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La latencia del conflicto por el Lafkenmapu (territorio costero mapuche)

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Héctor Nahuelpan
Por : Héctor Nahuelpan Dr. en Antropología, Comunidad de Historia Mapuche-Centro de Estudios e Investigaciones Mapuche
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En el curso de estas décadas recientes, las reclamaciones de derechos territoriales y de autonomía Mapuche llegaron para quedarse. En los hechos, estas demandas desbordan el marco actual de las legislaciones nacionales vigentes. En cuanto tal, la propia Ley Lafkenche posee contradicciones que incluso la posicionan muy por debajo de los estándares internacionales de derechos de los pueblos indígenas.


Aun cuando constituye un encadenamiento de conflictos latentes que deberá enfrentar la actual administración de gobierno, poco o nada se ha prestado atención a la situación actual y las proyecciones que, en las relaciones entre el Estado, el pueblo Mapuche y los grupos económicos, albergan las reclamaciones de derechos territoriales en la zona costera del sur de Chile. Un caso concreto se expresa en los obstáculos que está teniendo para las comunidades la aplicación de la llamada “Ley Lafkenche,” o Ley que crea el Espacio Costero Marino de los Pueblos Originarios (20.249). Esta Ley surgió de los debates y diálogos que a inicios de los 90 comenzaron comunidades y organizaciones Mapuche costeras de las regiones del Bío Bío, Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, con el propósito de ejercer sus derechos territoriales al espacio costero marino. Fue una respuesta colectiva a los arrolladores efectos que el extractivismo neoliberal, propiciado por la entonces Ley General de Pesca y Acuicultura, estaba teniendo sobre la biodiversidad marina, los ecosistemas y el histórico arraigo cultural, productivo y político de las comunidades Mapuche Lafkenche en estos espacios. Desde mi punto de vista, el cumplimiento efectivo de esta normativa por parte del Gobierno de Michelle Bachelet podría evitar futuros conflictos asociados a la cuestión Mapuche.

Corresponde aquí repasar la historia de esta Ley para quienes no conocen sus antecedentes y alcances. En primer lugar, es el resultado de una política Mapuche propia, impulsada por comunidades Lafkenche, sus organizaciones y sus liderazgos en la década del 90. Esto propiciaría diálogos y negociaciones con la entonces administración de Ricardo Lagos. Así, a mediados del año 2005, dicho gobierno dio inicio a un Proyecto de Ley orientado a crear el Espacio Costero de los Pueblos Originarios, un proyecto que luego de diversas negociaciones y discusiones Mapuche con representantes de la Concertación y la Alianza en el Parlamento, dio origen a la Ley 20.249 que crea el Espacio Costero Marino de los Pueblos Originarios (ECMPO) y se promulga a inicios de enero del año 2008. Es decir, durante el gobierno anterior de Michelle Bachelet.

[cita]En el curso de estas décadas recientes, las reclamaciones de derechos territoriales y de autonomía Mapuche llegaron para quedarse. En los hechos, estas demandas desbordan el marco actual de las legislaciones nacionales vigentes. En cuanto tal, la propia Ley Lafkenche posee contradicciones que incluso la posicionan muy por debajo de los estándares internacionales de derechos de los pueblos indígenas.[/cita]

Han pasado aproximadamente seis años de la promulgación de la llamada Ley Lafkenche, una administración de Gobierno de la Alianza y acaban de cumplirse dos meses del inicio del segundo Gobierno de Bachelet. En este escenario, al menos para las comunidades y organizaciones Mapuche Lafkenche, sus derechos territoriales reconocidos en la normativa en cuestión continúan siendo letra muerta. Las razones de lo anterior son diversas y van desde el prejuicio racial desde el cual han operado autoridades políticas, que conciben que con esta normativa las comunidades estarían obstaculizando “el desarrollo y progreso de la región y el país”; las presiones de grupos económicos y empresariales con intereses en el espacio costero, en cuanto a evitar que el ejercicio de los derechos Mapuche “obstaculice” sus proyectos; la reducción significativa y arbitraria por parte de Subsecretaría de Pesca (SUBPESCA) de los espacios solicitados bajo administración por parte de las comunidades; las exigencias de antecedentes e informaciones (como el mapeo y coordenadas geodésicas), cuyo costo resulta imposible de solventar para las comunidades; hasta el obrar de mala fe de las autoridades políticas competentes en materia de la aplicación de la ley.

Esto último no resulta ser sólo una falta de voluntad política. Muy por el contrario, existen razones de fondo vinculadas a la primacía que gozan en Chile los intereses de grupos económicos en el territorio costero marino, por sobre los derechos territoriales de las comunidades Mapuche y los derechos económicos-sociales tanto de Mapuche como de sectores populares chilenos asociados a la pesca artesanal. Así como, en el imaginario racista, lo indígena resulta ser sinónimo de marginalidad o servidumbre, igualmente se torna impensable, para quienes sustentan dicha visión, el que los Mapuche puedan proyectarse controlando el territorio costero marino e incorporando en ese proceso a otros actores no indígenas.

Quienes hemos seguido desde cerca o desde dentro las reclamaciones de derechos territoriales Mapuche por los espacios costeros marinos, hemos sido testigos y analistas de que, para buena parte de las autoridades competentes en la aplicación de la Ley Lafkenche, esta última es visualizada como un obstáculo del “progreso del país”, recreando el prejuicio colonial del mapuche como “amenaza”, tal como lo expresara en diversas declaraciones el anterior Intendente de la Región de Los Ríos o el propio Pablo Longueira, cuando era Ministro de Economía, en una reunión con las comunidades de la misma región en enero del 2012. Este último, al más puro estilo del interculturalismo neoliberal del “te reconozco, pero…”, argumentó “que el reconocimiento de derechos culturales, no podía trabar el desarrollo de la región y el país”.

A estas alturas, no cabe duda de que la falta de atención por parte de la pasada y actual administraciones de Gobierno resulta ser algo más que falta de voluntad política por abordar una reclamación legítima. La carencia de respuesta ante este reclamo podría desembocar en una cadena de conflictos territoriales vinculados al ejercicio de derechos colectivos Mapuche. Tal es el caso, por ejemplo, de la situación de las comunidades lafkenche de Mehuín (Región de los Ríos), las que a meses de la promulgación de la Ley Lafkenche, en el año 2008, iniciaron la tramitación de diversas solicitudes para acceder a la administración del espacio costero marino, sin encontrar hasta ahora una respuesta favorable. En este caso, varios factores están en juego. Primero, las trabas burocráticas interpuestas a las comunidades por parte de SUBPESCA. Segundo, la vulneración de los derechos territoriales de las comunidades Lafkenche de Mehuín y la amenaza de depredación medioambiental por la descarga de desechos tóxicos proveniente de la Planta de Celulosa Valdivia, de la empresa CELCO (Angelini), que recientemente fue condenada por el desastre ambiental en el Río Cruces y que desde el año 1996 ha pretendido infructuosamente volcar sus desechos químicos en la Bahía de Mehuín. Y, en tercer lugar, otra variable es que el manoseado discurso del “Estado de derecho”, que invocan las elites al abordar las demandas Mapuche, está siendo utilizado por estas últimas al exigir la correcta aplicación de la Ley Lafkenche, lo que desembocaría en resolver a favor de las comunidades un conflicto que ha recorrido prácticamente todas las administraciones de gobierno en la postdictadura.

En este último caso, las señales del gobierno de la “Nueva Mayoría” no resultan ser de las mejores y menos aún demuestran coherencia con su propio programa, en cuanto a que “la nueva política indígena se fundamentará en el marco internacional de derechos”. En efecto, durante los últimos días, la Comisión Regional del Borde Costero de la Región de los Ríos, liderada por el Intendente como representante de la Presidenta, ha puesto en su agenda la evaluación técnica y la votación de la concesión marítima solicitada y requerida por Celulosa Arauco para materializar la descarga de desechos tóxicos en la Bahía de Mehuín. Esto pasa por alto, una vez más, los derechos de los pueblos indígenas consagrados en la propia Ley Lafkenche, la cual es clara en suspender cualquier solicitud de concesión marítima ante la tramitación de Espacios Costeros Marinos de Pueblos Originarios, otorgando prioridad a estos últimos (Art. 10).

En el curso de estas décadas recientes, las reclamaciones de derechos territoriales y de autonomía Mapuche llegaron para quedarse. En los hechos, estas demandas desbordan el marco actual de las legislaciones nacionales vigentes. En cuanto tal, la propia Ley Lafkenche posee contradicciones que incluso la posicionan muy por debajo de los estándares internacionales de derechos de los pueblos indígenas. Esto se expresa, entre otras cosas, en el hecho de que los derechos territoriales son reducidos a una mera concesión, expresada en la administración de los ECMPO y no en el reconocimiento de la propiedad colectiva de estos por parte de los pueblos indígenas que históricamente han habitado en ellos. No obstante lo anterior, la correcta aplicación de la citada normativa y la aprobación de las solicitudes que por años mantienen en espera a los Mapuche Lafkenche, bien podrían generar condiciones que permitan evitar el estallido de conflictos en el Lafkenmapu (territorio marino mapuche) y que hoy en día se encuentran en estado de latencia. Si estas reclamaciones no son tomadas en consideración en el aquí y en el ahora, estallarán con toda la carga de rabia acumulada a raíz de los despojos, los atropellos y las injusticias pasadas y presentes vividas por los Mapuche.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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