Publicidad
Ley de Funerales de Alto Riesgo: por el derecho a una vida tranquila y segura Opinión Diego Martin/AgenciaUno

Ley de Funerales de Alto Riesgo: por el derecho a una vida tranquila y segura

Publicidad
Gonzalo Durán
Por : Gonzalo Durán Exalcalde de Independencia, Delegado presidencial de la Región Metropolitana.
Ver Más

En una sociedad donde las normas se ven desafiadas por quienes buscan operar al margen de la ley, tenemos la convicción de que esta legislación es una declaración clara: nadie está por encima de las reglas que protegen la convivencia y la seguridad.


“¿Cómo permiten esto?”, es una de las expresiones que hemos escuchado a través de los medios de comunicación, dichas ya sea por un vecino o una vecina, al observar que la comunidad ve modificado su funcionamiento cotidiano ante un funeral catalogado como de alto riesgo. Un fenómeno del último tiempo que requiere de nuevas herramientas, por ejemplo, que el proceso funerario sea más corto y limitado.

En ese contexto, a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, el Gobierno del Presidente Gabriel Boric impulsó la Ley de “Funerales de Alto Riesgo”. Con esta normativa, el delegado o delegada presidencial podrá calificar un funeral como de riesgo, mediante un informe técnico emitido por Carabineros de Chile en menos de dos horas y, de ser necesario, solicitará información a la Policía de Investigaciones (PDI) y Gendarmería.

Además, es importante destacar que:

  • La normativa estipula que todo el proceso funerario debe completarse en un máximo de 24 horas.
  • Carabineros tendrá la facultad de establecer la ruta para el traslado del fallecido y garantizar la seguridad durante todo el desarrollo del proceso funerario.
  • Podrá verificar la identidad de los asistentes, evitar el ingreso de objetos que representen un riesgo de lesiones o daños y prohibir la entrada de personas bajo los efectos del alcohol o drogas.
  • Identificación y traslado del fallecido desde el lugar del deceso o desde el Servicio Médico Legal hacia el sitio de sepultación o cremación.
  • La sepultura debe llevarse a cabo en un cementerio o crematorio autorizado según lo dispuesto por el Código Sanitario.

La ley de “Funerales de Alto Riesgo”, por lo tanto, representa un paso significativo hacia la protección del derecho de las comunidades a vivir en un entorno tranquilo y seguro. Este marco normativo permite una rápida evaluación de posibles riesgos y también establece medidas concretas para minimizar el impacto que altera la convivencia y genera inseguridad.

Con la iniciativa, se refuerza el compromiso del Gobierno de garantizar que las leyes prevalezcan frente a quienes buscan retar el orden social, priorizando la seguridad y tranquilidad de los ciudadanos y ciudadanas.

En una sociedad donde las normas se ven desafiadas por quienes buscan operar al margen de la ley, tenemos la convicción de que esta legislación es una declaración clara: nadie está por encima de las reglas que protegen la convivencia y la seguridad.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
Publicidad

Tendencias