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Universidades y lucro: precisiones necesarias

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Enrique Fernández Darraz
Por : Enrique Fernández Darraz Doctor en Sociología, académico.
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Tampoco es efectivo que cualquier excedente que una universidad genere contraviene la ley. Si una universidad obtiene ganancias, éstas son reinvertidas en la propia institución y son debidamente consignadas en su balance, no se está contraviniendo la ley. La condición ilegal del lucro se alcanza recién cuando existe apropiación privada por parte de los dueños de la corporación de ese excedente, por la vía que sea.


Desde hace dos años el lucro en educación se ha vuelto —como se usa decir— “un tema país”. Ya no es posible soslayarlo cuando se habla sobre ella.

Tal vez por lo mismo, la solución que algunos han encontrado para intentar salir bien parados ante tanta acusación es enturbiarlo, al punto que nadie tenga claro qué es el lucro y por qué es reprochable su obtención. En este contexto, se hacen necesarias algunas precisiones que pueden permitir devolver mayor claridad a este tema.

[cita]Tampoco es efectivo que cualquier excedente que una universidad genere contraviene la ley. Si una universidad obtiene ganancias, éstas son reinvertidas en la propia institución y son debidamente consignadas en su balance, no se está contraviniendo la ley. La condición ilegal del lucro se alcanza recién cuando existe apropiación privada por parte de los dueños de la corporación de ese excedente, por la vía que sea.[/cita]

Legalidad y lucro

La primera aclaración que se debe hacer es que, salvo en el nivel universitario, en todo el resto del sistema educativo el lucro está permitido. O, al menos, no está prohibido. Eso significa que mientras lucrar en los primeros niveles puede ser un problema moral o político, en el universitario es, además, un problema legal: quien lo obtiene comete un delito.

No todo ingreso es lucro

Uno de los argumentos que se ha dado en favor del lucro es insistir en que todos lucran, poniendo cualquier forma de ingreso a la misma altura. Ello no es correcto. No es lo mismo una remuneración recibida a cambio de un trabajo personal, que una ganancia o excedente generado a partir de un desempeño empresarial. De lo único que un profesor (o un obrero) dispone para recibir ingresos es de su trabajo. Esto es muy distinto a obtener un excedente producido por una empresa, en cuyo ejercicio ya han sido incluidos los costos del trabajo de los obreros (o profesores, en este caso). La diferencia entre los gastos y los ingresos, si es positiva, puede ser considerada un excedente, ganancia o lucro.

No toda ganancia contraviene la ley

Tampoco es efectivo que cualquier excedente que una universidad genere contraviene la ley. Si una universidad obtiene ganancias, éstas son reinvertidas en la propia institución y son debidamente consignadas en su balance, no se está contraviniendo la ley. La condición ilegal del lucro se alcanza recién cuando existe apropiación privada por parte de los dueños de la corporación de ese excedente, por la vía que sea. Y es ilegal —obviamente— cuando la ley no lo permite, como es el caso de las universidades.

Empresas relacionadas y empresas relacionadas

Otro concepto que se ha puesto de moda es el de “empresas o personas relacionadas”. Hasta hace poco con él se hacía referencia principalmente a las inmobiliarias y empresas de servicios que las universidades privadas tenían para poder retirar las utilidades generadas. Actualmente se utiliza para referirse a cualquier tipo de empresa o sociedad vinculada con una universidad. Sin embargo, también en este tema es necesario hacer algunas distinciones. No es lo mismo: i) crear sociedades o empresas para ofrecer servicios gratuitos a la comunidad (como un centro de capacitación, por ejemplo), ii) que crear sociedades o empresas con el objeto de intentar obtener recursos adicionales para las universidades (como una sociedad de inversiones, por ejemplo), iii) que crear una sociedad o empresa para retirar utilidades soterradamente (como una inmobiliaria, por ejemplo). Sólo en el tercer caso estaríamos eventualmente ante algo reprochable o incluso un delito.

Universidades privadas y privatización de las universidades

Un elemento que se ha difundido con profusión es que, al parecer, en todas las universidades existen actividades lucrativas. Si bien esto no puede ser considerado un descubrimiento nuevo, si lo es la forma como se ha planteado. Conviene aquí hacer una precisión: no es lo mismo que determinados profesores, individualmente o agrupados en unidades académicas, hayan desarrollado actividades en las que obtienen ganancias (incluso en forma poco transparente o irregular), que fundar una universidad con el propósito encubierto de lucrar. En el primer caso se trata de una privatización por parte de académicos de ciertas actividades que generan ingresos aprovechando la falta de control o carencia de información a nivel de la administración central. En el segundo, de una decisión ex profeso y delictual por parte de los dueños o controladores de una corporación privada. Sospecho, por lo demás, que estos procesos de privatización por parte de profesores (que en otro contexto tal vez hubieran sido alabados como “emprendimientos”) de determinadas actividades que generan ganancias, se dan en la totalidad de las universidades: en las estatales, en las privadas que integran el Consejo de Rectores y en las privadas que no lo hacen. Esto, a pesar de la Contraloría y a contrapelo de los intereses de los dueños.

En este punto procede una distinción adicional, ya que la frontera —incluso sólo por razones históricas— aparece como muy clara y no admite dudas. En las instituciones que conforman el Consejo de Rectores no existen universidades que hayan sido fundadas con el propósito de lucrar, de hacerlo además ilegalmente y de paso defraudar al fisco.

En las universidades privadas no pertenecientes a él —salvo notables excepciones— existen sospechas que indican que ello no es tan claro. En el contexto actual, resulta más urgente que nunca que demuestren lo contrario.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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