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Derecho a la ciudad Opinión

Derecho a la ciudad

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Alberto Texido Zlatar
Por : Alberto Texido Zlatar Arquitecto PhD, Académico FAU Universidad de Chile @DataLabU, ex Presidente del Colegio de Arquitectos de Chile, Consejero CPI (Consejo de Políticas de Infraestructura)
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Respecto a la reforma, más allá de los buenos deseos, cabe recordar que la Constitución de 1980 ya planteaba “un medioambiente libre de contaminación” en el país.


En los últimos días, algunos parlamentarios han propuesto una reforma constitucional: el derecho a la ciudad. La idea -tan amplia como indefinida-, se basa en el ejercicio pleno de los derechos en el territorio, en la participación y gestión democrática, según indica el proyecto.

La iniciativa -que ya se había planteado durante la discusión del cambio a la carta fundamental en 2022-, nos hace pensar en cómo poner en práctica, hoy mismo, este deseo que también ha venido siendo puesto sobre la mesa por académicos, urbanistas y organizaciones civiles, en especial, cuando hemos visto una y otra vez situaciones de desigualdad, exclusión y desastres que evidentemente afectan nuestra vida urbana. El déficit habitacional, la emergencia de los campamentos y los centros abandonados son síntomas urgentes que llevan a manifestar este ánimo de cambio.

Así pues, podemos vincular este derecho con el concepto extendido ya de la “Ciudad de los 15 minutos”, modelo de proximidad planteado en Paris, Francia por el Urbanista Carlos Moreno. Es decir, la lógica de que los habitantes puedan encontrar servicios básicos a poca distancia, idea que tomó fuerza durante la pandemia. Se trata de distancias caminables donde las personas puedan resolver seis funciones mínimas del habitar en el propio entorno: vivir, trabajar, cuidar, abastecerse, recrearse y culturizarse. 

La aspiración es que los beneficios urbanos se distribuyan equitativamente, con servicios y equipamientos complementarios a parques, que acerquen el acceso a la salud, la educación, el transporte público y los espacios seguros, entre otros. Esto equivale a contar con infraestructura de calidad que habilite el territorio.

Respecto a la reforma, más allá de los buenos deseos, cabe recordar que la Constitución de 1980 ya planteaba “un medioambiente libre de contaminación” en el país, lo que aún escrito no ha logrado evitar su incumplimiento, por lo tanto, una intención plasmada en papel no es requisito de que ocurra la necesaria coordinación, gobernanza, planes y proyectos bien diseñados que garanticen un derecho sobre el cual se ha venido permanentemente trabajando y que además, en caso de avanzar en su aprobación, implicaría institucionalizar un asunto pendiente: la ciudad como entidad territorial y administrativa.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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