Publicidad
El Estado y entidades de gestión de derechos de autor: una ley que debe modificarse con urgencia Opinión

El Estado y entidades de gestión de derechos de autor: una ley que debe modificarse con urgencia

Publicidad
Samuel Toro
Por : Samuel Toro Licenciado en Arte. Doctor en Estudios Interdisciplinarios sobre Pensamiento, Cultura y Sociedad, UV.
Ver Más

Proteger los derechos de los creadores no significa blindar a las entidades de gestión de toda crítica o supervisión.


En muchas ocasiones nos hemos encontrado con discursos de operadores políticos, en los cuales identificamos las “muletillas” constantes a las que recurren en distintos contextos. En muchas ocasiones no dan argumentos, sino que desvían el tema, o los contenidos, a otros lugares que provoquen preocupación, miedo y victimización en las audiencias. Considero que ha ocurrido algo parecido en una respuesta de la presidenta de Chileactores a una columna que publiqué sobre la relación del Ministerio de las Culturas y el derecho de autor.

Lo que leí fueron lugares comunes, pero sin sustento referencial y de datos, por lo cual no me referiré a detalles que en las investigaciones serias pueden llegar a ser de perogrullo histórico. En la columna de respuesta que menciono se omiten argumentos claves y, más preocupante aún, refuerza una visión que prioriza intereses corporativos por encima de los derechos de creadores, usuarios y del público en general.

En este sentido, uno de los problemas de fondo sería “la democracia y el acceso”, y en este punto la presidenta de Chileactores argumenta que las entidades de gestión existen para proteger los derechos de los artistas y garantizar que reciban una justa compensación por su trabajo. Nadie discute la importancia de la protección de los creadores, sin embargo, el problema radica en cómo estas organizaciones operan: con un monopolio de facto, sin fiscalización y prácticas que restringen el acceso al conocimiento y la cultura.

Un ejemplo claro de esta desconexión entre discurso y práctica es el intento, durante el primer proceso constituyente chileno, de eliminar todas las excepciones y limitaciones al derecho de autor en la legislación vigente. Esto es algo que yo vi en persona, pues trabajaba, junto a un equipo, en una de las normas democráticas del derecho de autor para generar un equilibrio democrático entre la protección y el bien común. Todas las entidades de gestión, alineadas, sacaron en su propuesta las excepciones a este derecho, es decir, no querían que existieran.

Recordemos que estas excepciones, diseñadas para equilibrar los derechos de los creadores con el interés público, son comunes en sistemas democráticos y han demostrado ser esenciales para promover la educación, la investigación y la inclusión cultural.

Por ejemplo, estudios como el “Copyright Amendment Bill” en Sudáfrica han demostrado que un equilibrio entre derechos de autor y acceso público puede beneficiar a creadores y usuarios por igual. En contraste, los intentos de eliminación de estas protecciones en Chile reflejan un modelo anticuado que prioriza intereses corporativos por encima de los derechos ciudadanos.

Es muy importante mencionar que Chile carece de mecanismos robustos para supervisar a las entidades de gestión colectiva. Este vacío no es exclusivo de nuestro país, pero en otros contextos ha llevado a graves problemas de corrupción.

En Brasil, ECAD fue acusada en 2012 de malversar fondos: solo el 76% de las tarifas recaudadas llegó a los artistas, mientras los directivos se otorgaban bonificaciones millonarias. Casos similares se han registrado en la SGAE de España y la SAMI de Suecia, donde directivos desviaron millones destinados a los creadores.

Estos ejemplos subrayan un patrón preocupante: la falta de fiscalización fomenta la corrupción y debilita la confianza en estas organizaciones. Mientras tanto, los creadores, a quienes se supone que deben proteger, quedan desamparados. Además, en países como Canadá, Access Copyright ha sido criticada por destinar solo el 10% de sus ingresos a los creadores, mientras que el resto se pierde en gastos administrativos y legales.

En la columna de respuesta a la mía, la señora Silva también omite mencionar cómo las entidades de gestión en Chile han adoptado una postura agresiva hacia usuarios y pequeños comercios: restaurantes, pubs y locales pequeños han sido objeto de fiscalizaciones intimidatorias, con detenciones absurdas, multas desproporcionadas, incluso cuando se utilizan obras de dominio público o licencias alternativas.

Este enfoque criminalizador no solo daña a pequeños emprendedores, sino que también genera una percepción pública negativa hacia los derechos de autor.

Recordemos que las entidades de gestión, como por ejemplo la SCD que existe desde 1987, amparada por una ley que permite que las tarifas se fijepor las entidades de gestión, pero en caso de desacuerdo con la asociación de usuarios la debiese fijar un tribunal arbitral, la cual puede pedir al Ministerio de las Culturas que forme un tribunal arbitral con la asociación de usuarios de lo cual debiese derivar una tarifa acordada, sin embargo esto no ha ocurrido hasta ahora, o sea, hasta hoy las tarifas que cobran a las y los locatarios no ha sido debatida legalmente y la entidad ha elegido cuáles deben ser los montos; el Ministerio de las Culturas, al menos sus funcionarios de turno, por lo general desconocen los problemas de este tema. Esta situación legal debe aplicarse y actualizarse lo antes posible para una transparencia absoluta a toda la comunidad pues, también, recordemos que es esta misma entidad la que recibe anualmente (por sus cobros unilaterales) varias decenas de miles de millones de pesos anuales (¿una entidad “privada” sin fines de lucro?) Sin suspicacias, solo se debe transparentar, con extremo detalle público, todos los eventos, sueldos y pagos a los artistas que realizan. 

Hay muchos ejemplos en el mundo de irregularidades de entidades de gestión que se han develado una vez fiscalizadas, como mencionaba antes. Otro ejemplo de esto es en Alemania, donde GEMA (otra entidad de gestión) ha sido criticada por reclamar regalías incluso sobre obras de dominio público o canciones protegidas por licencias Creative Commons. Estas prácticas reflejan una estrategia de recaudación sin considerar el impacto social o los derechos de los usuarios.

Del mismo modo, el caso de JASRAC en Japón, que intentó cobrar tarifas por compartir letras de canciones en redes sociales, ejemplifica cómo estas entidades priorizan sus ingresos sobre la promoción cultural. Estos son solo algunos ejemplos.

En la investigación realizada por Jonathan Band en el 2012 se pueden encontrar más de 70 referencias duras de distintos países en los cuales se han logrado detectar irregularidades en la administración de muchísimas entidades de gestión en todo el mundo. Es urgente que el Estado se actualice en estas materias para modificar la ley actual en beneficio de creadoras y creadores y del bien común, pues, hasta el momento, el Ministerio de las Culturas solo ha procurado establecer un discurso alineado con las entidades de gestión nacionales: no han investigado ejemplos comparados internacionales y los múltiples problemas de conflictos de intereses.

El Estado ha dado el derecho de estas administraciones a privados sin una fiscalización anual o una publicación oficial del uso de recursos. Si se pretenden mantener este tipo de entidades, la situación legal debe ser modificada con urgencia, pues, como en el estudio antes mencionado, se ha visto en todo el mundo que es un negocio bastante lucrativo crear una entidad de gestión de derechos de autor.

Comencemos a transparentar todo, pues la victimización constante, como recurso argumentativo, sobre la precariedad de los agentes culturales no es suficiente. Sobre la protección autoral, todos estamos de acuerdo en que debe existir, el problema es: ¿quienes la administran? Esto es un debate que debe abrirse y no tapar el sol con un dedo, en esto que tiene bases mínimas para la transparencia social. 

En países como Suecia, los modelos cooperativos han mostrado ser efectivos al incluir a los creadores en la toma de decisiones y garantizar distribuciones justas. La tecnología también puede jugar un rol clave: plataformas basadas en blockchain permiten rastrear el uso de obras y distribuir regalías directamente a los artistas, eliminando intermediarios y reduciendo costos administrativos.

En América Latina, iniciativas como las propuestas de flexibilidades al derecho de autor buscan equilibrar la protección de los creadores con el acceso al conocimiento. Sin embargo, estas medidas enfrentan resistencia por parte de las entidades de gestión, que ven amenazado su modelo de negocio tradicional.

La verdadera protección de los derechos de los creadores no está en el monopolio ni en las tácticas punitivas, sino en la democratización del conocimiento.

Esto incluye reformas legislativas que garanticen excepciones claras al derecho de autor, como el uso justo para propósitos educativos, de investigación y de preservación cultural; transparencia que obligue a las entidades de gestión a publicar informes detallados sobre cómo distribuyen las regalías y cuánto destinan a gastos administrativos; educación y tecnología que promuevan licencias abiertas y el uso de tecnologías como blockchain para garantizar la trazabilidad y el pago directo a los creadores y supervisión independiente con organismos reguladores que fiscalicen a las entidades de gestión y garanticen su cumplimiento con las normativas.

Con respecto a las excepciones, pueden revisar datos, donde también se puede acceder a mapas con detalles de las insuficiencias y suficiencias en distintos países en La Coalición A2K, que representa a 48 organizaciones de derecho en todo el mundo. Si se quiere ver, de forma más específica, flexibilidades al derecho de autor en Latinoamérica, se puede revisar por categorías aquí. También se puede revisar el importante estudio presentado por Fundación Karisma y Datysoc (laboratorio de Datos y Sociedad), presentado el 2021. 

Proteger los derechos de los creadores no significa blindar a las entidades de gestión de toda crítica o supervisión. Significa garantizar que los sistemas sean transparentes, justos y democráticos. La cultura no es un privilegio, es un derecho. Y si las entidades de gestión continúan operando bajo un paradigma de monopolio y control, estarán traicionando no solo a los artistas que dicen representar –particularmente los menos reconocidos–, sino también a la sociedad que hace posible su existencia.

La oportunidad de este cambio está aquí. Pero, para lograrlo, debemos priorizar la colaboración y la inclusión sobre la exclusividad y la protección corporativa. Solo así podremos construir un sistema de derechos de autor que realmente sirva a todos y todas.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
Publicidad

Tendencias