Las “funas” al interior de las comunidades educativas son una problemática relativamente nueva, y han tenido un aumento exponencial en los últimos 5 años. Son “relativamente nuevas” debido a que las denuncias públicas por medios informales han existido siempre, y situaciones de agresiones, acoso y abuso sexual, también. Sin embargo, gracias a la mirada crítica que han logrado instalar los movimientos feministas respecto a las violencias de género, éstos hechos son mejor comprendidos y mayormente visibilizados, lo que ha producido una vertiginosa y perseverante ola de denuncias en todo el mundo, asociadas, en la mayoría de los casos, a actos o agresiones ocurridas en contextos de intimidad, pero que también se extienden a una serie de actitudes, gustos u opiniones de la persona cancelada o funada.
En la última década, se han visto involucrados en este tipo de denuncias, figuras políticas, artistas, activistas, intelectuales, parejas, esposos, estudiantes, amigos, hermanos… y también mujeres, feministas y no feministas. Chile tiene la terminología funa, sin embargo, en otros países le llaman escrache, o en mayor medida, cancelación.
Este fenómeno complica particularmente a las instituciones escolares, en donde abundan las denuncias y escasean las herramientas para abordar la problemática. La Defensoría de la Niñez, en una infografía respecto a la funa entre estudiantes, señala que ésta “no constituye una denuncia, por lo que su realización atenta contra los derechos de protección de la vida privada y no ser tratado como culpable mientras no exista sentencia”, refiriéndose a la exposición pública que recibe la persona denunciada, y a las posibles consecuencias que puede generar tal exposición y desacreditación en su entorno social.
Como Fundación Semilla, quisiéramos complementar esta mirada de la Defensoría de la Niñez con algunos elementos que nos parecen imprescindibles para abordar en las comunidades educativas esta problemática.
En primer lugar, nos parece que el énfasis no debiese estar en prevenir las funas, sino en prevenir las situaciones de violencia de género que suscitan la aparición de estas denuncias. Los colegios, liceos y escuelas siguen siendo escenario de abusos, acoso y violaciones. En nuestro estudio del año 2021 sobre violencias de género en contextos escolares, se señala que el 20,7% de los y las estudiantes han recibido alguna forma de violencia sexual al interior de su establecimiento. En el mismo estudio, se señala que la violencia y la discriminación son experiencias más comunes al interior de estudiantes pertenecientes a alguna disidencia sexo-genérica y también en mujeres, quienes son 2,1 veces más propensas a recibir violencia sexual que los hombres.
La funa, al no seguir un canal institucional, genera consecuencias sociales y comunitarias que no pueden ser controladas por las instituciones en donde ocurren. Sin duda, esto presenta el riesgo de nuevas vulneraciones de derechos, tanto para la víctima como para la persona denunciada. Pero, es nuestro deber preguntarnos: ¿por qué las víctimas no recurren a un canal formal para realizar estas acusaciones? En nuestro estudio se señala la extendida desacreditación que poseen los canales institucionales de resolución de conflicto, en donde sólo un 7,1% los utiliza, y entre quienes sí lo hacen, más de la mitad señala que no se toman medidas al respecto. Mientras exista desconfianza en los mecanismos que garantizan el debido proceso, existirán fenómenos como la funa, que finalmente expresan una desconfianza en la institucionalidad encargada de resolver estas materias.
Ante este escenario creemos urgente trabajar sobre 3 dimensiones. En primer lugar, robustecer la institucionalidad encargada de la resolución de conflictos. Esto implica no sólo establecer protocolos pertinentes a la realidad de los establecimientos, sino también saber gestionar pedagógicamente los conflictos, y no tener la sanción como única herramienta ante los conflictos. En esta línea, es fundamental tener profesionales capacitados en las materias, que no actúen desde el sentido común o desde el prejuicio, sino desde un criterio pedagógico, ajustado a derecho y basado en información validada por organismos y/o instituciones especializadas. En segundo lugar, una funa debe ser considerada como una denuncia informal, por ende, los establecimientos en el caso de descubrir una, deben intentar que la persona que denuncia lo haga a través de los canales existentes, para generar acciones que aseguren el acompañamiento y seguimiento del proceso. Y en tercer lugar, se deben disminuir las repercusiones comunitarias de la funa, evitando tanto la revictimización de la persona agredida, como agresiones y vulneraciones de derecho a la persona denunciada.
Sabemos que, en un gran porcentaje, los hechos por los cuales se denuncia o se funa, difícilmente pueden ser comprobados dado a que ocurren en contextos de intimidad, o bien, no son constitutivos de delito, lo que impide a los establecimientos tomar medidas como la desvinculación del estudiante, debido a que se atenta contra su derecho a la educación. Sin embargo, dependiendo del caso, se pueden llegar a acuerdos entre el establecimiento, los apoderados y los/as estudiantes involucrados, respecto a cambios de curso, de jornada u otras medidas que apunten a asegurar el derecho a la educación de ambas partes, y la continuidad de sus estudios.
Creemos que, sin justificar ni matizar las violencias, y siempre cuidando la no revictimización de quien recibe la agresión, debemos avanzar hacia formas restaurativas de justicia al interior de los establecimientos… Si los establecimientos no logran educar respecto a las violencias de género, ¿quién lo hace?