Los ministros de Vivienda y Urbanismo, Patricia Poblete, y de Interior, Edmundo Pérez Yoma, son algunos de los requeridos por la acción legal presentada en la Corte de Apelaciones de Santiago. El recurso tiene como fin revocar la modificación hecha “a la medida” de la polémica central a carbón, gracias a la cual podría empezar a funcionar nuevamente a pesar del fallo de la Corte Suprema que detuvo las obras en 2009.
La modificación legal liderada por el ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) para que la Central Termoeléctrica Campiche pueda continuar con el proyecto energético que quedó a medio camino luego de que la Corte Suprema decretara que debía paralizarse, generó rechazo y sorpresa entre los vecinos de Puchuncaví.
Por ello, decidieron presentar un recurso de protección en contra de los funcionarios gubernamentales involucrados en la modificación. Entre ellos dos ministros y el contralor general de la República, Ramiro Mendoza.
La historia es conocida: en junio de 2009 el máximo tribunal declaró ilegal la autorización dada al funcionamiento de la central a carbón por la Corema, por conceder el permiso sin que se realizara el cambio de suelo necesario, lo que obligó a la empresa de AES Gener a detener las obras.
La situación provocó un cerrado espaldarazo del gobierno, que anunció buscaría la fórmula para allanar el camino al proyecto a carbón. A fines de 2009 lo encontró: el ministerio de Vivienda y Urbanismo modificó la ordenanza general de urbanismo y construcciones respecto del uso de suelo de actividades productivas.
En enero de este año, AES Gener inició los trámites para acogerse a esta modificación -que permite que si un predio tiene más de 30 por ciento de uso de suelo de actividades productivas o de infraestructura, el resto del terreno podrá convertirse- y continuar con el proyecto.
El recurso de protección de los vecinos de Campiche apunta a la ministra de Vivienda y Urbanismo, Patricia Poblete, a la que acusa de la responsable de la elaboración y dictación “arbitraria e ilegal” del Decreto Supremo Nº68/2009.
El documento presentado por el abogado Marco Opazo, detalla que “el Decreto Supremo se dictó en abierta contradicción y vulneración de las normas de uso de suelo de la Ley general de Urbanismo y Construcciones, ya que no existe ninguna norma legal que faculte a la administración a establecer la modificación introducida…y en particular que un uso de suelo minoritario –al menos 30%- pueda extenderse en todo el terreno que tiene otro uso de suelo distinto y en proporción mayoritaria. Dicha facultad no la entregó el legislador a la administración”.
Por otra parte, “se dicta una norma administrativa que por esencia es de carácter general para tratar de solucionar un caso particular, esto es las ilegalidades del proyecto Termoeléctrico Campiche”.
Lo que según el texto queda de manifiesto luego de que la propia empresa señalara en la presentación que realizó a la Corema de la V Región que el terreno donde se emplaza Campiche cumple la exigencia de la norma introducida por el D.S, precisando que el lugar tiene 33 por ciento de uso de suelo industrial, lo que hace “imposible no hacer la comparación” con el 30 por ciento introducido en la modificación liderada por Poblete.
La acción judicial presentada por la junta de Vecinos de Campiche, incluye a Edmundo Pérez Yoma, en su calidad de vicepresidente de la República, por la dictación “arbitraria e ilegal” del decreto. Quien además, luego del fallo de la Corte Suprema, reconoció a diversos medios de comunicación que se buscarían las herramientas para allanar el camino a la termoeléctrica.
También cuestionan al Jefe de la División de Desarrollo Urbano, Luis Eduardo Bresciani. El texto cita el artículo publicado por El Mostrador “el jaque mate del ministerio de Vivienda a los vecinos de la Central Campiche”, en que el funcionario señala como fundamento de la modificación legal una petición de la Contraloría que no consta en el Decreto Supremo, como supuesta necesidad de perfeccionamiento de normas de localización de infraestructura que el organismo contralor les “hizo ver”.
Para entender esto, se solicita que Bresciani explique la forma en que la Contraloría habría informado la necesidad de perfeccionar el decreto y los fundamentos para hacerlo.
Por otra parte, los vecinos se preguntan por qué se estableció un porcentaje de 30 por ciento para permitir que un uso de suelo minoritario se extienda sobre todo el terreno. Así como por qué se estableció un porcentaje minoritario y no uno mayoritario, y la razón de que se fijara en “al menos un 30%” y no, por ejemplo, en un 40 o 45 por ciento.
El recurso no deja fuera al Contralor General de la República, Ramiro Mendoza, al que responsabiliza de haber tomado razón, admitir a tramitación y acoger el Decreto Supremo Nº 68 “en forma arbitraria e ilegal, vulnerando una serie de garantías constitucionales…”
Además, se critica que no se mencionaran los fundamentos precisos de la modificación, y se limitara a “informar sin acompañar los fundamentos e informes que fueron examinados para proceder a realizar el examen de juridicidad correspondiente y que debió remitirle el Minvu”.