Falta de notarios en la elección, objeciones a la votación electrónica, parientes y anomalías en la comisión calificadora de los comicios son algunos de los elementos que consideró el fallo del Primer Tribunal Electoral. La historia comenzó en junio de 2021, luego de que el empresario Ricardo Mewes se convirtiera en presidente de la Cámara Nacional de Comercio, por tercera vez y con votación electrónica, para el periodo 2021-2023. “El hecho de que se haya declarado nulo el período de Ricardo Mewes tiene consecuencias jurídicas graves, porque quien efectúa contratos con una autoridad que es nula, también son nulos todos los actos que celebra. Pero la nulidad no se declara de oficio, sino que la tiene que pedir una parte interesada en hacer efectiva la nulidad. Aún hay bastante paño que cortar sobre irregularidades en la CNC: no hay comisiones revisoras de cuentas, hay gastos que tienen poco respaldo, hay un reclamo presentado al Ministerio de Economía”, señala un testigo del caso a El Mostrador.
Falta de notarios en la elección, objeciones a la votación electrónica, parientes y anomalías en la comisión calificadora de los comicios son algunos de los elementos que consideró el fallo del Primer Tribunal Electoral Metropolitano (TER) que declaró nulas las elecciones de la Cámara Nacional de Comercio (CNC) de 2021, donde obtuvo la presidencia Ricardo Mewes, el hoy líder de la CPC.
“Se declaran nulas las elecciones efectuadas en la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile, Federación Gremial Nacional, en la Asamblea Anual Ordinaria de Socios, efectuada el 28 de mayo de 2021”, dice la sentencia del TER.
El Tribunal Electoral falló a favor de disidencia de Mewes en la CNC, el pasado 24 de mayo, sólo cuatro días después de que asumiera una nueva directiva y el tribunal declinó realizar una elección distinta a la ya celebrada. Sin embargo, según explican conocedores de la causa a El Mostrador, el pronunciamiento podría tener “implicancias jurídicas en los contratos firmados por la directiva antigua y ser declarados nulos”.
“Lamentamos que la Justicia se haya demorado tanto. Hubo muchas maniobras dilatorias de la Cámara Nacional de Comercio. Se hicieron muchos esfuerzos para lograr la lista de unidad en 2021, que no se logró y llegamos a una elección que estuvo plagada de irregularidades (…) Es un testimonio moral de haber tenido la razón y también es bueno que este fallo reconozca las irregularidades que hubo y se tendrán que tomar por parte de la Cámara y del ministerio de Economía, que fiscaliza medidas”, señala a El Mostrador una fuente cercana a los hechos.
Según explica un testigo privilegiado del caso, la ley señala que las asambleas para la elección de la directiva de la CNC se hagan con asistencia de notarios. “Nosotros pedimos, por supuesto, que hubiera notario presente y no hubo notario presente. Eso lo reconoce el fallo”, afirma un testigo.
Y explica que lo que podría convertirse en el elemento más complicado para Ricardo Mewes en términos legales y administrativos. “El hecho de que se haya declarado nulo el periodo de Ricardo Mewes tiene consecuencias jurídicas graves, porque quien efectúa contratos con una autoridad que es nula, también son nulos todos los actos que celebra. Pero la nulidad no se declara de oficio, sino que la tiene que pedir una parte interesada en hacer efectiva la nulidad”.
La historia comenzó en junio de 2021, luego de que el empresario Ricardo Mewes se convirtiera en presidente de la Cámara Nacional de Comercio, por tercera vez y con votación electrónica, para el periodo 2021-2023.
Por esos días representantes de la CNC de Arica e Iquique, Pedro Corona y Fernando Lihn y un grupo de asociaciones presentaron una reclamación de nulidad contra la elección, denunciando a lo menos una decena de irregularidades en la elección ante el Tribunal Electoral.
Según la reclamación, y el proceso de 1500 páginas, el actual presidente de la CPC, Ricardo Mewes había sido presidente de la CNC en dos periodos, 2012-2015 y 2015-2017, por lo que, argumentaban, no podría ser candidato a un tercero, de acuerdo a los estatutos. De acuerdo al texto judicial, la elección “no pudo ni debió haberse efectuado”, ya que los mandatos de sus órganos directivos tenían vigencia hasta el 30 de diciembre de 2021, por la situación de emergencia sanitaria de la pandemia.
La implementación de un sistema de votación electrónico fue también impugnada por la justicia electoral, ya que no hubo un acuerdo donde los consejeros autorizaron el sufragio on line. Además, el fallo acogió la denuncia de problemas técnicos de la plataforma E-voting, que pudo permitir que electores pudieran emitir más de un voto. “Anomalía que habría sido permitida por el sistema de votación electrónica”, dice la sentencia.
Asimismo, se cuestionó el parentesco de Mewes con su consuegro en la comisión calificadora. “La presidencia de la Comisión Calificadora recayó́ en Patricio Larrañaga Katalinic, quien es consuegro de Ricardo Mewes Schnaidt, candidato a Presidente, electo, lo que atenta contra la transparencia y resguardo de la probidad que debe imperar en todo proceso electoral”, señala el texto.
Y agrega: “La irregular integración y funcionamiento de la Comisión Calificadora de Poderes y Elecciones constituyen irregularidades graves” del proceso electoral impugnado.
“Nos abisma que haya salido el fallo cuatro días después de la elección a favor nuestro. La elección de la Cámara que es de público conocimiento, era para el Tribunal hubiera hecho el esfuerzo de sacar antes. En la oportunidad del fallo hay una tremenda falencia, y cuando la Justicia tarda demasiado ya no es justicia”, señala a El Mostrador una fuente que siguió de cerca el caso.
“Aún hay bastante paño que cortar sobre irregularidades en la CNC: no hay comisiones revisoras de cuentas, hay gastos que tienen poco respaldo, hay un reclamo presentado al Ministerio de Economía por gestión (…) Vamos a ver lo que dicen también los proyectos de reforma de estatuto que entiendo que se está estudiando, pero no se ha presentado al Consejo”, concluye.