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Perú sancionó con millonaria multa a supermercadistas chilenas Ceconsud y Tottus por colusión PAÍS Crédito: Agencia Uno (ARCHIVO REFENCIAL)

Perú sancionó con millonaria multa a supermercadistas chilenas Ceconsud y Tottus por colusión

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La Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) de Perú, sancionó y aplicó millonarias multas a las supermercadistas chilenas Cencosud y Tottus por infracción a la “fijación de un precio mínimo” del pavo entero San Fernando, respecto del cual, precisa Indecopi, “las empresas alineaban sus precios para mantenerlos elevados artificialmente” durante los meses de diciembre entre los años 2009 y 2016. 


La Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) de Perú, sancionó y aplicó millonarias multas a las supermercadistas chilenas Cencosud y Tottus por la infracción de concertación de precios del pavo, algo que en Chile se conoce como colusión.

Cencosud Retail Perú e Hipermercados Tottus, junto a la cadena local Supermercados Peruanos (de InRetail), recibieron las multas más altas, por un monto cercano a los US$1,2 millones cada una, es decir, unos 990 millones de pesos chilenos.

La infracción consistió en la “fijación de un precio mínimo” del pavo entero San Fernando, respecto del cual, precisa Indecopi, “las empresas alineaban sus precios para mantenerlos elevados artificialmente” durante los meses de diciembre entre 2009 y 2016.

Esta información recabada abarcó el acuerdo de las grandes empresas, según declaraciones consignadas por Radio Programas del Perú, como también los correos electrónicos e información económica, todo obtenido por la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia.

“Además, se acreditó la participación de San Fernando durante las campañas navideñas 2015 y 2016 como facilitador del cártel, que se encargó de comunicar el precio mínimo a los autoservicios, trasladar información y reclamos entre los mismos y buscar el cumplimiento del acuerdo. Así, cada autoservicio condicionaba su respeto del precio mínimo al cumplimiento por parte del resto de competidores”, señala Indecopi.

En respuesta, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia ordenó que las empresas infractoras implementen un programa de cumplimiento de las normas de libre competencia por un periodo de 3 años, ceñidas sobre la base de recomendaciones contenidas en la Guía de Programas de Cumplimiento de las Normas de Libre Competencia publicada por el Indecopi en marzo del 2020.

En segunda instancia, la resolución puede ser apelada ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia. Por lo que por su parte, Cencosud y Tottus tras negar haber cometido la infracción sancionada, adelantaron que sí apelarán.

A través del Diario Financiero, las cadenas sostuvieron que “negamos categóricamente haber incurrido en las imputaciones efectuadas por la Comisión en primera instancia, por lo que Tottus presentará los recursos de revisión pertinentes con miras a revertir esta decisión”.

Mientras que desde Cencosud indicaron al citado medio que “expresamos respetuosamente nuestro desacuerdo con lo resuelto por la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi y apelaremos su fallo (…) A fin de aclarar los hechos bajo investigación y disipar cualquier duda sobre nuestra participación en el mercado peruano, continuaremos brindando la información necesaria y colaborando activamente con las autoridades pertinentes”.

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