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Opinión: A tres meses de la entrada en vigencia de Ley de Facturación Electrónica

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Hemos visto cómo se han cumplido casi siete meses desde la promulgación, el 31 de enero pasado, de la Ley de Facturación Electrónica –la 20.727–, que exigirá que las grandes empresas del país –que registran ingresos de más de 100.000 UF anuales– operen con esta tecnología.

Hasta ahora, las grandes empresas que ya operan con esta modalidad superan con creces las 12.000 de un total de 19.000, faltando un número importante, pero por los plazos que se manejan nos parecen perfectamente cumplibles.

En los últimos meses, se ha notado una preocupación y preparación, entendiendo que muchas forman parte de grupos empresariales en los cuales alguna de sus empresas importantes –generalmente las de mayor cantidad de documentos– ya ha implementado la facturación electrónica. Estos grupos han estado acudiendo a sus proveedores de facturación electrónica para incluir al resto de sus empresas, algunas de las cuales, a pesar de tener montos de facturación importantes, son de bajos volúmenes de documentos y, consecuentemente, de baja complejidad.

Sin embargo, en este proceso se han notado algunas complejidades. En efecto, hay un desconocimiento generalizado relacionado con la recepción, la validación y la confirmación de los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE).

Históricamente, las empresas que implementaron la facturación electrónica se preocupaban mucho más por la emisión que por la recepción, pero ahora han entendido que esto últimos se ha vuelto extremadamente crítico, ya que genera dificultades en el procesamiento de las cuentas a pagar, pero también porque eventualmente puede generar pérdidas de crédito fiscal.

Esto último, se acentúa con los aspectos de la nueva reglamentación, la cual casi obliga a los receptores de los DTE a confirmarlos electrónicamente, para poder utilizar el crédito fiscal correspondiente.

Para evitar que esto pase, se debe elegir a proveedores especializados, con experiencia en facturación electrónica y visión sobre todas las externalidades positivas que conlleva este proyecto. Por ejemplo, relacionamiento con clientes y proveedores, pagos electrónicos, financiamiento vía e-factoring, entre otros beneficios posibles.

Adicionalmente, la empresa debe certificarse ante el SII como contribuyente electrónico, lo cual consiste en un proceso de pruebas y controles de calidad que normalmente forman parte del proceso de implementación que realiza el proveedor de la solución.

Es importante recordar que el procedimiento de implementación para las grandes empresas es mucho más detallado y específico que el de las pequeñas, ya que las grandes requieren integrar sus sistemas de gestión a la solución de facturación electrónica y esto conlleva una serie de actividades técnicas, además de procedimientos rigurosos de pruebas.

Por su parte, las pequeñas empresas que ya se están subiendo a este tren por adelantado, pueden adoptar soluciones mucho más simples y en algunos casos hasta gratuitas, lo que ayuda a eliminar las barreras de adopción en este segmento tan sensible a los costos y poco preparado para las complejidades de los sistemas informáticos tradicionales.

Creemos que las empresas más beneficiadas con la facturación electrónica son justamente las Pymes, principalmente porque pueden mejorar fuertemente sus procesos financieros a través del e-factoring, además de obtener una serie de otras ventajas debido al relacionamiento electrónico con clientes y proveedores.

Por Mario Fernández
CEO de Signature South Consulting

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