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Violencia carcelaria en Chile y la necesidad de una reforma estructural Opinión

Violencia carcelaria en Chile y la necesidad de una reforma estructural

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Jörg Stippel
Por : Jörg Stippel Abogado alemán. Doctor en derecho de la Universidad de Bremen.
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Las cifras de muertes al interior de las cárceles chilenas no son una novedad, y lamentablemente se han ido naturalizando. Se trata de una constante desde hace más de una década. Los números o mejor dicho, las vidas perdidas, dan cuenta de que el Ministerio de Justicia y Gendarmería de Chile durante años no han adoptado las medidas necesarias para prevenir hechos de violencia. Hoy, el Director de Gendarmería, en lugar de explicar las acciones tomadas para revertir esta situación, habla de la necesidad de un cambio reglamentario y de un programa a implementar a futuro (El Mercurio del 14 de julio 2019). Habría sido esperable conocer el repertorio de intervenciones que el Estado está llevando a cabo, con sus respectivas metodologías y resultados esperados, para enfrentar estos altos niveles de violencia. En cambio, la autoridad penitenciaria nos presenta como un logro que en lo que va del año hayan muerto “solo” 16 personas por riñas, en comparación con las 48 que fallecieron durante el 2017.

En un fallo de febrero 2019 (ROL 55-2018), la Corte Suprema condenó al fisco al pago de una indemnización de un total de 55 millones de pesos, por concepto de “daño moral”. Esa suma debía pagarse a tres familiares (madre, padre y hermana) de una persona privada de libertad que murió a consecuencia de un ataque con un arma blanca al interior de la cárcel de Concepción. La Corte Suprema confirma así el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción, pues “Gendarmería de Chile efectivamente obró de una manera deficiente en el evento que condujo al fallecimiento”. Concluyen que la institución penitenciaria “en lugar de contar con un sistema de tele vigilancia eficiente y correctamente diseñado, empleó en el lugar de los hechos un circuito cerrado de televisión incompleto y deficiente, en términos tales que impidió alertar oportunamente de la riña que condujo a su muerte” (Considerando Décimo Quinto).

Esta jurisprudencia nacional es consistente con la de la Corte y Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Ambas instancias parten de que el Estado asume un rol de garante cuando recluye a una persona. Este rol implica tanto deberes de atención como de prevención. El Estado tiene que hacerse cargo de todos los aspectos de la vida al interior de un recinto penal. Tiene que proveer comida, alojamiento, útiles de aseo e higiene, remedios y atención médica y a su vez debe contar con estrategias, procedimientos y personal para prevenir peligros para la seguridad de los “ciudadanos tras rejas”. El Estado se convierte en proveedor, organismo de seguridad, bombero, asistente social, psicólogo, educador, médico, empleador y administrador. Desde esta perspectiva, podemos entender las cifras de violencia como indicador de un fracaso estructural. No se han adoptado políticas públicas intersectoriales claras de prevención, a pesar de los años que persiste el fenómeno, ni se advierten resultados significativos.

Gendarmería de Chile necesita una reestructuración institucional profunda. Una administración moderna requiere de profesionales con conocimientos técnicos especializados. En la Escuela de Gendarmería enseñan, en dos cursos de los últimos dos semestres, administración general y control de gestión. Educación física, en cambio, es parte del currículo durante toda la carrera. Podríamos preguntarnos ¿Qué formación sería pertinente para quien administra una población que puede ascender a casi 5000 personas, como es el caso del CDP Santiago Sur?

Parece un anacronismo mantener un escalafón de oficiales y otro de suboficiales. Lo único que habla en contra de una carrera única y directores civiles con formación académica y especialización profesional, son intereses gremiales. La violencia se debe en gran medida a faltas de herramientas de administración y gestión tanto de recursos materiales como humanos, las respuestas a estas problemáticas no se encuentran haciendo entrenamiento físico en la Escuela de Gendarmería, ni reproduciendo el principio de jerarquía propia de órganos castrenses. Es además contraproducente tener a los funcionarios acuartelados en la fase de enseñanza. Eso no contribuye a su profesionalización, sino que genera un espíritu de cuerpo y en consecuencia un código de silencio que dificulta el esclarecimiento, por ejemplo, del número creciente de denuncias de maltrato y tortura presentadas contra los funcionarios penitenciarios.

Cabe resaltar que el hacinamiento, y el contexto de violencia son también las condiciones laborales de estos funcionarios del Estado. A eso se suma una inseguridad jurídica producto de una falta de interés político generalizado en legislar sobre la materia. La ausencia de una Ley de Ejecución de Penas y de juzgados de Garantías Penitenciarias son muestra de ello. Ser gendarme es un trabajo relevante, de esfuerzo y compromiso. Es fundamental entonces, ofrecerles la formación adecuada para su labor y generar estructuras que representen, de mejor manera, los valores democráticos de la sociedad chilena.

Reafirmando el carácter civil y asistencial de Gendarmería de Chile, marcando simbólicamente un nuevo comienzo, podría volverse a denominar la administración carcelaria como Servicio de Prisiones. Las condiciones están dadas, a la espera que alguien asuma este desafío país.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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