La apertura del conocimiento, y las capacidades de avanzar en la investigación, deben ser parte relevante de los principios que guíen la regulación de la IA, asegurando un equilibrio que beneficie tanto al desarrollo tecnológico como el respeto por los derechos de autor.
La reciente columna de Mario Rojas, publicada el 27 de agosto, sobre el proyecto de ley de inteligencia artificial (IA), ha abierto un espacio para la reflexión sobre el equilibrio entre la protección de los derechos de autor y la libertad del conocimiento. La perspectiva de Rojas, desde su posición como presidente de la Unión Nacional de Artistas, se centra en la protección de los derechos específicos de los autores. Aunque el esfuerzo por preservar estos derechos es valioso, es crucial considerar cómo una visión demasiado rígida puede afectar el acceso al conocimiento y el progreso social.
El proyecto de ley, presentado el 7 de mayo de este año, incluye un párrafo que menciona las excepciones al derecho de autor, un aspecto fundamental para el acceso a la información y el avance del conocimiento. Recordemos que las excepciones permiten el uso de obras protegidas para fines educativos, de investigación y crítica, y son esenciales para el desarrollo en campos como la ciencia, la tecnología y el arte.
En un contexto de creciente desigualdad económica, estas excepciones se vuelven aún más importantes, ya que permiten a personas de recursos limitados acceder a recursos educativos y culturales, lo que es crucial para una educación equitativa y el fomento de la creatividad.
En el caso particular del proyecto de ley, este permitiría “… la extracción, comparación, clasificación, o cualquier otro análisis estadístico de datos de lenguaje, sonido o imagen, o de otros elementos de los que se componen por grandes volúmenes de datos u obras…”, lo que mejoraría la “modernización” de “… la normativa vigente, en línea con los procesos de análisis y minería de grandes volúmenes de datos, propios del entrenamiento de sistemas de IA”.
El problema radica en un fragmento específico del proyecto que introduce ambigüedad, al establecer que las excepciones se aplican “siempre que no constituyan una explotación encubierta”.
Esta redacción crea incertidumbre jurídica tanto para los autores como para los beneficiarios de las excepciones. La falta de claridad en la legislación puede limitar el acceso al conocimiento y desalentar el uso legítimo de obras protegidas para fines de investigación y educación, lo que podría contrarrestar los beneficios potenciales de la ley, pues la necesidad de equilibrar la protección de los derechos de autor con el fomento de la creatividad e “innovación” en la era digital (y posdigital) es crucial. En este sentido, el avance en áreas como la IA requiere un entorno regulatorio que permita la experimentación y el desarrollo continuo.
Es imprescindible corregir esa ambigüedad del proyecto de ley, pues, por ejemplo, estamos en un momento muy importante para regular, positivamente, la Minería de Textos y Datos (TDM), la cual es una herramienta clave en la investigación moderna, que permite a la IA analizar grandes volúmenes de datos para descubrir patrones y realizar avances significativos.
Ejemplos significativos pueden ser el “Estudio de IA para la Detección de Cáncer de Mama en el Instituto Nacional del Cáncer (NCI)” en Estados Unidos y el Museo Metropolitano de Arte (The Met) en Nueva York, que en 2016 lanzó un proyecto de análisis de datos artísticos, conocido como el “Met Data Project”, para examinar sus vastas colecciones utilizando herramientas de minería de datos. El objetivo era utilizar la tecnología para explorar patrones y tendencias en las colecciones del museo que abarcan miles de años de historia del arte. Los ejemplos y posibilidades aún no realizadas con la minería de datos son extensos y debieran seguir creciendo bajo una adecuada regulación.
En Chile, la falta de acceso a datos, debido a restricciones de derechos de autor, representa un obstáculo importante para la investigación. Las herramientas como el TDM requieren acceso libre y amplio a bases de datos, pero en la práctica muchas veces se encuentran bloqueadas por barreras económicas o jurídicas. Esto desincentiva la investigación, incrementa los costos y limita el desarrollo científico.
Mientras países como Japón y Singapur han incorporado excepciones en sus legislaciones para facilitar el TDM, Chile aún se enfrenta a un marco regulatorio restrictivo que no apoya adecuadamente estas prácticas.
La evidencia global muestra que los países con regulaciones más abiertas para la investigación son aquellos que están a la “vanguardia” en términos de innovación y desarrollo. La falta de reformas en este ámbito podría hacer que Chile quede rezagado en comparación con otras naciones que están adoptando enfoques más flexibles en materia de excepciones.
La regulación de la IA debe ser adaptativa y reflejar las necesidades cambiantes del mundo en que nos encontramos hoy, donde la regulación de la IA no debe estar dominada únicamente por la protección de los derechos de autor, sino que debe considerar los alcances cualitativos y cuantitativos en beneficio de la cultura. La apertura del conocimiento, y las capacidades de avanzar en la investigación, deben ser parte relevante de los principios que guíen la regulación de la IA, asegurando un equilibrio que beneficie tanto al desarrollo tecnológico como el respeto por los derechos de autor.
En este sentido, el fragmento ambiguo del proyecto de ley, “explotación encubierta”, no da ninguna garantía sólida en términos jurídicos a la importancia de la excepciones para fortalecer innumerables ámbitos de lo social y cultural hoy, y de un futuro muy cercano. Espero que estos debates fomenten una reflexión más profunda sobre la regulación de la IA y la “libertad del conocimiento”. La forma en que abordamos estos temas afectará a todos los sectores de la sociedad, y es crucial que busquemos soluciones equilibradas y efectivas.