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Contraloría descartó ilegalidad en campaña publicitaria del Gobierno sobre reforma de pensiones PAÍS

Contraloría descartó ilegalidad en campaña publicitaria del Gobierno sobre reforma de pensiones

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Según el documento del ente regulador, el Ministerio del Trabajo “actuó en la situación analizada conforme a la reiterada e invariable jurisprudencia administrativa vigente sobre la materia, sin que, por tanto, exista reproche que formular al efecto”.


La Contraloría General de la República respondió al oficio presentado por un grupo de diputados de oposición, ingresado en mayo pasado, el cual buscaba el pronunciamiento del organismo ante la campaña publicitaria difundida por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social sobre el proyecto de reforma previsional. Al respecto, el ente regulador afirmó que el Mintrab actuó apegado a la ley y de acuerdo a sus facultades. 

La solicitud fue impulsada por los parlamentarios Juan Antonio Coloma, Frank Sauerbaum, Cristian Labbé, Henry Leal, Jorge Guzmán y Silvestre Díaz, quienes acusaron que el Ejecutivo estaba malgastando recursos “para tratar de convencer a los chilenos que el mejor camino para subir las pensiones sería un sistema de reparto”. Por lo que solicitaron determinar la legalidad del spot publicitario.

Según el documento de Contraloría, el Ministerio del Trabajo “actuó en la situación analizada conforme a la reiterada e invariable jurisprudencia administrativa vigente sobre la materia, sin que, por tanto, exista reproche que formular al efecto”. En esa línea, agregó que tras la revisión del caso, fue posible advertir que el Mintrab “ha actuado dentro de sus facultades y en el marco de lo ordenado en el artículo 3°de la ley N° 19.896, sin que ello suponga una intromisión de las atribuciones que competen a la Segegob”.

Respecto a los gastos asociados, el organismo afirma que la contratación de la campaña deriva de un proceso de licitación pública, sin que se adviertan observaciones que formular, en especial si se tiene presente que las bases administrativas permitieron expresamente la subcontratación en las condiciones ya anotadas. “Por lo mismo, no se aprecia la existencia de elementos que permitan suponer que las actividades de publicidad y difusión y los eventuales gastos incurridos en ellas contravengan el principio de probidad administrativa”, sentenció.

En relación al contenido del video, “se advierte que este no se aparta de la idea central de dar a conocer a la ciudadanía una iniciativa gubernamental que se pretende propiciar, cual es la reforma al sistema de pensiones”.

“No obstante, cumple con hacer presente que, al momento de contratar y autorizar la realización de una campaña publicitaria, las entidades públicas deberán adoptar las medidas pertinentes para que, tanto los medios materiales como el lenguaje que se emplea para la transmisión del mensaje, permitan a la ciudadanía adquirir un conocimiento acabado de la iniciativa legislativa que la autoridad busca relevar, de modo de satisfacer de mejor manera el requisito de idoneidad previsto en el citado artículo 3° de la ley N° 19.896”, concluye el documento. 

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