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Alcalde de Puchuncaví y Campiche

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Patricio Herman
Por : Patricio Herman Presidente de la Fundación Defendamos La Ciudad.
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Si la Corte de Apelaciones llegara a rechazar el recurso de protección de los vecinos, el alcalde y los concejales continúan con su insensato mutismo y la Corema regional aprueba el proyecto energético, estaremos ante un nuevo hecho irregular consumado y una vez más, la comunidad será la perdedora.


Todos sabemos que la planta termoeléctrica de AES Gener se autorizó viciadamente por la Corema de la V Región, por cuanto el 67% del terreno donde se emplaza es área verde, tanto en el Plan Comunal de Puchuncaví como en el Plan Intercomunal de Valparaíso. Y por ello la Contraloría y la Corte Suprema de Justicia, acogiendo las fundadas denuncias del Comité Ecológico Puchuncaví Quintero, dejaron sin efecto la resolución de Calificación Ambiental de ese cuerpo colegiado, cuyos miembros conocían la situación referida al uso del suelo.

Es decir, esos funcionarios públicos actuaron negligentemente para favorecer los intereses de esa empresa de energía. No sabemos si hubo instrucción superior, pero sí la vislumbramos, porque en Chile existe la costumbre de privilegiar las iniciativas comerciales de los grandes actores económicos aunque sus proyectos perjudiquen los intereses de las comunidades.

[cita]Si la Corte de Apelaciones llegara a rechazar el recurso de protección de los vecinos, el alcalde y los concejales continúan con su insensato mutismo y la Corema regional aprueba el proyecto energético, estaremos ante un nuevo hecho irregular consumado y una vez más, la comunidad será la perdedora.[/cita]

Como las obras ya se habían iniciado, contemplándose una inversión del orden de los 500 millones de dólares, aportándose al sistema interconectado central 270 MW, la empresa empezó a moverse para solucionar esta “traba burocrática” que impedía el logro del negocio y así fue como el 31 de diciembre de 2009 se publicó en el Diario Oficial un Decreto Supremo del Minvu que modifica el artículo 2.1.21. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

En lo principal, esa normativa dice : “Si del predio afecto a dos o más zonas o subzonas con distintos usos de suelo, al menos el 30% de su superficie permite los usos de suelo de actividades productivas y/o infraestructura, se admitirá en todo el terreno dichos uso de suelo…..” y más adelante dice : “Con todo, el instrumento de planificación territorial que corresponda podrá prohibir la aplicación de este inciso dentro de su territorio”.

Como las normas de la OGUC prevalecen sobre planes reguladores, tanto intercomunales como comunales, observamos que el Minvu, de una u otra forma, facilitó la reiniciación de faenas de la planta, para lo cual la empresa tiene que obtener un nuevo permiso ambiental acorde a la regulación urbanística recientemente decretada. En tal sentido AES Gener está haciendo todas las gestiones necesarias para que la institucionalidad ambiental le autorice el proyecto, teniéndose en cuenta que las Comisiones Regionales del Medio Ambiente cambian sus miembros a partir del 11 de marzo de 2010, con la instalación del nuevo gobierno. Y sabemos que la Corema regional votará en los próximos días este proyecto.

También el Minvu le otorgó potestad al alcalde de Puchuncaví y al respectivo Concejo Municipal para que ese proyecto contaminante no se construya en el territorio jurisdiccional de esa comuna, pero inexplicablemente hemos constatado que el alcalde todavía no ha hecho valer su atribución legal para impedir que la termoeléctrica reinicie sus obras. Ello es asaz curioso y contradictorio con las señales que él mismo ha entregado en sus declaraciones públicas: ha decretado la demolición de unas cuantas edificaciones de la empresa que carecen de permisos municipales, lo que, en todo caso, a la fecha no ha sucedido.

Si la institucionalidad ambiental aprueba este proyecto en el transcurso de las próximas semanas, tal como están las cosas, esa actuación sería legal porque no se ha enmendado a tiempo el Plan Regulador de Puchuncaví en los términos expresados en ese decreto supremo. El Concejo Municipal de esta comuna, con el alcalde a la cabeza, perfectamente podría haber utilizado la figura de la “enmienda”, contemplada en el artículo 2.1.13. de la OGUC, para que se reflejara en su instrumento de planificación territorial, la prohibición descrita en el Decreto Supremo del Minvu.

Lo atrayente de este procedimiento administrativo es que sólo lo aprueba el Concejo Municipal y con un simple decreto alcaldicio va directamente a la publicación en el Diario Oficial, con lo cual, en pocos días, se habría sancionado legalmente su aplicación. Si el alcalde y los concejales hubieran procedido en tal sentido a partir del primer día hábil de enero de 2010 ya tendría efecto práctico el fallo de la Corte Suprema, pero optaron por no hacer nada, con lo cual en los hechos permitirán la existencia de mayor contaminación en esa zona ya saturada de la misma.

El miércoles 3 de febrero pasado unos vecinos perjudicados con la posible continuación de obras de la termoeléctrica presentaron un recurso de protección en contra de la ministra de Vivienda y Urbanismo y del ministro del Interior, por haber firmado ambos ese decreto supremo y en contra del contralor general por haber tomado razón del mismo. Aún no se conoce el resultado del mismo, el cual en todo caso es impredecible.

Así las cosas, observamos que todo está supeditado a lo que resuelvan los tribunales de justicia, pues si la Corte de Apelaciones llegara a rechazar el recurso de protección de los vecinos, el alcalde y los concejales continúan con su insensato mutismo y la Corema regional aprueba el proyecto energético, estaremos ante un nuevo hecho irregular consumado y una vez más, la comunidad será la perdedora.

Pero como en la vida hay que ser optimistas, tenemos la cuasi convicción que el Concejo Municipal de Puchuncaví en pleno sesionará a la brevedad posible para acordar la enmienda a su Plan Regulador y consecuentemente se publique el decreto alcaldicio respectivo en el Diario Oficial de la próxima semana. De esta forma tendrá imperio el fallo anterior de la Corte Suprema de Justicia y los vecinos podrán estar en calma.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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