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Igualdad ante la ley

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Por: Carlos Opazo


Señor Director:

El artículo 19 N°2 de la Constitución Política de Chile garantiza a todos los chilenos, incluidos los porteros y porteras de las reparticiones públicas, la igualdad ante la ley, estableciendo que “ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias”. Es fundamental que esta garantía se respete sin distinciones.

Carlos Opazo

Abogado y académico

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