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Proyecto de ley de protección de datos personales: la historia sin fin Opinión

Proyecto de ley de protección de datos personales: la historia sin fin

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María de Rosario Letelier
Por : María de Rosario Letelier Abogada, Máster en Derecho de Nuevas Tecnologías
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Resulta curioso que Chile, pionero en Latinoamérica en promulgar una ley sobre protección de  la vida privada en 1999, nuestra actual ley N°19.628, y hoy estamos rezagados.


El pasado martes 2 de julio comenzó la discusión en el Congreso del proyecto de ley que regula  los sistemas de Inteligencia Artificial, ingresado en mayo por el Gobierno. Con las primeras  presentaciones de expertos, el proyecto establece que su institucionalidad recaerá en la futura  Agencia Nacional de Protección de Datos Personales.  

Por otro lado, el miércoles 4 de julio se publicó la normativa N°514, que regula el sistema de  finanzas abiertas (SFA) por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), y la ley N° 21.680  que Crea el Registro de Deuda Consolidada. Ambas normativas incluyen apartados en el ámbito  de la protección de datos personales, y en lo no regulado por estas, aplicará supletoriamente la  ley de protección de datos personales.  

Sin embargo, el proyecto de ley de protección de datos personales, que lleva 7 años en  tramitación, inexplicablemente continúa paralizado en su fase final, faltando solo una sesión de  la Comisión Mixta para ser despachado.  

Resulta curioso que Chile, pionero en Latinoamérica en promulgar una ley sobre protección de  la vida privada en 1999, nuestra actual ley N°19.628, y hoy estamos rezagados. A nivel  constitucional, el derecho a la protección de datos personales fue reconocido el año 2018. Han  pasado 25 años desde la publicación de la ley y el escenario es completamente distinto.  Paradójicamente, ante el acelerado avance tecnológico, la digitalización y el procesamiento de  datos a gran escala, ahora vamos tarde.  

En la región, países como Perú, cuentan con una ley y un reglamento actualizado del año 2013  y cuenta con una autoridad nacional de protección de datos personales. Uruguay ha sido  declarado “adecuado” para transferir datos a la Unión Europea (UE). Brasil fue el primer país de  Latinoamérica en promulgar una ley inspirada en el Reglamento General de Protección de Datos  (RGPD) de la UE el 2018. Colombia tiene una ley vigente del 2012, cuyo reglamento ha sido  actualizado en el 2013, 2015 y 2022. Incluso Estados Unidos, aunque no tiene una ley federal,  cuenta con estados con leyes muy avanzadas en esta materia, como California con la California  Consumer Privacy Act (CCPA) que tiene un estándar muy similar al RGPD de la UE. Además,  Estados Unidos tiene un acuerdo de privacidad el “Data Privacy Framework” (DPF) con decisión  de “adecuación” para transferencia de datos personales transfronteriza entre la UE y Estados  Unidos, las empresas que quieran adherirse deben certificarse.  

En conclusión, estamos atrasados, incumpliendo acuerdos y compromisos. Existe un consenso  entre diversos sectores, la sociedad civil, la academia y el sector privado, en que esta reforma  es clave para proseguir armoniosamente y coherentemente el avance de las regulaciones  digitales en nuestro país. Además, es esencial para regular la libre circulación de los datos  personales y garantizar los derechos fundamentales de las personas.  

Esperemos que prontamente se destrabe este nudo y se retome su tramitación, porque hay  mucho en juego. 

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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