Tras 16 años y varios juicios, hace algunas semanas se resolvió un conflicto que mantuvo en pugna a la empresa Colbún y la Junta de Vigilancia de la Primera Sección del río Aconcagua, cuando la autoridad resolvió otorgar derechos de agua a ambas instituciones, luego de que fueran solicitados al mismo tiempo. Con esta resolución, se podría construir un embalse de cabecera, que regaría a 28.000 hectáreas beneficiando a 9 mil personas, así como cuatro centrales de pasada que tiene la empresa en la zona, lo que contribuiría a aminorar los efectos de la sequía en la zona. Sin embargo, por causa de esta misma sequía, todo el proyecto puede estar en riesgo: en esta época, sólo existe una disponibilidad de 4 metros cúbicos por segundo (m3/s), mientras que los derechos otorgados son de 35 m3/s.
Es por ello que tras la resolución se reconoce que habrá que estudiar si los derechos solicitados en 1999 son compatibles con las condiciones actuales, pues la realidad de la cuenca ha cambiado drásticamente. Además, el río Aconcagua es la principal fuente de agua potable para las ciudades de la Región de Valparaíso, lo que plantea otro conflicto, pues sólo para este fin se requiere la mitad de los metros cúbicos por segundo actuales.
Este nuevo escenario plantea una serie de desafíos para las represas. No existe duda de que estas han efectuado una contribución importante al desarrollo humano. Sin embargo, en demasiados casos se ha pagado un precio inaceptable y muchas veces innecesario para lograr tales beneficios, especialmente en términos sociales y ambientales, sobre la gente desplazada, las comunidades de aguas abajo, los contribuyentes y el ambiente natural.
Por lo mismo, no puede lograrse la sustentabilidad ambiental respecto de la instalación de embalses sin tener un entendimiento adecuado de la estructura y funcionamiento de los corredores fluviales (aluviales), ecosistemas con una altísima complejidad biofísica.
Para ello, el contexto es fundamental. Los caudales líquidos y sólidos en un tramo quedan impuestos por su cuenca de drenaje y en un tramo de río aluvial, éstos interactúan con los materiales del lecho y las riberas, y con la vegetación ribereña presente, creando así las formas fluviales y de la planicie. Así, un río aluvial alcanza un régimen o equilibrio dinámico: al ocurrir erosión y sedimentación, las formas fluviales cambian continuamente, pero todo se sigue viendo “igual”. Debido a lo anterior, la “forma de cambiar” de un río cambiará si se alteran los regímenes de caudal y sedimento, que es exactamente lo que causan las represas.
No hace mucho, un grupo de investigadores y académicos analizó esta problemática en un seminario organizado por la Facultad de Ciencias Jurídicas y la Universidad de Concepción, patrocinado por el centro EULA y el Centro CRHRIAM (Centro de los Recursos hídricos para la Agricultura y la Minería), con la presencia del delegado Presidencial del Agua, otras autoridades regionales y locales y usuarios del agua.
El CHRIAM realizó un estudio empírico sobre los 111 proyectos de Embalses de riego evaluados hasta ahora en el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, SEIA, determinándose que el tiempo de evaluación es de 715 días; demora que en parte se debe a que aún existen temas conflictivos, tales como los criterios para elegir la localización de los proyectos, la relocalización de comunidades y el cumplimiento de la consulta exigida por el Convenio 169 de la OIT; así como la afectación a áreas protegidas y especies amenazadas, estando aún pendiente el proyecto de ley sobre el Servicio Nacional de Biodiversidad y áreas protegidas, y una buena evaluación ambiental de actividades como la perforación de acuíferos (que proveen agua potable), además de la determinación de los riesgos geológicos, los planes de contingencia por crecidas y, finalmente, los conflictos que surgen en torno al uso de excedentes de agua para riego y el asegurar los derechos de los regantes cuando hay uso hidroeléctrico.
[cita]La propuesta emanada de este seminario es, que así como ocurre en tantos otros tipos de proyectos, el Ministerio de Medio Ambiente, a través de Guías, asuma ciertos aspectos técnicos pendientes, cuya presentación por los titulares y la evaluación por parte del Estado debe mejorar, tales como líneas de base representativas, caudal ecológico, sedimentos, efectos de estos proyectos en las aguas subterráneas, en el paisaje, en los humedales y en corredores biológicos; junto con una mejor evaluación en materia de áridos necesarios para la construcción de estos embalses.[/cita]
La propuesta emanada de este seminario es, que así como ocurre en tantos otros tipos de proyectos, el Ministerio de Medio Ambiente, a través de Guías, asuma ciertos aspectos técnicos pendientes, cuya presentación por los titulares y la evaluación por parte del Estado debe mejorar, tales como líneas de base representativas, caudal ecológico, sedimentos, efectos de estos proyectos en las aguas subterráneas, en el paisaje, en los humedales y en corredores biológicos; junto con una mejor evaluación en materia de áridos necesarios para la construcción de estos embalses.
Cabe mencionar que en otros países los embalses que deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental son extraordinariamente más grandes que en Chile (donde deben hacerlo los embalses de capacidad superior a 50.000 m3 o cuyo muro tenga más de 5 metros de altura). Por ejemplo, en Colombia sólo ingresan cuando embalsan 200 millones de m3, mientras que en España deben ingresar sólo aquellos con un muro de más de 15 m de altura medidos desde la parte más baja de la superficie general de cimentación hasta la coronación, o de altura entre 10 y 15 metros siempre que tengan una longitud de coronación superior a 500 metros, con capacidad de embalse mayor a 1 millón de metros cúbicos y finalmente, como figura residual, aquellos embalses de 200 millones de metros cúbicos.
Si la mesa de trabajo conformada por el Gobierno para hacer cambios al SEIA considera que deben ingresar sólo los embalses grandes y medianos (entre 1 y 30 millones de m3) y determinar reformar la Ley 19.300 en ese sentido, es importante que cuando las autoridades sectoriales autoricen estas construcciones, se consideren siempre los impactos acumulativos y sinérgicos de varios embalses pequeños en una misma cuenca. En todo caso, como ya se explicó, un embalse, de cualquier tamaño, ubicado en el lecho de un río, tiene un fuerte impacto en el ecosistema.
También es importante que se considere en el diseño y construcción de nuevos embalses, la incertidumbre causada por los posibles escenarios de cambio climático. Efectivamente, el manejo futuro de los embalses deberá considerar el control de crecidas asociadas a una isoterma más alta, y la mayor presión de la comunidad sobre los efectos que se produzcan aguas abajo cuando el embalse libere las crecidas. Constituye un avance, sin duda, la promulgación en el año 2008 de la Ley 20.304 sobre Operación de embalses frente a alertas y emergencias de crecidas, pero un precedente aún más notable es el reciente fallo que condenó a Endesa a pagar por daños producidos por la crecida del Bío Bío del 2006, considerando que la propia empresa fijó su estándar de conducta al aseverar -en la evaluación ambiental varios años antes- que “todas las crecidas serán amortiguadas en forma importante por el embalse Ralco”.