La negociación colectiva debiera ser una vía libre y desregulada a través de la cual sindicatos y empresarios, a cualquier nivel, regulan sus relaciones laborales, por medio de acuerdos que pueden recaer sobre todo tipo de materias.
El anuncio del Presidente Boric sobre la presentación a fines de este año de un proyecto de ley sobre negociación colectiva ramal o multinivel, ha reabierto un debate sobre un tema que resulta polémico, particularmente, por los resabios ideológicos asociados a la defensa del actual modelo de relaciones laborales.
Sin perjuicio de lo anterior, economistas, “expertos” de estudios jurídicos que defienden los intereses de sus clientes, así como las organizaciones gremiales empresariales, se han encargado de pintar un escenario pseudoapocalíptico en una economía que aún no se repone de la actual crisis o, bien, de enjuiciar el tema como innecesario, una reliquia del pasado, dando muestras de estar cerrados a un diálogo a partir de supuestos argumentos objetivos, asociados a datos comprobables. De esta manera, cierran la puerta a un diálogo democrático que parta de la premisa del respeto de los derechos fundamentales y laborales vinculados a esta temática, como queda de manifiesto en los tratados internacionales que el país ha ratificado.
Por lo expuesto, resulta necesario partir por lo simple y explicar qué es la negociación colectiva desde la perspectiva del Derecho del Trabajo y a la luz de los criterios determinados por la Organización Internacional del Trabajo, como un estándar mínimo que todo Estado debiera reconocer.
Así, entonces, la negociación colectiva debiera ser una vía libre y desregulada a través de la cual sindicatos y empresarios, a cualquier nivel, regulan sus relaciones laborales, por medio de acuerdos que pueden recaer sobre todo tipo de materias. Por lo tanto, es un espacio de interacción que reconoce y valora la autonomía de sindicatos y empresarios para que sean ellos quienes directamente regulen sus relaciones de trabajo, puesto que son quienes verdaderamente conocen su realidad, pudiendo alcanzar acuerdos con respuestas de mayor legitimidad, flexibilidad y dinamismo que las que pueden provenir de la ley.
Desde esta perspectiva, todos los aspectos relevantes vinculados con la negociación colectiva se determinan para ambas partes en clave de libertad: ¿qué se negocia? Lo que las partes quieren. ¿Cuándo se negocia? Cuando las partes quieren. ¿Cuánto duran los contratos colectivos? Lo que las partes quieran, pudiendo modificarlos también cuando quieran. ¿En qué nivel se negocia? En el que las partes quieran, pudiendo ser varios a la vez (empresa, sector, comuna, región, país), pues corresponden a sus intereses y a los objetivos que procuran lograr.
Con todo, cabe advertir que este panorama de libertad en el que se sustenta la autonomía colectiva parte de una premisa elemental: el reconocimiento recíproco de sindicatos y empresarios como actores legítimos, el respeto de sus intereses y acuerdos, así como en propiciar un diálogo respetuoso, equilibrado y de buena fe. De esta manera, los sistemas de relaciones laborales colectivos buscan superar la asimetría de poder que está en la base de las relaciones laborales y que no se puede obviar, puesto que el trabajador es subordinado del empleador. Por tanto, la igualdad y la libertad para regular las relaciones laborales solo se puede construir desde la dimensión colectiva.
Dicho lo anterior y volviendo al prejuicioso debate nacional sobre el tema, se puede advertir que la negativa a abrirse a estos espacios de diálogo se centra más bien en un tema de poder: no estar dispuesto a reconocer a los sindicatos como un interlocutor válido, no estar dispuesto a dialogar y negociar libremente sobre cualquier materia, prefiriendo que las condiciones de trabajo queden determinadas por la decisión unilateral del empleador, matizadas por derechos mínimos asistencialistas en el plano individual de las relaciones laborales.
Por otra parte, el actual debate, encubre una batalla de sesgos ideológicos y dogmáticos, en los que se niega el diálogo, porque el dogma no se discute, sino que se acepta como una verdad revelada. Este es el dogma del Plan Laboral, conforme al cual se deslegitima el rol de los sindicatos y se considera a la negociación colectiva solo como un procedimiento para establecer acuerdos de corto plazo sobre remuneraciones y condiciones económicas de trabajo, a partir del aporte a la productividad realizado por los trabajadores.
Esa perspectiva sobre las condiciones económicas puede ser aceptable si nace de un acuerdo libre, pero no por la imposición legal, ni cuando se cierra a otras visiones más amplias y libres de negociación. Al ser la negociación colectiva solo un procedimiento de carácter económico, el Plan Laboral la fijó en la empresa, prohibiendo en sus orígenes toda negociación más allá de la empresa. No obstante, esa imposición dogmática, de raíz neoliberal, es contraria a la libertad sindical y termina bloqueando los espacios de libertad para la regulación de las relaciones laborales que resultan necesarios en la actualidad.
Basta señalar que, si tuviéramos un sistema libre de negociación colectiva a cualquier nivel, habría sido innecesaria una ley de 40 horas y la discusión sobre los trabajadores exceptuados de la jornada o sobre el reajuste del ingreso mínimo, pues todos esos temas habrían tenido su espacio natural de acuerdo en la negociación colectiva sectorial o multinivel.
¡Que se puede dañar a las pymes! ¡Un almacén no puede asegurar los mismos derechos laborales que un supermercado! Esos son ejemplos que niegan la razonabilidad de los actores sociales y deslegitiman antes de discutir, pues los niveles de negociación cumplen funciones distintas. El de carácter superior se centra en las condiciones generales o estándar que pueden tener aplicación en su ámbito (jornada de trabajo, descansos, conciliación de trabajo y familia, ingreso mínimo, etc.), mientras que a los niveles inferiores (empresa) se reconducen los referidos a sus realidades particulares, tales como reajustes, bonos y remuneraciones.
Sinceremos el debate. Basta de prejuicios e intolerancia y que se diga directamente si se está dispuesto o no a abrir un espacio democrático y participativo en las relaciones laborales que esté en consonancia con los valores de libertad y solidaridad, cerrando las vergonzosas brechas de desigualdad en nuestro país, herencia de un dogma que mercantiliza el trabajo humano frente a una exaltación de la economía.