Dos son los proyectos de ley enviados por el Ejecutivo al Congreso que tienen como objetivo hacer efectiva la promesa que hiciera el presidente Sebastián Piñera el 21 de mayo del año 2010 relacionada con impulsar una verdadera reforma revolucionaria a la descentralización. Uno es el proyecto que establece el sistema y mecanismo de elección de los consejeros regionales. El otro proyecto se refiere a las funciones que tendrán estas nuevas autoridades y el gobierno regional. El primero de los proyectos ya fue despachado de la Cámara de Diputados y en lo sustantivo plantea que los consejeros regionales se elegirán en las provincias y en un sistema similar al utilizado para elegir concejales.
El segundo proyecto, que aún está en discusión, se refiere a las nuevas unidades y funciones que existirán a nivel regional a raíz de esta reforma. Esta última iniciativa representa el más complejo de los dos proyectos, porque es el que se supone debería revolucionar la “vida política” de las nuevas autoridades electas en el gobierno regional.
[cita]Probablemente la elección de CORES sea un avance. Pero en el nuevo Gobierno Regional, de revolución no habrá mucho, sí habrá mucho de consolidación del centralismo vigente.[/cita]
¿Hay algo de revolucionario en estos proyectos? En el primer proyecto nada. Elegir las autoridades que toman decisiones importantes en una democracia es obvio. Menos revolucionario resulta el proyecto, si el Intendente seguirá siendo designado, incluso con mayores atribuciones de las que tenía hasta ahora. Aspecto que se puede deducir de lo planteado en el segundo proyecto.
En relación a este segundo proyecto, se pueden distinguir algunos elementos importantes. Primero, se crea la figura de un “Administrador Regional”. El proyecto plantea que este administrador será un colaborador directo del Intendente, de su exclusiva confianza, le corresponderá la gestión administrativa y la coordinación de las divisiones del gobierno regional. Claramente con esta iniciativa se fortalece al Intendente (autoridad designada) y no a los Consejeros Regionales (autoridades legítimas). Con esto en mi concepto, se formaliza la figura de un “operador político para el Intendente”.
Segundo, se crea la figura de un “Presidente Regional» electo de entre los consejeros regionales que elija la ciudadanía, el cual tendrá como funciones citar a sesiones del consejo regional, abrirlas, suspenderlas y levantarlas, dirimir en los casos en se produzca un empate en el resultado de las votaciones y actuar en representación del consejo, en los actos de protocolo que correspondan. Con esto se consagra la figura de un gran “secretario del consejo regional” legitimado ante la ciudadanía y sus pares, pero sin funciones políticas, ya que de presidente regional y contrapeso político al Intendente esta figura no tiene nada. Este “presidente regional” no tendrá atribuciones “políticas” que le permitan por ejemplo, ser portador de demandas regionales distintas o complementarias a las que puede poner en tabla el Intendente.
Tercero, este proyecto de ley no establece nuevas funciones sustantivas para los CORES, al contrario fortalece las del Intendente. Veamos.
Lo que el proyecto entiende por nuevas funciones para el Consejo Regional entre otras son las siguientes. El consejo regional podrá requerir por la mayoría de sus miembros la contratación de una auditoría externa para evaluar el estado financiero del gobierno regional. Podrá también citar a autoridades regionales o provinciales para informar acerca del accionar de sus respectivas instituciones. En materia de fiscalización, el proyecto de ley entrega nuevas competencias al consejo regional para aprobar, modificar o sustituir la delimitación de territorios objeto de planificación regional, el plan regional de desarrollo turístico, la declaración de territorios como zonas rezagadas en materia social y el plan de desarrollo respectivo. Lo más relevante en materia de nuevas atribuciones es que en el seno del consejo se deben aprobar la transferencia de competencias desde el nivel central al nivel regional, aprobar el anteproyecto regional de inversiones (ARI) y conocer el programa público de inversiones en la región (PROPIR).
La guinda para la torta es que el proyecto de ley deja explícitamente establecido que recae en manos del Intendente no sólo la responsabilidad de los proyectos, planes y estrategias, sino que ahora también la responsabilidad sobre la formulación de las políticas regionales de desarrollo.
¿Qué es lo positivo del proyecto? Fortalece las seremis, ofrece flexibilidad a la estructura de los gobiernos regionales, se puede realizar transferencia de competencias desde el nivel central a los gobiernos regionales mediante convenios con ministerios o servicios públicos, mediante programas que tengan un claro impacto regional, (previo acuerdo con el ministerio y servicio público respectivo), y mediante la creación de servicios públicos regionales.
Todo lo anterior puede ser considerado un avance en democratización, desconcentración, pero de ninguna manera es un avance en descentralización del poder político, de esto último no se observa mucho en dichos proyectos.
El poder político de “proponer” temas de interés regional, seguirá radicado en el Intendente. Por su parte esta capacidad de “proponer” temas de agenda regional no se observa en las funciones de los Consejeros Regionales, sólo pueden “aprobar”. En definitiva, la posibilidad de deliberar políticas regionales de desarrollo no recae en el Consejo, sigue recayendo en el Intendente. Tampoco se observa un avance en materia de participación de actores locales y regionales en la formulación de políticas de desarrollo, dado que en este proyecto se considera la supresión de los actuales Consejos Económicos y Sociales Provinciales.
En fin, probablemente la elección de CORES sea un avance. Pero en el nuevo Gobierno Regional, de revolución no habrá mucho, sí habrá mucho de consolidación del centralismo vigente.