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Posibilidad de intervención militar en Venezuela Opinión

Posibilidad de intervención militar en Venezuela

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Pedro Díaz Polanco
Por : Pedro Díaz Polanco Docente de Derecho Internacional. Docente del Instituto de Gestión e Industria. Universidad Austral de Chile
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La crisis en Venezuela ha dado lugar a una serie de potenciales escenarios, siendo la intervención norteamericana –a partir de lo que ha señalado Donald Trump– uno de los que más controversia genera. Al respecto, y con independencia de los argumentos que pudiera tener Washington para iniciar una intervención militar en Venezuela, es importante señalar que esta sería ilegal desde el punto de vista del derecho internacional. Lo anterior, en función que cualquier acción armada –con excepción de la legítima defensa–, requiere de la autorización previa del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.

Esto es así, ya que el artículo 39 de la Carta de Naciones Unidas establece que será el Consejo de Seguridad el órgano que determinará la existencia de toda amenaza a la paz, quebrantamiento de la paz o algún acto de agresión, debiendo esta hacer las recomendaciones necesarias o adoptando las medidas que permitan poner fin a la situación en cuestión.

Ante esto, y sabiendo que el artículo 42 de la misma Carta establece la posibilidad de hacer uso de la fuerza para restablecer la paz y la seguridad internacionales, es que se evidencia que la potencial acción unilateral de Washington es contraria a las condiciones que exige el sistema internacional.

Ahora bien, es importante considerar que la potencial acción unilateral del gobierno de Trump en contra de Venezuela se esboza en la imposibilidad de conseguir un acuerdo en el seno del Consejo de Seguridad. Esto es así, ya que para legitimar el uso de la fuerza por parte del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas se necesita conjugar dos condiciones: conseguir un mínimo de 9 votos favorables de 15 los posibles, y que EE.UU., Rusia, China, Gran Bretaña y Francia (todos en su calidad de miembros permanentes del Consejo de Seguridad) no voten en forma negativa la resolución.

De esa forma, si un miembro permanente vota que No a una potencial resolución que legitime la intervención, la decisión no se podrá adoptar, materializándose lo que se conoce como el derecho a veto que tienen los estados que son miembros permanentes del señalado Consejo.

Así entonces, y ante el decidido apoyo que Rusia ha mostrado al gobierno de Maduro y a la natural oposición geopolítica de Moscú a los intereses de Washington, es que se establece que la posibilidad de que el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas pudiera legitimar una intervención en Venezuela es mínima.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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