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La tarea permanente de prevenir la violencia hacia las mujeres y el rol de las universidades Opinión

La tarea permanente de prevenir la violencia hacia las mujeres y el rol de las universidades

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Liliana Ronconi y Pamela Caro
Por : Liliana Ronconi y Pamela Caro Liliana Ronconi Profesora Titular y Directora Diplomado en Perspectiva de género en la Litigación, UST. Pamela Caro Profesora Titular y directora proyecto INGE24004, UST.
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La violencia de género tiene como principal herramienta de perpetuación la desigualdad que padecen las mujeres y las diversidades en el ámbito familiar, pero también en los ámbitos sociales, educativos y laborales.


En el marco de la conmemoración del 25 de noviembre, Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, decretada por Naciones Unidas, enfatizamos en la importancia de incorporar la perspectiva de género en todos los procesos, estrategias, medidas e iniciativas que se desarrollen, tanto para prevenir como para investigar y sancionar la violencia hacia las mujeres, por razones de género, en todas sus expresiones. 

En esta fecha emblemática buscamos sumarnos a la tarea permanente de concientizar, visibilizar y sensibilizar sobre las consecuencias sociales que implica la violencia que sufren mujeres y niñas. Aun cuando en noviembre se levanta esta preocupación con mayor fuerza, es importante asumir el compromiso de abordar este tema durante todo el año.

La violencia de género tiene como principal herramienta de perpetuación la desigualdad que padecen las mujeres y las diversidades en el ámbito familiar, pero también en los ámbitos sociales, educativos y laborales. No se puede analizar la violencia de manera aislada de las situaciones de dominación a las que las mujeres están sometidas en su vida cotidiana, como la sobrecarga global de trabajo derivada de la asignación cultural a las tareas de cuidado (y su carga mental) o la distribución desigual de las tareas domésticas, entre otras.

Diversas normativas nacionales se han materializado recientemente, como la ley N° 21.369 que regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en la educación superior, la ley N° 21.643 sobre prevención y sanción del acoso y la violencia en el entorno laboral (conocida como ley Karin) y la ley 21.675 que estatuye medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en razón de su género. Estas normativas se enmarcan en los compromisos internacionales asumidos por el Estado chileno al ratificar la CEDAW y la Convención de Belem do Pará. Sin embargo, aún persisten pautas culturales permisivas a la violencia y discriminación de género, por lo que sigue siendo relevante reflexionar sobre el rol que tienen las instituciones universitarias en el compromiso por erradicar la violencia contra las mujeres, no solo en lo que respecta a la prevención, investigación y sanción al interior de las universidades (regulado por la ley 21.369), sino también en la formación de profesionales sensibles al género. Es crucial resaltar la importancia y urgencia de incluir asignaturas y contenidos transversales en las diversas áreas de formación. La transversalidad de género implica incorporar el enfoque de género en todos los ámbitos de enseñanza, actuando como principio orientador y herramienta de acción. Desde esta perspectiva, no bastan algunos/as profesionales “especialistas” en género, sino que todos/as los/as estudiantes en todas las áreas del conocimiento, cuenten con preparación en género y derechos humanos para identificar precozmente situaciones de riesgo o actuar con celeridad al enfrentarse a situaciones cotidianas en sus diversos campos de acción.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

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