Según detalló la Defensoría Metropolitana Norte, durante la investigación del caso se determinó que la imputada —quien no habla español— recibía constantes agresiones físicas cometidas por su pareja. El dictamen emitido por el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago también condenó en costas al Ministerio Público.
La Defensoría Regional Metropolitana Norte (DRMN) informó la absolución de una mujer de nacionalidad haitiana acusada de causar la muerte de su pareja, en un caso en el que se expuso que la defendida sufría constante violencia de género y vivía en Chile en condiciones de considerable vulnerabilidad. En la resolución, dictada por el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, también se condenó en costas al Ministerio Público.
El trágico hecho ocurrió la madrugada del 2 de julio de 2019, en un cité ubicado en avenida Brasil, en la comuna de Santiago. De acuerdo a la investigación del incidente, en ese lugar se produjo una pelea entre la mujer de iniciales S.V., madre de tres hijos, y su pareja, G.F., un varón también de nacionalidad haitiana. El hombre sufrió una herida en el tórax causada con un cuchillo que le produjo la muerte en el mismo lugar.
S.V. fue detenida y el Ministerio Público pidió contra ella una pena de 15 años y un día como autora del delito de parricidio.
La representación legal de la acusada, encabezada por la defensora Patricia Alvarado Masafierro, argumentó que la mujer de nacionalidad haitiana había sufrido durante largo tiempo constantes agresiones físicas y violencia de género de parte de su pareja. En este contexto, mencionó la realización de peritajes que certifican que S.V. muestra lesiones que incluyen hundimiento craneal y quemaduras con agua caliente.
La propia imputada, en tanto, testimonió que el agresor en una oportunidad la atacó utilizando ácido extraído de una batería.
El día en el que se produjo el incidente fatal, la indagación arrojó que mientras se desarrollaba una pelea en la que mediaron golpes propinados por el agresor, ella tomó un cuchillo como medida de autodefensa, con el que se produjo la herida que causó la muerte de G.F.
El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal consideró que la defensa logró acreditar que S.V. actuó amparada en una causal de justificación contemplada en nuestro ordenamiento jurídico, en el marco de la situación de violencia permanente que vivía y el estar afectada en sus bienes jurídicos más esenciales, como la vida y la integridad física y psíquica.
Durante la investigación del caso quedó en evidencia la situación de vulnerabilidad de la acusada, quien no habla español y se vio inhibida de denunciar la situación de permanente violencia de género que la afectaba, debido al temor que sufría y el desconocimiento de sus derechos.
La resolución del tribunal consideró entre sus conclusiones la Convención de Belem Do Pará para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de Naciones Unidas y las Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de personas en condición de vulnerabilidad.