El 1 de enero 1818, Chile declaró solemnemente su Independencia de la Monarquía Española a través de la suscripción del Acta de Independencia de Chile. Diez meses después y como resultado del trabajo de una Comisión Constituyente de siete personas nombradas por el Director Supremo Bernardo O´Higgins, con fecha 23 de octubre del mismo año, se publicó la primera Constitución Política del Estado de Chile, que tuvo el carácter de provisoria hasta la primera reunión del Congreso Nacional. Dicho texto constitucional fue sometido a plebiscito nacional y aprobado por una amplia mayoría de compatriotas.
Desde la Independencia de Chile, ocho textos constitucionales han nacido en distintos momentos de nuestra historia libre y soberana.
Los factores comunes que identifican los historiadores en el marco de los distintos procesos constituyentes son: 1- levantamiento popular que compromete la estabilidad institucionalidad o al jefe de Estado; 2- intento del jefe de Estado por consolidar y aumentar su poder amenazado; 3- invitación amplia del jefe de Estado al “pueblo” a participar en la elaboración de una Constitución “para todos”; 4- uso de la fuerza militar para reprimir ferozmente a la ciudadanía disconforme y organizada; 5- texto finalmente confeccionado por personalidades de confianza del jefe de Estado: -6- Plebiscito nacional para aprobar o rechazar.
Como séptimo elemento, no recogido expresamente por los historiadores que han abordado los distintos procesos constituyentes, podemos identificar el principio de “no injerencia extranjera” en la deliberación constitucional del país, que ha sido respetado hasta por los más feroces dictadores. Incluido Pinochet, quien fraguo y consumó el fraude de 1980 con su cohorte de cómplices y traidores en Chile.
Sin embargo, el canciller Andrés Allamand, en su reciente gira por Europa, ha entrado en la historia. En su calidad de Ministro de Relaciones Exteriores, ha formalizado la solicitud de intervención extranjera en nuestro país, solicitando a la OCDE, “asesorar técnicamente” nuestro proceso constituyente, en la redacción de la nueva Constitución en materias tales como, régimen político, derechos sociales y medio ambiente. Además de solicitar el acompañamiento de dicho órgano durante todo el proceso.
La acción de Allamand, extraordinariamente compleja de calificar sin atribuir responsabilidad política de la mayor gravedad, se sitúa al menos en el ámbito de la indolencia, el descriterio y la indignidad, como también, profundiza el “ambiente colonial” que dejó el triste espectáculo de Chile el año pasado, con los sucesivos fracasos de la APEC y la COP 25, que dañaron profunda y severamente la imagen internacional de Chile en distintas dimensiones.
De este modo, constituiría una falacia inaceptable que el Canciller explicara su gestión en atención a la “naturaleza técnica de la asesoría” solicitada a la OCDE. En política no existe el acompañamiento técnico, y en la elaboración de una Constitución Política, es un insulto a la inteligencia de los chilenos, un atentado a la soberanía nacional y una inobservancia criminal al principio de libre autodeterminación de las naciones que pueda sostener dicho argumento.
Allamand ha comunicado al mundo, que Chile no está en condiciones de llevar adelante su proceso constituyente y que precisamos de la tutela de organismos internacionales tanto en el proceso administrativo como en el contenido de la futura Constitución. Entre otras materias, respecto a los derechos sociales y a nuestro régimen político.
Se trata de una situación de la mayor gravedad, que precisa de una reacción enérgica y clara de las fuerzas democráticas de Chile, destinada a conminar al Presidente de la República, atendida la responsabilidad exclusiva y excluyente que le cabe en la conducción de nuestras relaciones internacionales, a que corrija la vergonzosa decisión de su Canciller.