La sentencia condenó al ex Canal del Fútbol (hoy TNT Sports) al pago de una multa a beneficio fiscal de 32.000 Unidades Tributarias Anuales. Se trata de la multa más alta aplicada a un agente económico en materia de libre competencia, superando la de la colusión de los pollos y la del papel tissue.
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acogió el requerimiento que interpuso la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en contra del Canal del Fútbol CDF (Hoy TNT Sports) por abusar de su posición monopólica en el mercado de la transmisión en vivo y en directo de los encuentros deportivos del Campeonato Nacional de Fútbol Profesional.
La sentencia, que contó con los votos del presidente del tribunal, Nicolás Rojas y los ministros Ricardo Paredes, Jaime Barahona; y María de la Luz Domper Rodríguez, condenó al CDF al pago de una multa a beneficio fiscal de 32.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), US$25 millones. Se trata de la multa más alta aplicada a un agente económico en materia de libre competencia. En perspectiva, en la colusión de los pollos, el TDLC condenó a Agrosuper y Ariztia al pago de 30.000 UTA; mientras que en el caso del papel tissue, el tribunal aplicó una multa de 20.000 UTA a SCA Chile.
El requerimiento, presentado en diciembre del 2020 contra CDF, denuncia prácticas como la fijación de un precio mínimo de reventa, la restricción a las promociones que pueden desarrollar los cableoperadores, la fijación de mínimos garantizados arbitrarios y la obligación de comercialización del CDF Básico a toda la base de clientes de los cableoperadores, quienes tenían que adquirir y distribuir dicho canal para acceder a las señales CDF Premium, entre otras denuncias.
En ese momento, la FNE explicó que el CDF debe ser sancionado, pues en su conducta se observan los dos elementos que configuran el abuso de posición dominante: por un lado, la posición de dominio de CDF y, por otro, el comportamiento abusivo.
De acuerdo a lo publicado por Pulso de La Tercera, el fallo del TDLC sostiene que se impondrá al “Canal del Fútbol SpA la obligación de modificar los contratos vigentes con los operadores de televisión de pago, en un plazo máximo de seis meses a contar de la fecha de notificación de esta sentido: CDF no podrá condicionar la venta de sus señales premium a la compra de su canal básico, ni obligar a incluir en los planes de televisión algunas de sus señales”.
Además, “CDF no podrá establecer mínimos garantizados discriminatorios, como los que aplicó”.
“Se impondrá a CDF una multa total de 32.000 UTA, equivalente a la solicitada por la Fiscalía Nacional Económica. Esta multa es un 15% superior a los beneficios cuantificados atribuibles a los ingresos mínimos garantizados y la venta atada y equivale, aproximadamente, al 7% de los ingresos obtenidos por CDF por la venta de sus señales en el período julio 2017 – 2020″, añade el texto.
”Así, CDF licencia a VTR tres señales distintas de contenido primordialmente deportivo: (a) CDF Premium, hoy TNT Sports Premium; (b) CDF HD, hoy TNT Sports HD; y (c) CDF Básico, hoy TNT Sports“, consignó el fallo.