Publicidad
La ruta del RUT Opinión

La ruta del RUT

Publicidad
Bastián Riveros Scibbe
Por : Bastián Riveros Scibbe Abogado Socio de Data Ius.
Ver Más


Es frecuente que tiendas y supermercados solicitan a las personas el RUT bajo la promesa de otorgar ciertos beneficios, como descuentos o la adhesión a clubes de clientes, o incluso para facilitar cambios de productos sin boleta física.

Sin embargo, muchas personas desconocen que el RUT es un dato personal y que las empresas deben obtener el consentimiento informado de los titulares al capturarlo, explicando claramente el propósito de su recolección, deber de transparencia y resguardo de la información personal que está en la nueva ley y que contempla nuevos mecanismos para su cumplimiento.

Sin embargo, ua vez entregado el RUT, las personas quedan en total incertidumbre sobre su uso posterior, perdiendo así el control de su propia información. La situación se agrava porque la persona muchas veces entrega el RUT sin haber leído ni comprendido a cabalidad los términos y condiciones aceptados.

Al analizar las prácticas de algunas empresas, se pueden identificar ciertas actividades de tratamiento, tales como fidelización de clientes, perfilamiento y marketing dirigido. A partir del RUT, las empresas crean bases de datos con patrones de consumo para realizar marketing directo, ofreciendo productos o servicios de acuerdo con el perfil de cada consumidor.

También existe el perfilamiento en el ámbito de la salud: Cuando se entrega el RUT en centros médicos o farmacias, este puede asociarse a datos sensibles como patologías, preexistencias o medicamentos, los cuales podrían compartirse con otras entidades, como aseguradoras o instituciones de salud privadas.Y por último está la monetización de datos: Las empresas pueden vender bases de datos robustas que incluyen el RUT, cruzado con otros datos y preferencias de consumo a terceros interesados.

El que el Rol Único Tributario -bajo la actual Ley 19.628 sobre Protección a la Vida Privada- califique como dato personal es porque identifica o permite identificar a una persona física y por ello, con la nueva ley de datos, las empresas estarán obligadas a generar evidencia sobre el adecuado tratamiento de los datos. Esto incluye verificar que la obtención del consentimiento del titular y que su procesamiento haya sido realizado de forma lícita, leal y transparente, garantizando la seguridad e integridad de la información mediante medidas demostrables.

En Chile, el RUT es un dato altamente utilizado en ámbitos que van más allá de una simple compra. Se usa como identificador en la ClaveÚnica y para obtener un reporte comercial crediticio (Dicom/Equifax). Un mal uso de este dato puede impactar negativamente otros derechos fundamentales, como el acceso a la salud, la educación, o la posibilidad de optar a un crédito. Sin medidas adecuadas de mitigación, utilizar el RUT como identificador puede implicar un tratamiento de alto riesgo, considerando las graves consecuencias que su mal uso puede acarrear para las personas

En este sentido, la Agencia de Protección de Datos Personales tendrá un rol fundamental en concientizar a la ciudadanía y en la creación de directrices para las organizaciones que traten este tipo de datos, considerando este. La Agencia Española de Protección de Datos Personales (AEPD) ha señalado en uno de sus informes sobre la utilización de la información del Documento Nacional de Identidad (DNI) que el número de identidad debe ser tratado únicamente cuando lo dicte una norma, y que su uso será excesivo cuando tenga como único objetivo identificar a las personas, dado que es una información especialmente sensible, y un mal uso puede tener múltiples efectos desfavorables para los titulares.

¿De qué dependerá si el RUT adquiera un atributo sensible? Para atender el criterio que se señaló antes, todo dependerá del tratamiento y de la finalidad específica, resolviendo si aquellos entrañan desde ya un alto riesgo de los titulares, dotando como obligación la generación de obligaciones de responsabilidad proactiva en su uso. Esto, desde luego, implica gestionar riesgos y aplicando medidas de privacidad desde el principio.

Es por ello que si su finalidad, por ejemplo, es la de perfilar a clientes para la obtención de beneficios económicos, el tratamiento es menos riesgoso que aquel que se utiliza para ofrecer seguros médicos. No es lo mismo dar el RUT en un supermercado que en una farmacia. La nueva ley se antepone en estos casos y, para evitar que el RUT termine aquí o allá, cruzada en una u otra base de datos, otorgará certeza al titular para que, al menos, se apliquen medidas de seguridad que eviten su divulgación indebida.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
Publicidad

Tendencias