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Medidas en el evento de postergar las elecciones de constituyentes Opinión

Medidas en el evento de postergar las elecciones de constituyentes

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Postergar una elección no es sólo cambiar una fecha, sino tomar una serie de decisiones que afectarán directamente tanto a candidatos como a la ciudadanía, y que tensionarán nuevamente nuestra justicia electoral. Frente a la crisis sanitaria terrible que vive el país y a la posible merma en la participación electoral, un cambio de fecha debe tomar en cuenta estos factores para que la nueva fecha entorpezca lo menos posible el intenso  calendario electoral de 2021, que contempla, además de las elecciones de convencionales constituyentes, gobernadores, alcaldes y concejales; elecciones primarias presidenciales y parlamentarias de 4 de julio de 2021, y las elecciones presidenciales y parlamentarias, de noviembre de 2021.


Al momento de redactar esta columna, el MINSAL comunica a la opinión pública la espantosa cifra de 7.600 nuevos contagios de COVID – 19, y una ocupación de camas UCI que hacen prever una crisis sanitaria de proporciones, de difícil manejo, sumado a una población que se encuentra con un estrés evidente producto de los encierros y esa imperiosa necesidad de conseguir a diario el sustento para llevar a sus hogares.

Frente a esta circunstancia, muchos actores políticos han planteado una nueva postergación de las elecciones de convencionales constituyentes, gobernadores, alcaldes y concejales 2021, las que debieron celebrarse el 25 de octubre de 2020. Otros, por el contrario, se oponen a dicho cambio, esgrimiendo que, si se debe continuar trabajado, o si los malls continúan abiertos, con mayor razón debe votarse.  Además, se señalan como argumentos para rechazar, el haber extendido a dos días la elección, mediante ley N° 21.317 y las medidas sanitarias tomadas por el Consejo Directivo del Servicio Electoral y la autoridad sanitaria, y las recientes sentencias de la Corte Suprema sobre la Iglesia y una Librería que han morigerado los efectos de la cuarentena. 

Sin embargo, para tomar una decisión sanitaria y política como la señalada, cabe preguntarse ¿qué implica cambiar la fecha de una elección?  Cambiar una elección no consiste en fijar un nuevo día. En efecto, hay actos previos y posteriores al acto electoral, los que se verán afectados directamente con el cambio de fecha de una elección.  

Actualmente, nos encontramos en el período de campaña electoral, franja incluida, en la cual los candidatos han realizado gastos, contratando servicios de propaganda radial o por medios escritos, servicios de brigadistas, entre otros. ¿Qué haremos con el período de campaña electoral? ¿Se suspenderá la campaña, o, por el contrario, se extenderá dicho período a la fecha efectiva de celebración de la elección? Los efectos de una u otra decisión son trascendentales. Suspender la campaña hasta un determinado momento implica que todos los candidatos dejarán de comunicar a la opinión pública sus ideas o proyectos país, pero al mismo tiempo evita que candidatos con mayores recursos monopolicen el espacio y la discusión pública, infringiendo también un daño al principio de igualdad política en estas elecciones. Del mismo modo, hay contratos celebrados por candidatos y partidos políticos que dicen relación con la campaña, cuya ejecución puede realizarse hasta el día de la elección. Esta será una cuestión a regular en una eventual postergación de una elección. 

Desde el 11 de enero de 2021, los candidatos pueden percibir aportes de personas naturales, los que son entregados vía el sistema de aportes que implementa el Servicio Electoral. ¿podrán continuar percibiendo aportes los candidatos? ¿Se suspenderán los aportes hasta una determinada fecha?  Del mismo modo, una vez concluida la campaña, todos los candidatos y partidos deben rendir los gastos electorales al Servicio Electoral. Si se suspendieren las campañas, ¿Se hará una rendición parcial de los gastos electorales?  Esa es otra decisión que se debe tomar, en caso de postergar la elección. 

Además, producto de la gran cantidad de candidaturas declaradas en enero de 2021, el sistema de calificación de candidaturas sencillamente colapsó. Basta revisar las cifras de reclamaciones que recibieron los Tribunales Electorales Regionales (TER)  y el Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL) para observar la sobrecarga. Normalmente, las reclamaciones contra la aceptación o rechazo de candidaturas se resolvían en un máximo de 15 días. Este año, el plazo se extendió hasta casi los 2 meses. Lo anterior implicó un trabajo maratónico del TRICEL, que sesionó ininterrumpidamente durante todo el mes de febrero, para despachar más de 1000 causas que llegaron en pocas semanas. Asimismo, y pese a los esfuerzos hechos por el TRICEL para unificar un sistema electrónico de tramitación de causas, algunos TER no lo han implementado. Lo anterior trae confusiones sobre la fecha en que se interponen los recursos, la recepción de las presentaciones, documentos, la publicación del Estado Diario, entre otros. 

Todo ello afecta el acceso a la justicia a muchos candidatos quienes sufren una enorme ansiedad. ¿Qué tiene que ver esto con cambiar la fecha? Después de una elección viene el período de calificación de ésta, esto es, determinar quienes ganaron, junto con el período de reclamaciones de nulidad de elección y rectificación de escrutinios. ¿Se imaginan que coincida el período de reclamaciones de nulidad o rectificación de escrutinios de las cuatro elecciones con el período de reclamación de aceptación o rechazos de candidaturas de otra elección?  La evidente recarga de trabajo para los Tribunales puede incluso retrasar las sentencias de calificación y proclamación de candidaturas. Por lo tanto, así como siempre se escucha a la Corte Suprema cuando se realizan modificaciones a la organización y atribución de los Tribunales, llegó la hora de escuchar al Tribunal Calificador de Elecciones cuando se quieren realizar modificaciones como lo es posponer una elección. 

Postergar una elección no es sólo cambiar una fecha, sino tomar una serie de decisiones que afectarán directamente tanto a candidatos como a la ciudadanía, y que harán tensionar nuevamente nuestra justicia electoral. Frente a la crisis sanitaria terrible que vive el país y a la posible merma en la participación electoral, un cambio de fecha debe tomar en cuenta estos factores para que la nueva fecha entorpezca lo menos posible el intenso  calendario electoral de 2021, que contempla, además de las elecciones de convencionales constituyentes, gobernadores, alcaldes y concejales; elecciones primarias presidenciales y parlamentarias de 4 de julio de 2021, y las elecciones presidenciales y parlamentarias, de noviembre de 2021.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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