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19 años de la Reforma Procesal Penal en la RM: una mirada de nuestros privados de libertad Opinión

19 años de la Reforma Procesal Penal en la RM: una mirada de nuestros privados de libertad

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Daniela Báez Aguirre
Por : Daniela Báez Aguirre Defensora Regional Metropolitana Norte
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Sin duda, la Reforma Procesal Penal ha sido un avance importante hacia una mejor justicia penal en nuestro país.


Este 16 de junio se cumplieron 19 años de la implementación de la Reforma Procesal Penal en la Región Metropolitana, asociada al mayor proceso de modernización de la administración de justicia en la historia de nuestro país. Nadie podría negar la profunda transformación de nuestro sistema de justicia penal, en la línea de garantizar procesos más eficientes, justos y transparentes y con mayor respeto a los derechos fundamentales y garantías constitucionales.

Así, el tránsito de un modelo inquisitivo a uno acusatorio de carácter adversarial bajo principios como la oralidad, publicidad, inmediación y presunción de inocencia sin duda ha permitido contar con un sistema que garantiza el acceso a la justicia de manera más igualitaria. Asimismo, la creación del Ministerio Público y la Defensoría Penal Pública ha contribuido a establecer una institucionalidad que legitima la actividad persecutoria, generando con ello una mayor consolidación del Estado democrático de derecho.

Sin embargo, como institución, no podemos aludir a esta conmemoración sin mencionar la preocupación que nos asiste en cuanto al respeto a los derechos y garantías de quienes son imputados o imputadas de la comisión de un delito, especialmente sobre el uso intensivo de la prisión preventiva, que tras las diferentes modificaciones de nuestro Código Procesal Penal ha ido perdiendo su carácter natural de “ultima ratio”. 

Es así como, al cumplirse diez años de la implementación de la Reforma Procesal Penal en nuestra Región Metropolitana, las cifras evidenciaban positivamente el logro de uno de los objetivos que se buscaban: la racionalización del uso de esta medida cautelar. Así, mientras en 2000 el 48,5% de las personas privadas de libertad eran imputados en prisión preventiva y detenidos, y un 51,5% eran personas condenadas, en 2015 el 27,9 % de los privados de libertad correspondía a personas bajo prisión preventiva y detenidos (fuente: Gendarmería de Chile). 

No obstante, hoy vemos con preocupación cómo esos porcentajes han comenzado a invertirse nuevamente. Observamos, por ejemplo, que en mayo del presente año el 45% de las personas privadas de libertad corresponden a imputados en espera del resultado en su proceso penal. A esto se suma que, de acuerdo con cifras de la Defensoría Penal Pública, del total de imputados en prisión preventiva un 62% no resulta condenado a una pena privativa de libertad. Entonces, es inevitable no hacernos la siguiente pregunta: ¿es necesario en esos casos utilizar la medida cautelar más gravosa o se podría haber recurrido a otra de menor intensidad? ¿Se está utilizando la prisión preventiva como una medida cautelar o más bien como una pena anticipada?

El constante aumento de la población carcelaria acentúa el hacinamiento, los problemas en las condiciones carcelarias y la vulneración de los derechos de quienes se encuentran privados de libertad. Todo lo anterior solo contribuye a tener mayores conflictos al interior de los recintos penitenciarios, mayor dificultad para su control y reducción de las opciones de rehabilitación y reinserción de los internos, lo que termina profundizando los problemas de seguridad pública en nuestra sociedad.

Sin duda, la Reforma Procesal Penal ha sido un avance importante hacia una mejor justicia penal en nuestro país. No obstante, las condiciones y dignidad de las personas privadas de libertad siguen siendo un desafío que debemos abordar como Estado y sociedad. Solo así podremos afirmar con orgullo que contamos con un sistema de justicia penal que respeta los derechos y garantías de quienes intervienen, donde la igualdad es una realidad y no una promesa incumplida.

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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