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Suspensión de la FCPA: efectos en otras jurisdicciones Opinión

Suspensión de la FCPA: efectos en otras jurisdicciones

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María Soledad Alonso Baeza
Por : María Soledad Alonso Baeza Abogada de la Universidad Diego Portales. Diplomada en Compliance y Buenas Prácticas Corporativas de la PUC. Socia fundadora de AV Global Compliance. Docente en diplomados de varias universidades.
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Por tal razón, esta suspensión no ha pasado inadvertida en el mundo del compliance ya que suena como un retorno a la tolerancia de la corrupción en los negocios internacionales abriendo un camino incierto en esta materia.


Casi junto con la publicación del Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) 2024, publicado por Transparencia Internacional – febrero 2025 – se conoció la orden ejecutiva firmada por el Presidente Trump, la cual suspende por 180 días – pudiendo renovar dicho plazo – la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA, por sus siglas en inglés).

Dos noticias poco auspiciosas en un contexto geo-político complicado: erosión de las democracias, declive de liderazgos mundiales en materia climática, conflictos armados – guerra en Gaza, invasión rusa de Ucrania y guerra civil en Yemen – aumento de la corrupción, incremento importante de movimientos populistas radicales – tanto de extrema izquierda como de extrema derecha – y guerras comerciales, son alguno ejemplos de un poderoso cóctel que conforma el nuevo orden o “desorden” mundial.

Así, el informe del IPC 2024 reveló la presencia de graves niveles de corrupción en todo el mundo lo que no excluye a nuestro país. Dentro de Latinoamérica, aunque Chile sigue arriba del promedio regional, dejamos hace rato de liderar el ranking de los mejores 30 países, descendiendo al puesto 32.

Por su parte, la suspensión de la FCPA en los Estados Unidos incluye también la suspensión de nuevas investigaciones, la facultad de la Fiscal General de aprobar o no cualquier futuro procesamiento de la FCPA, la revisión de los casos en actual tramitación y el desarrollo de nuevos lineamientos para limitar la aplicación de la ley cuando se estime que el caso representa una amenaza directa a los intereses de Norteamérica. 

El objetivo de estos nuevos lineamientos es ajustar la FCPA a la política exterior comercial que se encuentra implementando el actual mandatario para que las empresas norteamericanas tomen la delantera en competitividad a nivel global. 

La FCPA ha sido clave para investigar casos de corrupción a grandes grupos empresariales en todo el mundo que coticen en la Bolsa estadounidense, y a empresas que desarrollan actividades en Estados Unidos, imponiéndoles estrictas restricciones en cuanto a la prevención de la corrupción. A través de los años – fue adoptada en 1977 a raíz del caso Watergate y de escándalos relacionados al financiamiento ilegal de campañas políticas – se fue convirtiendo lentamente en un estándar importante para otras jurisdicciones en la lucha contra la corrupción. 

Por tal razón, esta suspensión no ha pasado inadvertida en el mundo del compliance ya que suena como un retorno a la tolerancia de la corrupción en los negocios internacionales abriendo un camino incierto en esta materia. Los analistas expertos advierten que los oficiales de cumplimiento de las empresas se enfrentarán con la inevitable sensación de directores y altos ejecutivos de que con la aplicación de la FCPA aparentemente en declive, es el momento de reducir las iniciativas de cumplimiento, los presupuestos e incluso el personal. Y las gerencias de nivel medio – marketing y ventas – pueden entender este cambio de tono como un mayor apetito por el riesgo lo que podría influir en sus decisiones diarias y desalinearse con el estándar de cumplimiento que hasta ahora existía en Estados Unidos pero también en Europa y en Latinoamérica.

En lo que respecta a nuestra región se piensa que las prácticas anticorrupción también podrían volverse más laxas ya que, en este nuevo escenario, no habrían investigaciones por parte de Estados Unidos en ese período contra las empresas que ofrezcan sobornos y estaría por verse qué consecuencias traería si la FCPA llega a ser modificada o incluso cancelada.

Ante este incierto panorama no cabe duda que se pondrán a prueba los programas de cumplimiento de las organizaciones, tanto públicas como privadas, y se comprobará si están guiados solo por el temor a la sanción – especialmente si proviene del Departamento de Justicia de EE.UU en los casos que aplica – o si los valores como la ética, la transparencia y la probidad desempeñan un papel relevante en la toma de decisiones. 

Ahora más que nunca se requiere que la sociedad toda – teniendo en cuenta el descenso de Chile en el IPC 2024 – no baje los brazos frente a la corrupción. 

Para esto, el ejemplo y mensaje de los líderes de cada organización – el tono – será fundamental en la lucha contra este flagelo que debilita las bases de un estado democrático, y se entienda que el compliance es una ganancia para todos y no una carga pesada que cumplir por obligación o por temor a una sanción – cárcel efectiva en el caso de la ley de delitos económicos – de lo contrario significa que el programa no funciona o no se encuentra vivo porque estaba centrado exclusivamente en el mero cumplimiento y no en una convicción valórica.

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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