En contexto de crisis de salud mental laboral, que la misma Superintendencia de Seguridad Social ha declarado como una “urgencia en la gestión del riesgo psicosocial”, el derroche de recursos a través de actividades de marketing y publicidad no orientadas al seguro laboral resulta inaceptable.
A través de la circular N° 3846 publicada el 23 de diciembre, la Superintendencia de Seguridad Social ha señalado que no tolerará que las mutuales (ACHS, IST y Museg) realicen gastos de marketing, publicidad, patrocinio o auspicio que no tengan relación con las prestaciones del seguro laboral. Esta circular instruye a las mutuales a documentar sus procesos de marketing y publicidad en un manual que incluya sus procesos de planificación y control, los criterios de evaluación, y los mecanismos de transparencia y manejo de conflictos de interés, entre otros aspectos.
¿Por qué esta nueva normativa en marketing y publicidad? ¿Cómo leer y entender esta nueva regulación de la Superintendencia de Seguridad Social?
Primero, un poco de contexto. A diferencia de otros países, las mutuales u organismos administradores del seguro en Chile gozan de una excesiva autonomía en su gestión operativa, comercial y financiera. Esta licencia administrativa se ha traducido en muchos casos en la dilapidación de recursos en actividades que no guardan relación alguna con las prestaciones del seguro laboral.
Por ejemplo, en el año 2023, la ACHS decidió auspiciar por un valor aproximado de 700 millones a las selecciones nacionales de fútbol de Chile, incluida las selecciones masculina y femenina de fútbol, futsal y fútbol playa, de las categorías adulta y juvenil. Enmarcado en el eslogan “Cuidamos a Chile, cuidamos a La Roja“, este millonario auspicio le permitió a su filial Clínicas ACHS Salud posicionar y aumentar la recordación de marca de este negocio propio, que se ubica lejos de la mirada pública sobre seguridad social.
Más allá del monto y la extravagancia del auspicio, lo realmente cuestionable es que la ACHS habría utilizado su capital de marca y los ingresos provenientes del seguro laboral para subsidiar el marketing de su filial Clínicas ACHS Salud. Es decir, la ACHS habría desviado millonarios recursos obtenidos a través de las cotizaciones del seguro en apoyo de su filial para el logro de utilidades, lo que, en buenas cuentas, constituiría un bypass a la Ley N° 16.744, que impide a las mutuales lucrar. Si bien, esto es una materia a dilucidar por las instituciones financieras y de libre competencia del país, nos parece oportuna la decisión de la Superintendencia de Seguridad Social de regular las actividades de marketing de las mutuales hacia su quehacer principal: la seguridad, la salud y el bienestar laboral.
Celebramos la nueva normativa de la Superintendencia de Seguridad Social que pretende frenar el despilfarro en que incurren las mutuales en actividades de imagen corporativa, recordación de marca, valorización, posicionamiento y campañas publicitarias que no son propias de su actividad principal. Especialmente, tomando en cuenta la crisis de salud mental y la elevada exposición a riesgos psicosociales que el país experimenta -responsabilidad que atañe directamente a la gestión de las mutuales.
Al respecto, las cifras son claras y decidoras. De acuerdo al último informe del riesgo psicosocial de la Superintendencia de Seguridad Social, el 75 % de los lugares de trabajo evaluados presentan niveles de riesgo medio y alto en salud mental. En el 89,4 % de los lugares de trabajo, los(as) trabajadores(as) se encuentran expuestos(as) a riesgo medio y alto en la dimensión de vulnerabilidad relacionada con la sensación de temor, desprotección o indefensión ante un trato injusto. Por otro lado, en el 87,5 % de estos, los(as) trabajadores(as) se encuentran expuestos(as) a riesgo medio y alto en la dimensión de carga de trabajo relacionada con la excesiva cantidad de tareas a ejecutar en tiempos muy reducidos. Para finalizar, tan sólo el 26 % de los(as) trabajadores(as) que deberían haberse evaluado en el año lo hicieron, a pesar que la evaluación es obligatoria para todas aquellas empresas públicas y privadas con 10 o más trabajadores(as).
En este contexto de crisis de salud mental laboral que la misma Superintendencia de Seguridad Social ha declarado como una “verdadera urgencia en la gestión del riesgo psicosocial”, el derroche de recursos a través de actividades de marketing y publicidad no orientadas al seguro laboral resulta inaceptable. Es un imperativo moral que las mutuales encaucen sus actividades de marketing y publicidad en torno a los riesgos psicosociales y la salud mental. Por ejemplo, desarrollar una campaña de publicidad masiva para sensibilizar sobre los problemas de salud mental y los riesgos psicosociales del trabajo. O, por ejemplo, mediante marketing directo difundir y sensibilizar a las empresas adheridas sobre la evaluación del riesgo psicosocial, junto con sus etapas, plazos y, sobre todo, la obligatoriedad de realizar dicha evaluación. También implementar actividades de marketing social para asistir, asesorar y capacitar en terreno en la implementación de la evaluación psicosocial, con escuadrones de psicólogos, asistentes sociales y todos aquellos profesionales expertos en el tema. Al respecto, las universidades chilenas han realizado un excelente trabajo, adecuando sus mallas curriculares para dotar a los profesionales con las herramientas y los conocimientos para gestionar exitosamente el riesgo psicosocial. Por otro lado, dada la entrada en vigencia de la nueva Ley Karin, implementar una campaña entre todas las mutuales que desnormalice el acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo, además de difundir los canales de denuncia y la entrega de atención psicológica temprana, sería una tremenda contribución social.
En fin, son muchas las actividades de marketing y publicidad que se pueden realizar en función de mejorar la gestión del seguro laboral. Esperamos que esta tarjeta roja a las mutuales tenga el efecto deseado en torno a reorientar las actividades de marketing de estas hacia las prestaciones del seguro laboral, y por supuesto, que esto se traduzca en una mejora sustancial en la salud y el bienestar de todos los trabajadores y trabajadoras.
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