Señor director:
He seguido con interés las cartas sobre Becas Chile del profesor Patricio Saavedra y la respuesta de Pedro de la Barra y María Berta López. Pienso que el problema central no debería radicar en si la retribución efectiva o remota son propuestas válidas en sí mismas (para mí lo son), sino en definir bajo qué condiciones se podrían aceptar excepciones para dar pasos a formas de retribución alternativas, pero más efectivas.
Si bien he conocido algunos/as becarios/as que no desean regresar por motivos personales, estoy convencido (y espero no equivocarme) de que la mayoría sí desea retribuir a nuestro país. Sin embargo, sabemos que la actual forma de retribución —limitada a residir en Chile— no es óptima, y que existen importantes dificultades para la inserción laboral de académicos en el país.
Aunque la demanda por alternativas de retribución es legítima, es comprensible que surjan preocupaciones considerando los altísimos recursos públicos involucrados. Entre los temores más comunes están que estas propuestas podrían facilitar un “perdonazo” para quienes, por razones egoístas, no quieren regresar; que los/as becarios/as buscan evitar un difícil proceso de búsqueda de empleo (por el que muchos hemos pasado); o que la retribución a distancia no sería realmente efectiva. En resumen, el temor de que los argumentos para quedarse en el extranjero, bajo la apariencia de una contribución académica, serían en realidad una excusa para continuar viviendo en el primer mundo, ignorando las obligaciones voluntariamente adquiridas. En el fondo, se teme que una propuesta de retribución remota no sea más que una suerte de caballo de Troya que esconde motivaciones personales detrás de un discurso basado en el bien del país.
¿Cómo abordar y disipar estos legítimos temores? Dado que las excepciones deberían aplicarse en situaciones muy justificadas para no ser un “perdonazo” universal que dañe el interés público, las condiciones iniciales para cualquier retribución remota debiesen ser estrictas y excepcionales. Por ejemplo, no sería suficiente ocupar puestos de “asistentes de investigación”, “ayudantes” o roles de profesor part-time en unidades investigativas menores. Quienes busquen retribuir remotamente deberían estar vinculados/as a centros de excelencia mundial (p. ej. ubicados entre los 100 o 150 mejores en rankings de subáreas), además de contar con contratos académicos estables, tales como de investigadores/as, lecturers o professors con contratos indefinidos o de muy largo plazo.
A quienes cumplan con estos requisitos, se les podrá exigir retribuir a través de indicadores concretos y medibles, tales como impartir clases remotas para programas de pre y posgrado, publicar artículos con vínculos nacionales en revistas indexadas en WoS o Scopus, o brindar asistencia técnica y profesional, supervisar estudiantes chilenos/as, realizar actividades de colaboración académica entre instituciones, sólo por mencionar algunos ejemplos.
Estos requisitos podrían constituir filtros iniciales para evaluar la retribución remota en casos que realmente, a la vez que calmar las inquietudes legítimas existentes por tratarse de unos de los programas más costosos que hemos tenido en ciencia. Es posible que uno/a que otro/a becario/a se resista criterios de retribución remota exigentes como los aquí propuestos, pero ello solo pondría en evidencia que, tal vez, no existía una intención genuina de retribuir. Si quiere abrir la puerta a modalidades diferentes de retribución -más allá del mero residir en Chile-, debe existir un compromiso con el estándar requerido.
Pablo Fuentealba Carrasco
Profesor Asistente
Departamento de Sociología
Universidad de Concepción