El senador RN envió una carta a la Comisión Mixta –que sesiona esta tarde- haciendo ver sus reparos con la modificación introducida. Los cambios señalan que las devoluciones de los montos defraudados no serán necesariamente por el 100% de los fondos, y determina que el banco puede ir a tribunales sin restituir los fondos hasta que termine el juicio.
Para las 15 horas está citada en el Congreso la Comisión Mixta instalada para zanjar el proyecto que responsabiliza a la banca ante fraude con tarjetas. La instancia no está exenta de controversia, porque en la antesala de la votación, el Gobierno acordó un cambio que limita los reembolsos y determina que se devuelvan de inmediato todos los fondos solo cuando el fraude es de hasta 10 UF.
La modificación provocó la molestia del senador RN Manuel José Ossandón. “Hasta cuándo el Ministerio de Economía defiende a la banca”, acusó el parlamentario por la Región Metropolitana, quien envió una carta a la comisión haciendo ver sus reparos con la modificación introducida.
La iniciativa actual señala que los bancos se hacen cargo de cualquier fraude que reclamen los usuarios, restituyendo en un plazo máximo de siete días hábiles todos los fondos en cuestión. Pero las modificaciones al proyecto fueron acordadas en una mesa de trabajo entre asesores de los parlamentarios que componen la instancia, junto al Ministerio de Economía. Así surgió una nueva propuesta que plantea que la devolución sea en menor plazo, pero no necesariamente por el 100% de los fondos, y el banco puede ir a tribunales sin restituir los fondos hasta que termine el juicio, informó La Tercera.
El proyecto (boletín 11078-03) que limita la responsabilidad de los usuarios de tarjetas de crédito por operaciones realizadas con tarjetas extraviadas, hurtadas o robadas, en lo relativo a la responsabilidad del usuario y del emisor en casos de uso fraudulento de estos medios de pago se encuentra en Comisión Mixta, luego de los cambios introducidos en la Cámara de Diputados.
La instancia está integrada por los senadores José Durana, Alvaro Elizalde, Rodrigo Galilea, Felipe Harboe y Ximena Rincón, y los diputados Alejandro Bernales, Joaquín Lavin León, Miguel Mellado, Jaime Naranjo, Joanna Pérez.
En la carta dirigida a la comisión, el senador Ossandón recuerda que “el corazón y espíritu del proyecto es regular lo que sucederá cuando a un usuario se le desaparece el dinero de sus cuentas bancarias o tarjetas. Para mí, este es el centro del proyecto. Hoy con la ley vigente el emisor tiene todas las herramientas para demorar la devolución, exigiendo al usuario el peso de la prueba, para que él demuestre su inocencia, lo que en la práctica termina en que el usuario es quien debe demandar al emisor ante los tribunales. Además, el régimen actual ha generado un negocio paralelo de seguros, lo que desincentiva la inversión en seguridad por parte del emisor”.
El senador recuerda que “hoy, en la propuesta del Ejecutivo, cuando los dineros “desaparecen”, el emisor debe devolver en 5 días al cliente un máximo de 10 UF. Luego, tienes 7 días más para evaluar con más antecedentes si hubo dolo o culpa por parte del cliente en la desaparición de su dinero, para lo cual el emisor debe demandar al cliente consignando el resto del dinero en tribunal si considera que hay responsabilidad del cliente”.
En tal sentido, Ossandón señala que “el monto de 10 UF es insuficiente, por lo que recomiendo que sean 35 UF (1 millón), ya que la gran mayoría de los usuarios son personas de clase media que viven de su sueldo y no pueden esperar la larga tramitación de un juicio para recuperar su dinero”.
“En el caso de que el emisor decida demandar al usuario y consigne los dineros en el Tribunal, considero que se generará en la práctica una situación asimétrica debido a la tremenda capacidad económica y técnica que tiene el emisor para contratar profesionales para litigar”, añade.
Luego, ejemplifica señalando que “en palabras simples, si por ejemplo a un usuario le roban 2, 3 o 4 millones de pesos y el emisor lo demanda, éste no tendrá muchas posibilidades de defensa ya que el abogado le saldrá más caro que el dinero a recuperar, destacando que nuestra ley exige para litigar ante los Tribunales un abogado y el usuario no podrá disponer de la totalidad de sus fondos defraudados».
De este modo, plantea que «para proteger a los usuarios, más que consignar los fondos, el emisor debiera solicitar una medida precautoria al inicio del juicio para que el Tribunal lo exima de pagar inmediatamente el resto del dinero al cliente, ante lo cual el Tribunal sólo accederá en la medida que hayan indicios serios y graves de dolo o culpa por parte del cliente. En caso de que el Tribunal no acceda a lo solicitado, el emisor deberá pagar al cliente, pero el juicio continuará hasta que se resuelva definitivamente la cuestión de fondo”.