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Continúa escalando polémica en torno al retiro de rentas vitalicias: Grupos Penta, Matte y De Río presentan «reclamos de ilegalidad» contra instrumento MERCADOS Crédito: ATON

Continúa escalando polémica en torno al retiro de rentas vitalicias: Grupos Penta, Matte y De Río presentan «reclamos de ilegalidad» contra instrumento

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Las compañías locales judicializaron el conflicto y se sumaron —por su propio carril— a la matriz estadounidense de la aseguradora Ohio National que activó un mecanismo de resolución de conflictos contra el Estado de Chile. Pese a las acciones ante la Corte de Apelaciones De Santiago, las aseguradoras manifestaron que “pagarán los anticipos que soliciten sus clientes”, pero que ello “no podrá considerarse como una renuncia al derecho que asiste a las compañías para hacer valor sus derechos”. El reclamo es contra el oficio emitido por la Comisión para el Mercado Financiero, que permitió el retiro del 10% en las rentas vitalicias.


La reforma constitucional que permitió el retiro del 10% a las personas pensionadas a través de rentas vitalicias sigue sacando ronchas. Esta vez en las aseguradoras Penta Vida (del Grupo Penta), Bicecorp (del grupo Matte) y 4Life, de los hermanos Del Río Goudie (dueños de Derco), quienes entablaron aciones judiciales ante la iniciativa aprobada por ley en el Congreso.

Recordemos que el miércoles la matriz estadounidense de la aseguradora Ohio National activó un mecanismo de resolución de conflictos contra el Estado de Chile, por el mismo motivo.

Hoy, tanto Penta Vida, Bicecorp Vida como 4Like entablaron individualmente ante la Corte de Apelaciones De Santiago “reclamos de ilegalidad” en contra del oficio Circular número 1208, del 30 de abril pasado, emitido por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y su presidente Joaquin Cortes, instrumento que permitió el retiro del 10% en las rentas vitalicias.

Según la presentación de las aseguradoras, consignada por La Segunda, la acción se funda en que dicha normativa vulnera los artículos 19 numero 24 y 26 de la Constitución, los artículos 1.545 y 2.264 y siguientes del Código Civil, y los artículos 62, 62 bis y 64 del Decreto Ley 3.500 que dio origen al actual sistema previsión.

El conflicto se da por cuanto la reforma utilizó un mecanismo que implicó que las compañías de seguros debían hacer uso de sus reservas técnicas (los fondos) para otorgar un préstamo a los pensionados simulando ser un retiro del 10% como en el caso de los afiliados a las AFP.

Pese a las acciones ante la Corte de Apelaciones De Santiago, las aseguradoras aseguraron que “pagarán los anticipos que soliciten sus clientes”, pero que ello “no podrá considerarse como una renuncia al derecho que asiste a las compañías para hacer valor sus derechos”.

En el caso de la compañía estadounidense, esta deberá demostrar que sufrió graves perjuicios por el anticipo de rentas vitalicias, algo de lo que existen dudas, según señalan fuentes de Palacio.

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