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Ley de Transferencia Tecnológica: ¿un impulso al emprendimiento científico de las Úes públicas? Opinión

Ley de Transferencia Tecnológica: ¿un impulso al emprendimiento científico de las Úes públicas?

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Franklin Valdebenito, Alejandro Dinamarca , Anahí Urquiza
Por : Franklin Valdebenito, Alejandro Dinamarca , Anahí Urquiza Integrantes de la Red de Innovación del CUECH
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De forma clara, la ley reconoce la existencia de un sistema de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, inmerso y articulado en las actividades propias de la nación necesarias para el desarrollo económico, sustentable y social.  


En el marco de la reciente entrada a la Cámara de Diputados del proyecto de ley de Transferencia Tecnológica a la Sociedad y la Industria, se promueve que la investigación desarrollada en el sistema de educación superior pueda tener impacto en el desarrollo económico y social del país, definiendo por primera vez su alcance en esta materia.

En el proyecto se destaca la investigación colaborativa en torno a desafíos complejos de la sociedad y sector industrial, colaboración internacional, desarrollo de Inter y Transdisciplina, relevancia de la transferencia de tecnología y conocimiento y generación de emprendimientos científico tecnológicos, así como la eliminación de barreras que impiden la transferencia efectiva del conocimiento a la sociedad. De forma clara, la ley reconoce la existencia de un sistema de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, inmerso y articulado en las actividades propias de la nación necesarias para el desarrollo económico, sustentable y social.  

Es importante contextualizar que, si bien Chile está avanzando significativamente en la cantidad y calidad de generación de conocimiento basado en la ciencia e investigación desarrollada en el sistema de educación superior, aún se debe avanzar en términos de financiamiento e impacto del conocimiento de forma directa en los territorios y el país. En este sentido, el proyecto de ley, a través de la ciencia abierta y la generación de empresas de base científico tecnológicas originadas en el sistema de educación superior, promueve la apertura del conocimiento a la sociedad y la incorporación efectiva del sector privado.

Para lo anterior, será estratégico establecer definiciones y reglamentaciones precisas en torno a los derechos de autor de las y los investigadores, así como de los de titularidad de la propiedad que permiten definir derechos, obligaciones y responsabilidades asociadas a la generación de más conocimiento y de potenciales tecnologías de impacto en la sociedad. Por esto, resulta crítico que la creación de un repositorio nacional de conocimiento e información científica tecnológica, considere el resguardo efectivo de los derechos de autoría de los datos e información científica y de investigación susceptible de convertirse en conocimiento y tecnologías por terceros no involucrados en los procesos de investigación original.          

Otro punto a destacar es la flexibilización de las estructuras de transferencia tecnológica para permitir la creación de empresas de base científica tecnológica (EBCT) desde el sistema de educación superior privado o estatal. Sobre este último punto, esta propuesta busca resolver trabas regulatorias que dificultan los procesos de transferencia tecnológica en las universidades estatales, a través de la creación de spin-off y startups basadas en ciencia, y que las investigadoras y los investigadores puedan formar parte de los directorios de las empresas generadas, en la medida que siempre exista el vector de conocimiento, entre otros elementos. Además, menciona a la creación de EBCT como un mecanismo central para asegurar la transferencia tecnológica y de conocimiento desde las universidades.

En este contexto, la relación entre ciencia abierta y transferencia tecnológica requiere una discusión de mayor profundidad y que no genere confusiones en un sistema que se encuentra en pleno desarrollo. Esto debe considerar los alcances relativos a la Ley de Propiedad Intelectual vigente a nivel nacional y global, de lo contrario, se puede transformar en un obstáculo para la generación de más conocimiento y de productos y servicios tecnológicos adecuadamente transferidos a la sociedad. 

En el proyecto también hay otros elementos que deben ser revisados: ¿cómo se regulan las instituciones de la educación superior (IES) diferentes a las universidades en esta materia (por ejemplo, Institutos Tecnológicos Públicos)? ¿Cómo será la relación entre EBCT y los(as) académicos(as) e investigadores(as) de las universidades del Estado? Por último: las regulaciones que involucran a universidades privadas y públicas debe ser establecidas considerando equivalencias y evitando agregar más protocolos de control a las ya restringidas universidades estatales.     

En el apartado de antecedentes y fundamentos, el Proyecto de Ley menciona el estatus de Chile en esta materia en comparación con países de la OCDE, que por cierto justifica con creces embarcarse en este esfuerzo. Por ejemplo, revela que no se ha experimentado un avance en términos de gasto en I+D y que desde el 2010 presenta solo un gasto del 0,36%, a diferencia del gasto de 2,7% que presentan los países de la OCDE.

Además, menciona que la inversión del sector privado es marginal en comparación con los costos que asume el sector público en las universidades; en Chile el 65% del gasto recae en el sector público y esto redunda en que nuestro país tenga los peores desempeños en este ámbito comparativo.

Por último, señala que la calidad de nuestra investigación, si bien es de excelencia, por sí sola no asegura su transferencia efectiva al medio, por tanto, requiere estructuras de apoyo. 

En este contexto resulta de importancia estratégica que esta ley pueda impactar efectivamente a la sociedad, asociando al sistema de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación con otras leyes y otros ministerios, como Hacienda, Economía y Desarrollo, por mencionar los más relevantes.

Esto se sustenta en que, si bien ya existe una ley que ha permitido que el sector industrial realice actividades de I+D con los incentivos tributarios adecuados, es muy posible que la mayor falencia esté en que en Chile debe avanzar a incentivar el uso de productos y servicios derivados de la CTCI nacional, que están enfocados estratégicamente en impactar positivamente en el desarrollo económico y social, y en donde el mercado no otorgue contextos de competencia óptima. Esta perspectiva podría ser el verdadero punto de inflexión para favorecer la diversificación y modernización de la matriz productiva del país. 

Considerando estos elementos, esta ley podría abordar aspectos multisectoriales asociados con las posibilidades de competitividad efectiva de productos y servicios originados en la CTCI y que, por las muchas veces insalvables brechas regulatorias y productivas, no pueden llegar a ser producidos o puestos en servicio. Consideraciones como las indicadas, permitirán pasar a una nueva etapa en la innovación y transferencia tecnológica que solo considera el valor de la empresa por sobre el valor del producto y sus impactos estratégicos, sobre todo cuando su origen es desde la ciencia y tecnología de la nación.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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