Un oficio enviado por el regulador a la corredora de BTG Pactual, a propósito de la doble militancia de su gerente general como miembro activo del directorio, marca precedente respecto del monitoreo que está haciendo la renovada CMF sobre la calidad de los gobiernos corporativos de las intermediarias, una industria en la que no es raro que un gerente sea al mismo tiempo director. Todo esto, en medio de nuevas normas en que las mismas corredoras deben explicar cómo resuelven conflictos de interés no solo de cara al cliente sino también a nivel interno.
Desde el caso La Polar que los directorios de las empresas se han puesto bajo el escrutinio público, siendo objeto de una fiscalización especial por parte de organismos reguladores, constituyendo hasta ahora un tema en boga en seminarios y conversatorios de Sanhattan.
Ahora, sin embargo, la renovada Comisión para el Mercado Financiero (CMF) está preocupada de la calidad de gobiernos corporativos de las corredoras de bolsa, una industria de información difusa en este aspecto, muchas de las cuales hasta hoy no tienen información pública respecto de sus directorios y en las que no es raro toparse con un gerente que, al mismo tiempo, es director.
Por estos días, el regulador tomó nota de casos puntuales, como el que ocurrió hace poco en BTG Pactual, corredora que tenía como presidente y gerente general a Hugo Rubio. «El cargo de gerente es incompatible con el de presidente, auditor o contador de la sociedad», sostuvo la CMF a través de un oficio enviado a la intermediaria, citando el artículo 49 de la Ley de Sociedades Anónimas, el cual precisamente busca evitar conflictos de intereses a nivel interno de las compañías.
Si bien BTG asumió lo ocurrido como un error interno y subsanó la situación rápidamente, pues su gerente general es Matías Repetto y la gerencia de Rubio fue una subrrogancia puntual por concepto de vacaciones, es común ver en otras intermediarias a gerentes o ejecutivos clave en los directorios de las mismas. Un breve recorrido por la industria –sobre la base de información pública provista por la CMF– permite identificar ciertos casos.
Solo por mencionar algunos, en Nevasa, por ejemplo, Ramiro Fernández es gerente y director; misma situación ocurre en la intermediaria de EuroAmerica con Gonzalo Peña; en Credicorp, sus directores René Ossa, Daniel Echavarri, Guido Riquelme y Hugo Horta son todos considerados ejecutivos claves de la corredora, cada uno con funciones específicas, ya sea como director de Renta Variable o Head de Mercado de Capitales. En Tanner, Luis Patricio Flores es director, pero al mismo tiempo gerente de distribución. Se trata de casos en los que se da una situación extraña: el directorio –como máximo órgano de una sociedad– está compuesto por miembros que son al mismo tiempo empleados del gerente general.
La Ley de Sociedades Anónimas, en el mencionado artículo 49, hace prohibición expresa para a que el presidente de un directorio no pueda a su vez ostentar cargo de gerente general. Sin embargo, para cualquier sociedad anónima abierta, cuya regulación se extiende también para las administradoras generales de fondo, establece que igualmente un gerente no puede ser solo presidente, tampoco director.
Las corredoras se eximen de dicha norma, lo que explica por qué sus directorios están compuestos por miembros que participan asimismo en su administración. Pero hay más factores que explican esto. Un abogado de la plaza comenta que muchas veces esta situación se produce porque «en el caso de las sociedades cerradas debe haber un mínimo de tres directores. Entonces, por el solo hecho de llenar este mínimo legal, se recurre a ejecutivos de la administración».
¿Hay conflictos de interés? «Hay un claro conflicto de interés y un mal manejo de gobierno corporativo, porque es el directorio como órgano superior de la empresa el que está llamado a fiscalizar las actuaciones de sus ejecutivos, dentro de este su gerente general. Es raro que un director fiscalice las actividades de sí mismo», agrega otra fuente.
Desde la misma industria afirman que esta situación, que califican al menos como cuestionable, se extiende para aquellas compañías que tienen como directores a sus asesores legales, muchos de los cuales provienen de bufetes que arman y asesoran operaciones de las corredoras de bolsa. Que un abogado director asesore y estructure algún fondo o algún contrato que diga relación con la corredora, le resta independencia para evaluar a su administración.
Según explican desde el mercado, la CMF ha estado monitoreando los gobiernos corporativos de la industria del mercado de capitales y, si bien no existe incompatibilidad legal, sí se presume la existencia de conflictos de interés a nivel de control interno y gestión de riesgo, pero que debería resolver una nueva norma que hasta hace poco estuvo en discusión para el mercado.
Si bien las circulares 2.054 para corredores y 1.869 para las AGF ya apuntan a una segregación de funciones, de manera de tener un buen control interno de lo que está pasando, teniendo que reportar al directorio aquellas cuestiones que impliquen riesgos a nivel interno, igualmente la CMF está empujando una norma que inhiba los conflictos a nivel interno.
A pesar de que la mayoría de la industria se restó de participar en el nuevo Comité de Autorregulación Financiera, instancia creada bajo el alero de la nueva CMF y que debe ser una realidad en junio, igualmente deben responder una serie de cuestiones que aseguren a dicho ente un estándar idóneo en cuanto a regulación se refiere, uno de los cuales tiene precisamente que ver con calidad de gobiernos corporativos.
Hasta el 16 de marzo estuvo disponible para comentarios en el mercado un nuevo proyecto normativo sobre «Estructura y procedimiento de envío de normas y códigos de conducta», el cual busca establecer las condiciones mínimas necesarias para que las entidades obligadas a autorregularse y que optaron por no participar del Comité de Autorregulación Financiera, cumplan con la obligación de enviar sus propias normas y códigos de conductas referidas a gobiernos corporativos, ética empresarial, transparencia y competencia leal, las que tendrán que ser aprobadas por la CMF.
Este código de conducta que deben enviar las corredoras tiene relación con el manejo de las corredoras con clientes, terceros y a nivel interno. Es precisamente en este punto que deben sincerar cuáles son sus normas de gobierno corporativo; sus normas de prevención, gestión y comunicación de conflictos de interés; normas que prevengan la comisión de fraudes internos y otros delitos o infracciones; normas respecto a la observancia del Código de Conducta y eventuales sanciones por incumplimiento, entre otras normas.
Toda esta información debe ser reportada al regulador a más tardar en junio de este año.