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Una forma distinta de gestionar un derrame Opinión

Una forma distinta de gestionar un derrame

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Daniel Benoit M.
Por : Daniel Benoit M. Especialista en Derecho Ambiental y Recursos naturales
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Durante la primavera de 2000 y en el contexto de la Operación Unitas de adiestramiento de la Marina Chilena, un Barco de guerra de Los EEUU varó a la cuadra de Tal Tal, Región de Antofagasta, generando daño ambiental respecto de las especies hidrobiológicas que estaban bajo manejo de los pescadores de Caleta Cifuncho. Como responsables del evento la Capitana del Buque de Guerra se hizo cargo de la contaminación estableciéndose en tierra, efectuando un levantamiento de los pescadores afectados, sus familias y con la inspección de sus profesionales competentes establecieron que la columna de agua se vería afectada por aproximadamente 42 meses.

Conveniente es especificar que, la legislación aplicable compuesta por Convenios Internacionales, legislación nacional e incluso el Código Marítimo Internacional, eximen de responsabilidad por contaminación a los Buques de Guerra y además gozan de inmunidad, lo que implica que para el caso de buscar la limpieza e indemnización de debe demandar en los EEUU o bien existir renuncia a ella de parte del Estado a cuyo servicio están.

Sin embargo, abogados de la marina de los EEUU llegaron a acuerdos indemnizatorios con los más de 150 pescadores en Notaria, pagándoles los $500.000 pesos mensuales declarados como ingresos, instándolos a abrir cuentas de ahorro en el Banco del Estado con un tope de 4 giros anuales.

Lo anterior superaría las sumas pagadas en Chile frente a casos de contaminación de aguas marinas o continentales

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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