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¿Nos estamos quedando atrás en materias regulatorias de la IA? Opinión

¿Nos estamos quedando atrás en materias regulatorias de la IA?

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En las últimas semanas hemos visto cómo distintos países han avanzado en establecer marcos regulatorios normativos para el uso de la inteligencia artificial (IA).


Fue el caso de Estados Unidos con su orden ejecutiva anunciada por el presidente Biden en octubre del presente año. Hace una semana fue el turno de la Unión Europea con el anuncio de su regulación en materias de IA a sus países miembros. Y el día miércoles 13, el Gobierno de Chile, a través del Ministerio de Ciencia y la División de Gobierno Digital, anunció un conjunto de recomendaciones y buenas prácticas del uso de la IA por parte de los servicios públicos. Así, ha optado por dar un primer paso en el sentido de establecer e identificar el uso que se le está dando en las instituciones públicas.

Asimismo, estas acciones, que delinean políticas públicas, regulaciones y normativas para el desarrollo y uso de la IA, abren ciertas interrogantes que merecen la pena discutirse.

La primera interrogante se refiere al objeto que se busca regular. En el pasado, hemos visto marcos legales vinculados a temas tecnológicos que han cometido el error de regular tecnologías, y no principios. Esta distinción conceptual es clave, pues las tecnologías pasan (se vuelven obsoletas), pero los principios quedan (o su cambio es más lento). Un ejemplo es el debate que hoy existe en torno a la regulación impulsada por la Unión Europea, donde la pregunta es si deben regularse modelos de IA (ej., explicabilidad de modelos de IA generativa como la utilizada en ChatGPT) o bien sus usos específicos (ej., uso generalizado del reconocimiento facial sin que haya una mediación de una orden judicial). Hasta ahora se ha optado por lo segundo, no sin antes con un fuerte debate impulsado por los gobiernos de Francia y Alemania.

Segundo, se hace necesario reflexionar sobre qué forma de regulación es más pertinente para la realidad chilena. La experiencia de Estados Unidos representa un modelo descentralizado donde las facultades regulatorias se les entregan a los diferentes sectores (ej., salud, banca, comercio, etc.). China, por su parte, ha adoptado un esquema centralizado, y con un fuerte componente vinculado a seguridad nacional y estratégica. Y los países europeos impulsan una regulación “centrada en las personas”, de carácter centralizado, con exigencias y multas que pueden representar hasta el 7% de los ingresos mundiales de una compañía en caso de incumplimiento.

Chile todavía no ha llegado a esta discusión, habiendo esfuerzos incipientes, como la mencionada circular firmada por los ministerios de Ciencia y Sepres (que se acota exclusivamente a los organismos públicos), así como un proyecto de ley presentado por el diputado Tomás Lagomarsino que se encuentra en discusión en la Cámara y que –en opinión nuestra– tiene varias oportunidades de mejora (tales como sus definiciones conceptuales, el rol que se atribuye a Comisión Experta para evaluar modelos y/o algoritmos previo uso, entre otros).

Y, en tercer lugar, es fundamental que toda regulación en esta materia converse no solo con otros marcos normativos, sino también respete valores sustantivos que soportan la confianza de la ciudadanía en las instituciones. Si bien es evidente que una regulación de IA debe ser consistente con una adecuada ley de protección de datos personales (en la que estamos al debe hace –al menos– 10 años), el debate público exige que también esté alineada con valores como la defensa de la democracia, derechos humanos y no discriminación, entre muchos otros. Esto último es una recomendación fundamental promovida por Unión Europea, Naciones Unidades, así como múltiples actores de la sociedad civil y la academia.

Como se puede apreciar, hay varias preguntas dando vueltas. Y dado el auge de estas tecnologías en el uso cotidiano de la sociedad, “hacerlo bien” es fundamental, por lo que urge tener un debate amplio frente al tema.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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