Es claro que existe, en el mundo, el plagio y que la autoría debe tener un tipo de resguardo, pero llegar a pedir sumas exorbitantes de dinero y penas de presidio por más de un año por no cumplir parte de la ley de autoría, es no pensar y sentir que la cultura no es una protección sino una apertura, y que, si se sienten vulnerados ciertos derechos, pueden resolverse de maneras éticas como hubiera querido, quizá, el mismo Juan Luis Martínez, y no como si el investigador Jorge Polanco fuera un delincuente consumado, cuando en realidad es todo lo contrario si revisan su investigación responsable. Si seguimos permitiendo este tipo de restricciones socioculturales en lo que respecta al derecho de propiedad intelectual, lo único que conseguiremos es continuar con las precarias condiciones de distribución del conocimiento
Los temas relacionados con el derecho de propiedad intelectual no cesarán por un buen tiempo, debido a la “naturaleza” conflictiva que generan con respecto a distintas posiciones en lo que se necesita pensar o creer como protección a los derechos de la creación. Escribí una columna, en este mismo medio, aclaratoria, explicando y resumiendo aspectos generales históricos y actuales de las distintas instancias (institucionales) y situaciones que se generan con respecto a los derechos de autor cuando estos se protegen de maneras desmedidas.
Actualmente emergió un caso que nos muestra lo violenta y anacrónica que es la Ley 17.336 en muchos de sus artículos. Me refiero a la demanda que realizó la Fundación Juan Luis Martínez, y la familia del artista, al académico Jorge Polanco por la publicación de su libro titulado Juan Luis Martínez, Poeta Apocalíptico, y a la editorial donde publicó la adaptación de su tesis en la que se basa el libro.
Dividiré en dos partes este problema: por una parte está el problema legal y, por otra, el ético (que no deberían separarse).
Con respecto a lo legal, está circulando una declaración pública en defensa del serio trabajo académico de Polanco, pero, lamentablemente, lo que omiten es que hay aspectos de la ley que están redactados de cierta manera que le otorgan a quienes acusan ciertas atribuciones, valga la redundancia, legales. Es claro que la ley de derechos de propiedad intelectual que deriva en las del derecho de autor debe ser seriamente modificada, pues su anacronismo hace parecer un delincuente a alguien que solo realizó una investigación académica. Los errores (y que no son excesivos) son por parte de la editorial. Sin embargo la familia y la fundación Juan Luis Martínez están pidiendo las penas más altas que se puedan aplicar según la ley, las cuales son de montos de dineros muy elevados y penas de cárcel. Ni siquiera en plagios se ha visto algo así hace mucho tiempo, y el caso que nos convoca en esta columna dista mucho de serlo, pues es una investigación en torno al importante artista Martínez.
En la columna que publiqué anteriormente en El Mostrador hacía mención a los problemas del derecho de autor que se generan cuando privados ejercen lógicas empresariales, las cuales se tornan más importantes que las del posible patrimonio público de las obras de un importante artista. Lo resguardan y sobreprotegen a tal medida que, el acceder a las obras o realizar derivados o, en este caso, elaborar investigaciones, es penado por la ley de formas trágicamente irrisorias. La ley, como consigna en gran parte del mundo, le da los derechos de autoría, una vez muerto el o la autora, a la familia directa por un tiempo de 70 años. Las demandas por perjuicio a la obra de un familiar muerto muchas veces es a la inversa y es la misma familia la que le cambia el sentido al “espíritu” de lo que pretendía el creador. No es nuevo que los y las descendientes hagan negocio con las obras de su ascendiente, pero las regulaciones legales permiten que los excesos proteccionistas demoren demasiado el acceso de importantes legados al bien común. Estoy de acuerdo con el comunicado en apoyo a Polanco, pero no olvidemos que la base es legal y es precisamente eso lo que debemos intentar cambiar.
Con respecto al aspecto ético, este conlleva, necesariamente, el proceder artístico que intentaba el autor original. Juan Luis Martínez no estaba dentro de los artistas que le importara el canon tradicional de las escenas artísticas, se marginaba de lo marginal, como menciona Matías Ayala en su interesante análisis del autor. Lo que comenzó a realizar la familia del artista, una vez fallecido, y una vez que su obra comenzó a tener un reconocimiento nacional e internacional, es generar lo que sucede casi siempre en los casos que las personas u organizaciones se amparan en el clásico y anacrónico derecho de autor actual: beneficiarse con los réditos económicos lo más posible. En principio esto no supondría un problema, es decir, poder tener réditos económicos de un pariente que les dejó un legado. El problema existe cuando, para conseguirlo, se llevan a extremos de exageración las antiguas y conservadas leyes de derecho de autor en beneficio solo del interés lucrativo.
El argumento público puede ser que protegen el patrimonio estético, pero ¿quién garantiza que una familia entienda lo que hacía su padre? Por lo general, quienes más lo estudian son terceras personas, las cuales, cuando se encuentran con estas limitaciones excesivas, deben solicitar permisos o aportar sumas de dinero en acuerdos mutuos. El error de la editorial (y no del escritor Polanco) existió sobre la base de la legislación, pero las peticiones por parte de la familia del artista y la fundación son en extremo excesivas, y recuerdan castigos casi propios de dictaduras.
Es insostenible éticamente que un autor que no ha plagiado absolutamente nada y solo realizó una investigación importante de Martínez tenga que pasar por esto, donde alteran su vida familiar y debe comparecer ante la policía pronto para saber si lo arrestarán o no, pues las herederas y la fundación piden presidio y dinero, a la vez, a alguien que no ha cometido un delito. Es al extremo al que llegan las sobreprotecciones autorales por intereses lucrativos: conductas que no sopesan el daño que le pueden hacer a alguien amparadas en artículos de ley, como si los vacíos y anacronismos de una ley permitieran moralmente dañar la vida de un otro. Personalmente, debo decirlo, es inaceptable y completamente condenable éticamente.
La obra de Juan Luis Martínez no ha sido adulterada, siempre hay variaciones de variaciones en lo que se llama la derivación de las obras y descubrimientos, así se construyen las sociedades y culturas. Intentar justificar que una transcripción textual de la obra no corresponde a los originales, es no comprender nada de lo que ha estado sucediendo hace casi 100 años con las reflexiones sobre la reproductividad artística. En este caso, ni siquiera se refiere a aquella reproductividad, sino a un error de omisión editorial que debe ser castigada, junto con el autor del libro, de maneras ancestrales. Es de suma urgencia modificar la Ley 17.336, pues esta permite un tipo de violencia a no pocos y pocas investigadoras(es).
Es claro que existe, en el mundo, el plagio y que la autoría debe tener un tipo de resguardo, pero llegar a pedir sumas exorbitantes de dinero y penas de presidio por más de un año por no cumplir parte de la ley de autoría, es no pensar y sentir que la cultura no es una protección sino una apertura, y que, si se sienten vulnerados ciertos derechos, pueden resolverse de maneras éticas como hubiera querido, quizá, el mismo Juan Luis Martínez, y no como si el investigador Jorge Polanco fuera un delincuente consumado, cuando en realidad es todo lo contrario si revisan su investigación responsable.
Si seguimos permitiendo este tipo de restricciones socioculturales en lo que respecta al derecho de propiedad intelectual, lo único que conseguiremos es continuar con las precarias condiciones de distribución del conocimiento, que ya es poco lo que nos toca como chilenos, por los altos costos y restricciones del mismo tema que se trata aquí por parte de instituciones, fundaciones y variadas organizaciones que no permiten que cualquiera tenga acceso a ciertas creaciones, y menos aún trabajar sobre ellas sin las prácticas del permiso constante y el lucro, sobre todo de quienes ya no son quienes realizaron esas obras, sino que solo lucran con ellas.
Uno de los importantes puntos a discutir para el cambio de la ley es pensar en la línea que separa los derechos de un autor (vivo o muerto) y los derechos de una comunidad con respecto al importante legado que pudiera estar dejando. Lo que está ocurriendo con este caso reabre un problema histórico que siempre se cree resuelto, pero que nunca lo ha estado, y, en este caso, puede ser un importante precedente inflexivo para el cambio de una ley que no da el ancho a la cultura hace mucho tiempo.