En la última semana, luego del término del Gobierno de la Presidenta Bachelet, se conocieron varias noticias en materia de Derechos Humanos, especialmente sobre el cierre de Punta Peuco, la apertura de la “Comisión Valech 3” y las 30.000 denuncias formuladas ante el Poder Judicial, por casos de tortura ocurridas en Dictadura. Asimismo, según algunas autoridades del Gobierno saliente, las dos primeras medidas no habrían podido ser ejecutadas por discrepancias con el ex Ministro de Justicia.
Lejos de mostrar avances en materia de Derechos Humanos, estas noticias dejan la sensación amarga de falta de rigurosidad, y falta de ejercicio de las atribuciones institucionales de autoridades que llegaron legitimadas, directa o indirectamente, por el voto popular.
Primero, se conoció el frustrado cierre de Punta Peuco, en donde por la oposición del ex Ministro de Justicia, dicho penal no pudo ser cerrado. El asunto, que fue confirmado públicamente por todos los involucrados, es que el acto administrativo de cierre, ocurriría horas antes del cambio de mando, un fin de semana, y con nulos efectos prácticos, ya que ese acto administrativo (Decreto Supremo) debería ir a toma de razón en la Contraloría General de la República. En otras palabras: una mera declaración en último minuto, y sin efectos prácticos.
Independiente del acuerdo o no con el cierre de Punta Peuco, una decisión tomada de la forma descrita, carece de convicción, al no hacerse responsable de las consecuencias políticas, y al carecer en los hechos, de efectos. Si el ex Ministro hubiese aceptado firmar el acto, de todos modos, nada hubiese pasado. Pero si el objetivo fue dejar la sensación de que, pese a todo, se quería cerrar Punto Peuco, lo que primo fue más falta de justicia.
En relación a la “Comisión Valech 3”, que se pensó como una instancia para re-evaluar solicitudes de víctimas de graves violaciones en Dictadura, y así conceder acceso a las reparaciones que establece la ley para las otras víctimas reconocidas, existió una estrategia comunicacional similar a lo que ocurrió con Punta Peuco: Declarar una voluntad, no perseverar en los efectos y en caso de frustración, hacer responsable a alguien más, y ocurrió justamente así.
Si la “Comisión Valech 3” como una comisión re-evaluadora, creada por Decreto Supremo de la Presidencia, no venía aparejada de una ley, no podría haber concedido reparaciones a las nuevas víctimas reconocidas. En otras palabras, sin una ley que acompañe el funcionamiento de la “Comisión Valech 3”, dicha Comisión no hubiese podido conceder la finalidad última perseguida por las agrupaciones de víctimas, que es la reparación.
Es más, de haberse constituido una “Comisión Valech 3”, sin ley, hubiese sido una medida incompleta, y tendría que haber sido el nuevo gobierno quien tramitara el cuerpo legal y asumiera la responsabilidad política de implementarla o no. Sin embargo, ni Comisión, ni cuerpo legal, fueron promovidas por el Gobierno saliente.
[cita tipo=»destaque»]En catorce años, no se hizo ninguna denuncia masiva, cuando existía la posibilidad y la obligación de denunciar, tanto por los tratados internacionales ratificados por Chile, como por el Estatuto Administrativo, que es más, mandata a denunciar “con la debida prontitud” los delitos que se conozcan por un funcionario público. Se esperó, sin embargo, hasta el año 2018 y sin anuncio público en nuestro país, el día antes del cambio de mando.[/cita]
A esto se suma, que recientemente se conoció a través de un diario español, que el Gobierno habría realizado más de 30.000 denuncias penales por hechos de tortura, durante la dictadura, el día anterior al cambio de mando. Dichas denuncias serían por cada una de las víctimas reconocidas como sobrevivientes de prisión política y tortura por las Comisiones Valech 1 y 2.
Sin perjuicio de que hay que aplaudir toda medida que busque la investigación de los hechos, la sanción a los responsables y la reparación a las víctimas, llama la atención el momento de la denuncia. ¿Por qué se realiza catorce años después del Informe de la “Comisión Valech 1” y siete años después de que terminara la “Comisión Valech 2”? ¿Por qué se realiza justo el día antes del cambio de gobierno y luego se da a conocer a través de un medio extranjero? Al parecer, los elementos de esta denuncia son más bien testimoniales, sin efectos prácticos, transmitiendo la responsabilidad a otro Poder, en este caso, al Poder Judicial.
Cabe señalar que desde el punto de vista de las obligaciones internacionales del Estado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Maldonado contra Chile de 2015, señaló que cuando las autoridades tengan conocimiento de un hecho que podría ser constitutivo de tortura, deben “iniciar ex officio y sin dilación, una investigación seria, imparcial y efectiva” (Caso Maldonado Vargas, párrafo 76). La pregunta es ¿cuándo se tomó conocimiento de que las 30.000 víctimas reconocidas por las Comisiones Valech 1 y 2 habrían sido objeto de Prisión Política y Tortura? ¿Fue en marzo de 2018? En realidad no, fue justamente después de la Comisión Valech 1 y luego Valech 2, es decir en, 2004 y 2011 respectivamente. Recordemos que el año 2004, era Presidente Ricardo Lagos y en 2011 Sebastián Piñera en su primer periodo, entre 2006 y 2010, estuvo la Presidenta Bachelet, también en su primer período.
En catorce años, no se hizo ninguna denuncia masiva, cuando existía la posibilidad y la obligación de denunciar, tanto por los tratados internacionales ratificados por Chile, como por el Estatuto Administrativo, que es más, mandata a denunciar “con la debida prontitud” los delitos que se conozcan por un funcionario público. Se esperó, sin embargo, hasta el año 2018 y sin anuncio público en nuestro país, el día antes del cambio de mando.
Junto con la particularidad de los tiempos al ingresar esta denuncia, y más allá de su pertinencia, debemos preguntarnos ¿Ingresar una denuncia, es todo lo que el Estado y sus representantes pueden y deben hacer en relación a las investigaciones judiciales de la tortura? Claramente, lo mínimo es la denuncia, pero lo adecuado sería también generar otros mecanismos de apoyo a las víctimas. Así, por ejemplo, de la misma forma que existe el “Programa de Derechos Humanos” en el Estado, que provee abogados estatales para la persecución criminal en casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas, debería conformarse también un “Programa” para la investigación de los casos de las 30.000 víctimas de prisión política y tortura, que hoy solo dependerá del Ministro en Visita correspondiente, con la gran carga de trabajo que aquello implica.
Al día de hoy, para la investigación penal de casos de tortura, una víctima solamente tiene la opción de acceder a un abogado particular, o si su situación lo amerita, de un abogado de la Corporación de Asistencia Judicial.
Con todo, parece ser que una vez más, con esta denuncia masiva, no se tuvo en consideración efectivamente avanzar en la protección de las víctimas, sino expresar una declaración de principios, dar prueba de un compromiso con una demanda ciudadada que se expresó en las urnas. Sin embargo, estos “gestos” tienen un significado diferente cuando los realizan los funcionarios públicos que tuvieron dentro de sus responsabilidades y atribuciones, liderar las tareas vinculadas al respeto de los derechos humanos.
El resguardo de los derechos humanos, no se ejerce con buenas intenciones o realizando “gestos”, sino con acciones efectivas, basadas en evidencia, y con efectos tangibles en pos de la protección las víctimas de violaciones a sus derechos.