En un informe del 11 de julio, en su primera propuesta de devoluciones, Consalud impuso un monto mínimo de pago mensual de UF 0,053 por afiliado (unos $ 2.000). Al Consejo le gustó la idea y pidió que se replique en otras isapres.
En medio de la polémica que surgió porque las isapres informaron que la deuda por tabla de factores se les pagaría a sus afiliados en hasta 156 cuotas dentro de los 13 años fijados como plazo máximo en la Ley Corta, se reveló que el Consejo Consultivo de Expertos recomendó fijar un monto mínimo para la devolución, lo que no fue acogido.
Según el diario Financiero, el Consejo Consultivo de expertos -que fue aprobado por el Congreso y respaldado por la superintendencia de Salud- recibió una medida de una misma isapre, Consalud, sobre este tema.
En un informe del 11 de julio, en su primera propuesta de devoluciones, Consalud impuso un monto mínimo de pago mensual de UF 0,053 por afiliado (unos $ 2.000). El consejo, en su informe, señaló que esto permite “asegurar que los montos devengados mensualmente sean significativos, reduciendo además los tiempos de pago”.
Al Consejo le gustó tanto la idea que recomendó a la superintendencia que autorice “la posibilidad de establecer un monto mínimo de pago mensual de la deuda a los afiliados, para generar un proceso eficiente”.
Dicho consejo fue liderado por la presidenta ejecutiva de Espacio Público, Paula Benavides; acompañada por el exsuperintendente de Salud, Patricio Fernández; el médico especializado en salud pública, César Cárcamo; el exsubsecretario de Salud Pública (en este mismo Gobierno), Cristóbal Cuadrado; y el economista Claudio Sapelli.
La superintendencia dijo al citado medio que la Ley corta estableció “un marco de acción” para las isapres: un plazo máximo de 13 años para pagar a menores de 65; de 5 años para las personas entre 65 y 80; y de 2 años para los mayores de 80, “sin considerar en ninguna parte de la normativa una obligación legal para determinar un monto mínimo de pago”.