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Denuncias del Servel ante Juzgados de Policía Local: deficiente política pública Opinión

Denuncias del Servel ante Juzgados de Policía Local: deficiente política pública

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Lo razonable es comprender que se debe dar a las causas la tramitación justa eligiendo la sede competente (judicial o administrativa), sin desgastar innecesariamente las capacidades de juzgados, jueces y juezas, restándoles valioso tiempo para ejercer la jurisdicción en materias que, necesariamente, deban ser conocidas en estos tribunales.


Demasiado se ha opinado respecto a las ya más de 2 millones de denuncias que el Servel tiene la obligación constitucional de deducir ante los Juzgados de Policía Local (JPL), por infracción del deber de voto obligatorio en el plebiscito del 4 de septiembre de 2022. Las críticas que leemos hasta ahora solo han apuntado a que en los JPL, por los escasos recursos financieros, la tramitación se hace difícil de asumir.

Efectivamente se constata que nuevamente el legislador ha sobrecargado de trabajo a los JPL, lo que obedece a una historia repetida, sumando materias a nuestro conocimiento sin un análisis serio y previo de la capacidad de enfrentarlas, dada la sequía de recursos humanos y materiales; quieren que hagamos todo con poco a nada. No obstante lo anterior, y tanto o más grave que eso, es otro tema que no he visto haya salido en la discusión.

No se trata de eliminar del conocimiento de los JPL, causas o materias sin fundamento, o solo para descongestionar, como si no quisiéramos trabajar quienes nos desempeñamos en esta justicia. A secas ese criterio no es sensato.

Lo razonable es comprender que se debe dar a las causas la tramitación justa eligiendo la sede competente (judicial o administrativa), sin desgastar innecesariamente las capacidades de  juzgados, jueces y juezas, restándoles valioso tiempo para ejercer la jurisdicción en materias que, necesariamente, deban ser conocidas en estos tribunales.

Se trata en el fondo de repensar en pro de la ansiada eficacia procesal y paz social, compatibilizando con criterio colaborativo, lo judicial y administrativo, y fijar responsablemente la senda de estos tribunales de base, incorporando de una vez contravenciones que atenten gravemente a bienes jurídicos considerados de mayor relevancia, donde hay una controversia entre partes, sin que la institucionalidad actual se haga cargo (inclusión de pequeñas causas y/o conflictos vecinales) y sacar por otro lado de la esfera de nuestra competencia incivilidades de naturaleza netamente administrativa, como  infracciones TAG, y lo que nos convoca, las denuncias del Servel, por no cumplir con el voto obligatorio.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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