Desde el punto de vista macro, la carrera docente (ley 20.903) ha significado un cambio sustantivo en las condiciones de trabajo del profesorado. Sin embargo, también se han hecho evidentes algunos efectos no deseados para quienes ocupan cargos directivos. Ello porque la mejora salarial asociada a los tramos superiores de la carrera docente no pocas veces supera el salario de directivos en ejercicio. En este escenario, entonces, ¿cuál es el incentivo para afrontar los desafíos del liderazgo en establecimientos escolares?
A partir de esta pregunta, la conversación sobre el diseño de una carrera directiva ha debido ver cómo se resuelve el perjuicio que la carrera docente ha significado para quienes ocupan cargos directivos. Es ciertamente indispensable hacerse cargo de las omisiones y los efectos no deseados de la ley 20903. Sin embargo, hay otros desafíos fundamentales que la propuesta debería afrontar. Son los siguientes:
- Corregir los desajustes entre el estatuto docente y la realidad institucional que la política de las últimas décadas viene instalando. En concreto, se debe reconocer el carácter directivo de cargos estratégicos, como la tradicional jefatura técnico-pedagógica y las jefaturas de producción y de especialidad en la EMTP.
- A la vez, se debe atender la emergencia de ámbitos cruciales, como la gestión de la convivencia. Sobre este punto, es necesario resolver si corresponde un igual estatus directivo a quienes ocupan el cargo de Encargado/a de convivencia, lo que al mismo tiempo obliga a revisar la situación de quienes desempeñan el cargo de Inspectoría General, cuyo concepto da cuenta de un modelo organizacional o una comprensión de la escuela que ya no se sostiene. Por supuesto, cabe decir lo mismo respecto de aquellos cargos estratégicos en escuelas no regulares (por ejemplo, escuelas especiales) y en centros de educación inicial o parvularia.
- La nueva normativa debe contribuir a una carrera directiva en armonía con el Marco de la Buena Dirección y el Liderazgo Escolar (en sus distintas versiones) y los Estándares Indicativos del Desempeño (EID). Buena parte de la legislación actual no reconoce con claridad la dimensión del liderazgo y conducción institucional de quienes ocupan cargos directivos.
- Una legislación sobre carrera directiva debería tensar o empujar al sistema el escolar y a las organizaciones escolares hacia una realidad deseada en término de facultades, capacidades, prácticas y herramientas que deberían tener quienes ocupan cargos directivos. Debería dejar de pensarse también el cargo directivo en sí mismo y construir una comprensión estratégica, colegiada y/o distribuida del liderazgo y la gestión escolar.
- Por último, es necesario decidir si formalizar una carrera directiva implica también definir vasos comunicantes con el liderazgo en el nivel intermedio, a saber, los sostenedores y sus equipos de gestión (ya lo hacen los EID). Si se acepta esta premisa, se deberá diseñar cargos y trayectorias de quienes tienen que ver con la gestión territorial o de un conjunto de establecimientos, lo cual es particularmente crítico en los Servicios Locales de Educacion Pública y, sobre todo, en las unidades que gestionan el apoyo técnico pedagógico y el seguimiento de las unidades educativas.
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