Esencialmente, la nueva norma permite la repactación en 48 cuotas, sin intereses ni reajustes de las deudas por servicios sanitarios y eléctricos contraídas entre el 18 de marzo y el 31 de diciembre de 2021. La cuota mensual no podrá exceder el 15% del cobro asociado al consumo promedio.
El Senado respaldó el proyecto que regula el prorroteo (redistribución) y pago de deudas por servicios sanitarios y eléctricos generados durante la pandemia. La iniciativa se aprobó de manera unánime y fue despachada a tramitación. Además, esta también establece subsidios con cargo fiscal a los clientes vulnerables para el pago de las deudas.
Dicho proyecto se originó con una moción de los senadores Isabel Allende, Álvaro Elizalde, Guido Girardi, Jorge Pizarro y Yasna Provoste. Esencialmente, la norma permite la repactación en 48 cuotas, sin intereses ni reajustes de las deudas por servicios sanitarios y eléctricos contraídas entre el 18 de marzo y el 31 de diciembre de 2021. La cuota mensual no podrá exceder el 15% del cobro asociado al consumo promedio.
La nueva normativa fue estudiada por las Comisiones de Economía y de Hacienda y durante su votación el vicepresidente del Senado, Jorge Pizarro, explicó las principales características. Indicó que hay acuerdo en que no es un buen procedimiento extender la ley que permite postergar el pago de los servicios básicos sin dar una solución al problema de fondo que enfrentan las familias vulnerables. En ese sentido, precisó, que se insistió en construir una fórmula solidaria, con el Ejecutivo, que permitiera pagar la deuda morosa y no seguir postergándola.