La nueva obsesión de los defensores de la capitalización individual es imponer a como dé lugar una reforma constitucional que consagre “la inexpropiabilidad de los fondos previsionales”. Con este fin se ha orquestado una inusitada campaña: falaz, sustentada en el absurdo y apoyada, además, por un intenso lobby de conocidos académicos, columnistas, comentaristas y políticos “transversales”, quienes gozan de amplio acceso a los medios de comunicación donde se expresan con un tono de superioridad, sin duda, capaz de infundir un temor y/o un desconcierto generalizado, predicando que el Estado expropiará las cotizaciones registradas en las cuentas individuales de las AFP sin siquiera indicar un destino claro de lo que se haría con ellas.
Establecer en la Constitución la inexpropiabilidad de los fondos previsionales consignados en las cuentas individuales de las AFP resulta un absurdo por cuanto su expropiación –por tratarse de dinero– obligaría al Estado a pagar una indemnización anticipada que, obviamente, no podría ser inferior al monto de las sumas que se expropiaren más reajustes e intereses hasta la fecha en que cada expropiada(o) cumpla 60 o 65 años. Luego, si pudiesen expropiarse todos fondos, significaría al Estado pagar en efectivo indemnizaciones equivalentes al cien por ciento de los fondos acumulados o invertidos en instrumentos financieros que hoy alcanzan a cerca de 180 mil millones de dólares más intereses, antes de recibir mediante endoso el total de dichos instrumentos.
El absurdo es mayor, si el objetivo de la “inexpropiabilidad” pretende asegurar el dinero en el bolsillo de cada cotizante, porque en tal caso lo que más le convendría a cada uno de ellos sería, precisamente, que se le expropiara su respectivo fondo. Así, el Estado antes de recibir los instrumentos financieros expropiados, tendría que pagarles la indemnización señalada.
Por último, el absurdo llega más allá: la declaración constitucional de inexpropiabilidad de los fondos podría dejarse sin efecto, simplemente, con otra reforma que los declarara “expropiables”. Figura muy similar a la utilizada para los retiros de 10% que se han materializado mediante una reforma constitucional por moción parlamentaria, no solo para eludir la iniciativa presidencial en asuntos de seguridad social, sino que, precisamente, con el fin de cambiar el destino de las cotizaciones previsionales a un objeto distinto de pagar pensiones, como lo es posibilitar que cada cotizante se lleve ese 10% para hacer lo que quiera.
Entonces, la pregunta es: ¿qué se pretende con una reforma de inexpropiabilidad de los fondos? La verdad es que no hay que ser muy astutos para darse cuenta de que frente al absurdo propósito de llevar adelante tal reforma con su desmedida y atosigante difusión, resulta evidente que no se está buscando pagar pensiones dignas, sino que –propagando el temor a una expropiación– esconder el interés fáctico de “matar tres pájaros de un tiro”. A saber:
a) Primer pájaro: Asegurar la continuidad del “sistema de capitalización individual”, antitético con los principios y objetivos de la Seguridad Social, pero coherente con un mercado de capitales que reporta grandes beneficios a las corporaciones empresariales en las cuales las AFP deben invertir las cotizaciones obligatorias registradas en las cuentas individuales de las mismas.
b) Segundo pájaro: Complicar y/o hacer inviable la existencia del fondo solidario de pensiones que contempla la reforma previsional propuesta en el programa de gobierno del Presidente Gabriel Boric. En efecto, la declaración constitucional de inexpropiabilidad de las cuentas individuales perpetuaría las cotizaciones de trabajadores y de trabajadoras en dichas cuentas y no en cuentas solidarias o de “ahorro colectivo”, como algunos las han denominado.
c) Tercer pájaro: Torpedear el derecho a la seguridad social aprobado por el Pleno de la Convención Constitucional que, por un lado, lo funda en sus principios de universalidad, solidaridad, integralidad, unidad, igualdad, suficiencia, participación, sostenibilidad y oportunidad y, por el otro, dispone que los recursos con que se financie la seguridad social no podrán ser destinados a fines distintos que el pago de los beneficios que establezca el sistema.
Una reforma constitucional que declare la “inexpropiabilidad de los fondos previsionales” no tiene, pues, otra finalidad que mantener a cualquier precio –con o sin AFP– “el negocio” de la capitalización individual que ha demostrado que es muy bueno para las grandes empresas y muy malo para los cotizantes que nunca llegarán individualmente a recibir una pensión decente o decorosa.
Creemos firmemente que, en lugar de seguir la lógica del absurdo y de infundir más temores y desconfianzas con el mal invento de la “inexpropiabilidad de los fondos”, a las personas de nuestro país tenemos la obligación ética y política de hablarles con la lógica de la verdad. Tal vez, habrá que morderse la lengua más de una vez, pero no vemos otro camino que haga viable un sistema de pensiones al amparo de la Seguridad Social.
Por eso, no cabe más que elogiar el ejemplo que nos está dando Gaspar Domínguez Donoso, joven médico residente en Palena, hoy, vicepresidente de las Convención Constitucional, quien atacó el tema con mucha claridad y valentía en una entrevista en la Radio Cooperativa y que, en lo pertinente, sintetizó en su tuit: «Le pediría al grupo que instala el miedo que por favor no lo haga, para que no se genere la necesidad de tener que empezar a discutir temas que son tan inusuales, que no están en ninguna Constitución del mundo».