La única autoridad que puede declararlo es el Presidente de República y no puede durar más de quince días y para prorrogarlo más de una vez, requiere de la aprobación del Congreso Nacional.
Hace algunos días los alcaldes de La Florida y La Reina decretaron estados de emergencia en sus comunas, una medida que ha sido cuestionada desde diversos sectores políticos y que sorprendió a la ciudadanía por su eventual impacto en el control de la delincuencia. Ante esto cabe preguntarse: ¿qué implica esta iniciativa?
Pues bien, el estado de emergencia procede cuando hay una grave alteración del orden público o grave daño para la seguridad nacional, y tiene por objeto restringir determinados derechos y garantías constitucionales, así como delegar ciertas facultades del Presidente de la República en un jefe de la Defensa Nacional que se designa para tales efectos. Entre las facultades que se le otorgan a esta autoridad, están el de asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, autorizar las reuniones en lugares públicos, el acceso y salida de dicha zona, así como el tránsito por su interior.
La única autoridad que puede declararlo es el Presidente de República y no puede durar más de quince días y para prorrogarlo más de una vez, requiere de la aprobación del Congreso Nacional. Esto no puede ser otra forma, ya que uno de los principales objetivos del estado de emergencia es restringir derechos y garantías constitucionales esenciales de la persona humana, que tienen por único objeto restaurar el orden público y la seguridad.
Por esto, lo que en realidad hicieron los alcaldes Rodolfo Carter y José Manuel Palacios, fue redestinar fondos municipales para el reforzamiento de Paz Ciudadana de la comuna, así como invertir en equipos de seguridad municipales. Es por esto que, aunque haya utilizado el concepto de “estado de emergencia”, en ningún caso debe entenderse como tal.
Más allá de los graves hechos que estamos viviendo en materia de seguridad, medidas como la declaración de estados de excepción constitucional, en principio no parecería adecuada. ¿Por qué? Porque cualquier restricción a derechos o garantías constitucionales podría terminar siendo permanente, y cuando sacrificamos derechos básicos por seguridad, perdemos todos los chilenos y nuestra democracia.
Por todo lo anterior, en vez de poner sobre la mesa medidas que tienen gran impacto mediático, pero con un gran costo para la vida y libertad de los chilenos, sería mejor que se avance de manera decidida en la agenda de seguridad actualmente en tramitación y que al igual que han hecho ciertas comunas, que el Estado realice las necesarias reasignaciones presupuestarias para avanzar de manera urgente en inteligencia, coordinación, prevención, sanción y combate al crimen organizado, que es la única forma de revertir la grave situación que vivimos.