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29 años de Belém do Pará: tenemos la oportunidad de avanzar significativamente en su cumplimiento Opinión

29 años de Belém do Pará: tenemos la oportunidad de avanzar significativamente en su cumplimiento

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Antonia Orellana Guarello
Por : Antonia Orellana Guarello Ministra de la Mujer y la Equidad de Género.
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No podemos seguir llegando tarde, tenemos que ser capaces de prevenir. Por eso le hemos puesto urgencia a la tramitación del proyecto de ley por el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia (ley integral de violencia), una propuesta que, además de materializar lo que comprometimos al ratificar Belém do Pará, releva el rol y el deber preventivo del Estado. Veintinueve años después de haber aprobado la Convención, y veintisiete de haberla ratificado, tenemos la oportunidad de dar un paso sustantivo y significativo: contar con un marco normativo que nos permita prevenir la violencia y garantizar de manera efectiva lo que es derecho de todas las mujeres y niñas.


El primer tratado internacional en reconocer y describir la violencia contra las mujeres como una violación a los derechos humanos tuvo su origen en nuestro continente 29 años atrás. El 9 de junio de 1994, 32 países de la región, entre ellos Chile, reunidos en la ciudad de Belém, en Brasil, llegaban a un acuerdo para aprobar la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las mujeres, conocida como Convención de Belém do Pará.

Aprobar la Convención de Belém do Pará significaba asumir que la violencia contra las mujeres ya no era un problema privado, sino un problema público que requiere del involucramiento del Estado. Es innegable que Chile ha avanzado desde su ratificación en 1996: legislamos el delito de femicidio y ampliamos su tipificación para incluir casos que ocurrieran fuera de las relaciones de pareja, y recientemente aprobamos una ley de reparación a víctimas de femicidio y sus familiares, que no solo establece un régimen de protección y reparación, también reconoce la existencia de otras víctimas: las familias.   

Estos avances, impulsados por mujeres, pero también originados en la obligación de cumplir con este tratado internacional, sin duda impactan la vida diaria de las mujeres. Hoy somos más conscientes de las diferentes formas de violencia, de que no se trata de un asunto privado, de que la culpa nunca es de la víctima y de que tenemos el derecho a vivir libres de violencia.

La Convención ha sido clave también al momento de impartir justicia. Según reporta el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI), entre 2018 y 2021 han sido 54 las decisiones judiciales que se han amparado en el texto de la Convención. Esto significa, por poner algunos ejemplos: revocar la decisión de no disponer prisión preventiva para los agresores; establecer la culpabilidad del agresor en un femicidio que se quiso hacer pasar por suicidio; prohibir la mediación entre una mujer que vive violencia y su agresor. Avances que son determinantes en la vida de esas mujeres y sus familias.

Hemos avanzado, pero aún no es suficiente. No podemos seguir llegando tarde, tenemos que ser capaces de prevenir. Por eso le hemos puesto urgencia a la tramitación del proyecto de ley por el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia (ley integral de violencia), una propuesta que, además de materializar lo que comprometimos al ratificar Belém do Pará, releva el rol y el deber preventivo del Estado.

Veintinueve años después de haber aprobado la Convención, y veintisiete de haberla ratificado, tenemos la oportunidad de dar un paso sustantivo y significativo: contar con un marco normativo que nos permita prevenir la violencia y garantizar de manera efectiva lo que es derecho de todas las mujeres y niñas.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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