Con el Pleno 110, y luego de 12 meses de trabajo de la Convención Constitucional, Chile cuenta con una propuesta de nueva Constitución que en su articulado nos presenta una propuesta con énfasis verde, social, paritario, descentralizado y digital, teniendo como armazón un Estado social y democrático de derecho. En ese contexto, es necesario reconocer si en este nuevo chasis institucional propuesto se otorgan garantías para la promoción y protección de los derechos digitales y una arquitectura institucional que permita a la sociedad chilena desenvolverse y participar de la sociedad digital.
Esto significa que el Estado en su institucionalidad y modernización, junto al ecosistema tecnológico, debe ser capaz de canalizar la fuerza transformadora del desarrollo tecnológico y la digitalización para el bien común. Esto supone no pocas cosas, como facilitar el acceso de sus ciudadanos al mundo digital; avanzar en la universalidad, inclusión, equidad y acceso a la conectividad digital con mínimos básicos que permitan a la ciudadanía un bienestar digital digno y a una conectividad significativa; democratizar y promover la incorporación a la economía digital; controlar el poder, evitar los abusos y la concentración del mercado; fomentar la libertad de expresión y de comunicación; asegurar el emprendimiento y la libre competencia; promover la tecnología al servicio de la condición humana.
En el texto propuesto, el Estado asegurará que todas las personas tengan la posibilidad de ejercer sus derechos humanos y garantías en los espacios digitales; donde la infraestructura y redes de telecomunicaciones son de interés público, establece como prioridad el cierre de brechas de acceso a Internet, promueve el acceso a la información y datos abiertos, genera las condiciones para la protección de datos personales, garantiza respeto a la libertad de prensa, promoción del pluralismo de medios de comunicación y la diversidad de información, establece el derecho a la seguridad informática y confianza digital, brindando con ello un articulado que permite entregar certezas, promueve la participación activa del sector privado en estos objetivos comunes y define una ruta que como país nos planteamos como imperativos del entorno digital.
Son 27 los artículos relacionados directa e indirectamente que están presentes. Podríamos agruparlos en cinco pilares: derechos fundamentales (5), protección de datos personales (3), universalidad y acceso a la conectividad digital (7), infraestructura de telecomunicaciones y espectro (2), ciudadanía y ambientes digitales (5), tecnología, innovación y conocimiento (5).
Es así que los derechos digitales se presentan sin ninguna superinflación, estableciendo el derecho al acceso universal, a la conectividad digital y a las tecnologías de la información y comunicación, donde el Estado asegurará y creará las condiciones para que todas las personas tengan la posibilidad de ejercer sus derechos y garantías en los espacios digitales, garantizando las mismas oportunidades de participar en el mundo digital, y dispondrá de las herramientas necesarias para hacerlo. El Estado tiene el deber de promover y participar en el desarrollo de las telecomunicaciones, así como su participación y la de otros actores en la materia para disminuir las barreras y brechas que aparezcan en el sector, proporcionar herramientas para la alfabetización y educación digital, asegurar espacios digitales libres de violencia y construir un andamiaje formativo que permita a los ciudadanos contar con las habilidades y competencias digitales necesarias, buscando soluciones regulatorias que promuevan la neutralidad tecnológica, el despliegue de la infraestructura digital y las redes de servicios de telecomunicaciones en condiciones de calidad y velocidad adecuadas y efectivas de los servicios básicos y esenciales de comunicación.
El desarrollo de la infraestructura de telecomunicaciones tiene impacto directo en el desarrollo económico, progreso humano y equidad territorial. Es más, el impacto positivo de la infraestructura de la industria digital en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) contribuye de manera objetiva en la Agenda 2030 y para las metas de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible #17ODS. Viene a constituirse como un eje transversal el acceso a las tecnologías de la información y la conectividad digital como un asunto clave para acelerar el progreso humano, superar la brechas sociales y desarrollar sociedades del conocimiento. La infraestructura de interés público.
El actual Parlamento ha tardado 7 años en discutir un proyecto de ley que declara el acceso a internet como un derecho y otros 4 años en discutir el proyecto de ley que presentamos junto a la Presidenta Bachelet y que define a Internet como un servicio público de telecomunicaciones. El desarrollo digital, las actividades de infraestructura de telecomunicaciones y la prestación de servicios sobre esa infraestructura tienen un impacto sobre el crecimiento y el desarrollo, de ahí el interés público para su adecuado y sostenible desarrollo.
Nuestro país tiene desafíos inmediatos en quintuplicar la infraestructura digital existente, fibra óptica y sistemas radiantes, para ello la certeza regulatoria es una condición para incentivar la inversión y fomentar el despliegue de redes y el desarrollo tecnológico, con lo cual la Convención Constituyente siguió las recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones sobre el bien común o bien de uso público, las concesiones, la infraestructura de telecomunicaciones como interés público, y establece que será la ley la que determine la utilización y aprovechamiento del espectro radioeléctrico.
Ante los desafíos de la sociedad en red, del flujo intensivo de datos, en su uso, apropiación y manipulación, se presenta un enfoque de gobernanza donde toda persona tiene derecho a la protección de los datos personales y la facultad de acceder a los datos recogidos que le conciernen, oponerse al tratamiento de sus datos y a obtener su rectificación, cancelación y portabilidad sobre los principios de licitud, lealtad, calidad, transparencia, seguridad, limitación de la finalidad y minimización de datos, esto en un contexto del derecho a la protección y promoción de la seguridad informática y confianza digital, adoptando las medidas idóneas y necesarias que garanticen la integridad, confidencialidad, disponibilidad y resiliencia de la información que contengan los sistemas informáticos. Se crea una institucionalidad democrática sujeta a las normativas y tratados internacionales materializada en una Agencia Nacional de Protección de Datos como órgano autónomo, de carácter técnico, especializado y aislado de las tentaciones de los gobiernos de turno, velando por la promoción y protección de los datos de las personas.
Se distinguen también los artículos que presentan definiciones en los ambientes digitales. Del derecho al trabajo decente se incorpora la desconexión digital; en la participación en la comuna autónoma, las municipalidades promoverán la alfabetización digital; de las competencias de la Región autónoma se incluye la planificación e implementación de la conectividad física y digital; se promueve la participación ciudadana, la ciudadanía digital y la democracia participativa, incluyendo los medios digitales, el derecho a la comunicación social, libertad de prensa y pluralismo informativo.
El Estado en su modernización promoverá un ecosistema tecnológico y sus avances, e innovación capaz de canalizar la fuerza transformadora del desarrollo y la digitalización para el bien común, donde debe incorporar los avances tecnológicos, la innovación, la investigación científica y el mejor uso de los recursos que permitan optimizar la provisión de bienes y servicios públicos; es su deber utilizar los mejores avances de las ciencias, tecnología, conocimientos e innovación para promover la mejora continua de los servicios públicos y el derecho a beneficiarse de los conocimientos.
Plasmar todos los desafíos de la era digital en la Convención pudo ser más ambicioso, osado y estratégico, sin duda. Aún es difícil convencer sobre la relevancia e impacto de la transformación digital para el país y su gente, pero objetivamente la propuesta constitucional es más contundente y robusta de lo que hoy existe y presenta cimientos sólidos para instalar a la nación en la era digital, para el papel del Estado, para la protección de los derechos de la ciudadanía, de la actividad privada, de la innovación, de la transferencia tecnológica, de la creación, del derecho de autor, de la identidad, de la universalidad en el acceso y la soberanía digital.
La nueva Constitución interpreta los cambios que hoy estamos experimentando entre el desarrollo científico tecnológico, la innovación disruptiva y la capacidad de acceder, usar y adaptarse por parte de los ciudadanos a este entorno tecnológico y digital como un medio habilitante para el bien común, para más ciudadanía, más progreso y más democracia.