Tributaria, modificaron el sistema en que hoy se tributa en nuestro país. Pero ¿qué significa esta sigla y cuáles son sus implicancias en los contribuyentes?
El concepto Beps proviene del inglés «Base Erosion and Profit Shifting», lo que traducido al español sería el equivalente a decir «Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios». En otras palabras, estas indicaciones de la OCDE a las que los países suscritos se han ido adscribiendo, buscan acabar con la erosión a la base imponible, vale decir, que acaban con la elusión de impuestos.
Es muy común ver asociado a este tema el concepto de Precios de Transferencia cuando se pactan precios por productos o servicios que permiten que las utilidades se alojen en un solo país, y no en forma justa y adecuada entre las naciones intervinientes.
Es por esto que las normas Beps tienen una visión enfocada a evitar que empresas transnacionales eviten el pago de impuestos, debido a espacios o fisuras legales de un determinado país. Las compañías que buscan estos espacios muchas veces tienen filiales en paraísos fiscales (lo que es perfectamente legal), por lo que su tributación termina siendo muy baja o nula.
Nuestra sociedad avanza a pasos agigantados y se vuelve cada vez más compleja. Lo mismo ocurre con la economía, sin embargo, ocurre con frecuencia que esta evolución es tan rápida que normalmente el mercado cambia más rápido que las leyes y las normas de los países, lo que provoca, por consiguiente, espacios para evadir.
Es por este motivo que se hace indispensable y de suma importancia, en esta mirada hacia el futuro, el tener estándares mínimos a considerar en materia de doble tributación internacional. Esto genera por supuesto algunas contrariedades, ya que lo primero que se debe hacer es revisar los convenios de doble tributación internacional vigentes. ¿Por qué? Porque actualmente es muy común que se utilice el «treaty shopping» o la «búsqueda del tratado más favorable» o «búsqueda de la nación más beneficiada».
¿Qué significa lo anterior? Que muchas veces, cuando un país A firma un tratado para disminuir o eliminar la doble tributación internacional con un país B, se deja abierta la opción a que, si después firmó otro tratado con un país C que resulte en mejores condiciones para los contribuyentes que el primero que firmaron A y B, puedo utilizar este último tratado para regular las materias entre A y B.
Es decir, en términos sencillos, un tratado firmado entre A y C puede ser utilizado para transacciones entre A y B. Esto genera fugas y problemas de control para la autoridad fiscalizadora, ya que las transnacionales tienen los recursos suficientes para poder operar desde diferentes países según les sea conveniente.
Patricio Gana
Gerente General de AK Contadores.