
Permisología vs. permisividad: la destrucción de las dunas de Concón
La permisividad imperante esconde una grave circulación de tráfico de influencias, un lobby feroz con total impunidad y la consagración de la política de los hechos consumados. El proyecto de Ley de “Permisología”, tal como está planteado hoy en día, viene a fortalecer esas estructuras.
El pasado 10 de enero de 2024, el Gobierno del Presidente Boric ingresó a tramitación a la Cámara de Diputados el proyecto “Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales”, conocido popularmente como proyecto de “Ley de Permisologia”. El citado proyecto de ley viene a modificar diversos cuerpos legales, pero fundamentalmente la Ley 19.300 “Ley de Bases del Medioambiente”.
En los antecedentes del proyecto se esgrimen como razones para su elaboración el “estancamiento del crecimiento, inversión y productividad”, “la importancia de una adecuada regulación de las autorizaciones sectoriales para el fomento del crecimiento económico”, y desde aquellas premisas se plantea un tercer punto, como antecedente para la justificación del envío del proyecto, caratulado “Principales desafíos en materia de autorizaciones sectoriales”.
Llama profundamente la atención que, tratándose de un proyecto que plantea modificaciones sustanciales a la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, ninguno de los fundamentos o antecedentes considerados para su elaboración tengan por objeto el cuidado del medio ambiente, ni los principios fundantes de los tratados en que Chile se ha comprometido en materia de desarrollo sustentable. Lo anterior es particularmente preocupante respecto de la protección efectiva de los Santuarios de la Naturaleza, en particular el caso del del Campo Dunar de la Punta de Concón.
El Santuario de la Naturaleza del Campo Dunar de la Punta de Concón
Mediante Decreto Supremo de fecha 26 de diciembre de 2012, se derogó el Decreto N° 481 de agosto de 1993 y sus modificaciones posteriores, estableciendo como Santuario de la Naturaleza el sitio denominado “Campo Dunar de la Punta de Concón”. Reconociendo explícitamente la existencia de un ecosistema extremadamente frágil en el mismo, se expandió el área protegida, de esta forma, las Dunas cuentan con una extensión de más de 50 hectáreas protegidas tanto por el Decreto Supremo ya aludido y el P. R.C, de la Comuna de Concón de 2017 que declara área verde más de 20 hectáreas aledañas.
Las dunas que protege el Santuario se caracterizan por estar sobre una terraza litoral a más de 30 metros sobre el nivel del mar. Se trata de dunas fósiles, que están separadas del mar por un acantilado. También son consideradas “dunas relictas” que han sido localmente reactivadas por procesos eólicos actuales. Es un área que presenta características únicas, alberga un ecosistema extremadamente frágil y forma parte del patrimonio cultural de la región, por lo que para su conservación se requiere de una especial protección.
El Plan de Manejo del Santuario (publicado el 2021) identifica como principal amenaza la construcción de obras civiles, indicando “Por otra parte, el aumento en la demanda inmobiliaria junto a la expansión urbana con su consiguiente acrecentamiento vehicular por las Av. Borgoño y Av. Concón – Reñaca que delimitan con el Santuario, constituyen importantes amenazas a este recurso paisajístico excepcional cuyos efectos se traducen en la destrucción de las asociaciones vegetales presentes, la erosión de los suelos de dunas estabilizadas y la removilización dunaria, con el consiguiente resultado de pérdida de calidad escénica y transformación de la morfología original de las dunas”.
A pesar de las advertencias y diagnósticos en el Plan de Manejo, el -mal entendido por algunos- desarrollo inmobiliario se ha agudizado. La vulneración de la normativa vigente por parte de los actores, la indolencia e inacción de la autoridad ambiental, vienen a recordar abrupta y trágicamente la fragilidad que subyace en este ecosistema protegido.
El evento de los socavones
El 10 de septiembre de 2013, el Ex Director de Obras Municipales de Viña del Mar, don Julio Ventura Becerra, emitió la Recepción Definitiva N° 272/2013, recibiendo las obras ejecutadas en el inmueble ubicado en Avenida Costa de Montemar N° 80, denominado “Edificio Kandinsky”. El inmueble, de 19 pisos, está ubicado a metros del polígono declarado Santuario de la Naturaleza y está emplazado en la calle afectada por el socavón producido por el colapso del colector de aguas lluvia del sector.
Gracias a la Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados y a la serie de acciones promovidas por el Movimiento Duna Viva, quedo establecido que el colapso del colector de aguas lluvia, de agosto y septiembre de 2023 se produjo por su antigüedad y porque su diseño no podía contener la carga a la que se vio sometido, siendo su causa directa la construcción indiscriminada de todos los proyectos inmobiliarios en la zona. Dicho de otro modo, la presión inmobiliaria descontrolada en un área protegida tuvo consecuencias catastróficas.
Al momento de entregarse la recepción definitiva al Edificio Kandinsky se encontraba vigente el artículo 25 bis de la Ley N° 19.300, que establece el deber de las D.O.M. de solicitar una Resolución de Calificación Ambiental a aquellos proyectos que se encuentren dentro de los casos contemplados por el artículo 10 del mismo cuerpo legal. En este caso, el proyecto se encuadraba claramente en la hipótesis que contempla el literal p) de dicho precepto, en relación con el literal d) del artículo 11 de la misma ley.
Quedó entonces meridianamente claro, que el D.O.M, de Viña del Mar faltó a una serie de deberes que le imponían las normas en el otorgamiento de dicho certificado, permitiendo y siendo cómplice, por evidente falta de diligencia, de la tragedia de los socavones causada por la depredación del Santuario Dunar que él mismo permitió.
En su comparecencia ante la Comisión de la Cámara de Diputados, reconoció abiertamente que no aplicaba dicha norma “porque no era el criterio de la época”.
Otros casos que amenazan el Santuario de la Naturaleza
El proyecto denominado “Alto Santorini”, de titularidad de Inmobiliaria Lote 21 SPA parte del holding de Inmobiliaria VIMAC, se encuentra emplazado a menos de un metro del límite sur del Santuario de la Naturaleza, donde se pretende construir dos edificios independientes de 28 y 10 pisos con destino habitacional y comercial, respectivamente. El proyecto fue autorizado, nuevamente, por el ex Director de Obras Municipales de Viña del Mar, don Julio Ventura Becerra.
La ejecución de este megaproyecto sin contar con ninguna autorización de carácter ambiental motivó a la Fundación Yarur Bascuñán y a la Corporación Pro-Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar a interponer un recurso de protección ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso.
En junio del 2019, la Excelentísima Corte Suprema, confirmando el fallo que acogió la acción Constitucional dicto sentencia definitiva ordenando la paralización del proyecto, estableciendo: “No puede sino concluirse que el proyecto de construcción de dos edificios desarrollado por las recurridas ha debido ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en los términos del artículo 11 literal d) de la Ley Nº 19.300, al encontrarse en el predio inmediatamente contiguo al Santuario de la Naturaleza “Campo Dunar de la Punta de Concón”, y encontrarse aquella área protegida en condiciones de susceptibilidad de ser afectada por las obras en cuestión debido a los impactos que ellas pueden generar en el área circundante”.
Transcurridos casi 6 años el proyecto aún no cuenta con una Resolución de Calificación Ambiental favorable.
Ante la inercia de la institucionalidad ambiental y particularmente la inacción del Municipio Viñamarino, Duna Viva requirió sin éxito a la Alcaldesa Ripamonti el ejercicio de la acción por daño ambiental. Frente a su negativa, a finales de 2023 se presentó, por estas mismas organizaciones y en un hecho inédito, Demanda de Daño Ambiental ante el Segundo Tribunal Ambiental, declarándola admisible encontrándose en tramitación.
Algunas conclusiones
Los antecedentes que se han expuesto no son las únicas materias, proyectos y situaciones que amenazan y han amenazado estos últimos años la integridad ecosistémica del Santuario de la Naturaleza del Campo Dunar de Concón. Sin perjuicio de ello, ilustran con claridad como la conducta de las Direcciones de Obras Municipales, la falta de eficiencia en el aparataje público, la falta de voluntad política y la pésima concepción de desarrollo compartida por la autoridad y por los actores inmobiliarios, han devenido en una permisividad que ha generado daño irreparable en sitios que la sociedad se comprometió a proteger.
Si bien la promulgación de la Ley Nº 21.600 que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) de Chile es un avance en algunas materias concretas, resulta insuficiente para brindar una efectiva protección.
Mientras perdure la tremenda asimetría existente entre la intención de resguardar los ecosistemas y el poder de lobby y cooptación de las grandes inmobiliarias, se prolongará un período de destrucción de nuestros ecosistemas.
En esta materia, la permisividad imperante esconde una grave circulación de tráfico de influencias, un lobby feroz con total impunidad y la consagración de la política de los hechos consumados. En definitiva, el proyecto de Ley de “Permisología”, tal como está planteado hoy en día, viene a fortalecer esas estructuras fácticas y a ser una carta blanca para la extensión de la permisividad y la materialización de eventuales delitos que atentan contra el medioambiente. Todo esto mientras en Chile seguimos sin ley de lobby que sancione ex ante las prácticas poco transparentes y sorprendiéndonos con nuevas revelaciones de tráfico de influencias, y otras acciones que corrompen las instituciones, y que se realizan en total oscuridad a costa de todos los chilenos.
- El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
Inscríbete en nuestro Newsletter El Mostrador Opinión, No te pierdas las columnas de opinión más destacadas de la semana en tu correo. Todos los domingos a las 10am.