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Errázuriz acusa intromisión del Poder Judicial a la «reconocida autonomía» de la Iglesia Católica

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El máximo líder eclesial, en el informe que envió al tribunal de alzada, aseguró que Víctor Hugo Robles fue borrado de los registros bautismales, cumpliéndose con ello la llamada “apostasía” o renuncia al credo. El prelado acusó varias “perplejidades” por la resolución jurisdiccional, “ya que no es el Estado el que regula el procedimiento, pues se trata de una materia de organización interna”. Algunos ministros consultados por este diario, comentaron que la institución no está por sobre la ley.


El cardenal Arzobispo de Santiago, Francisco Javier Errázuriz, quien está a punto de dejar su cargo, se manifestó perplejo porque la Corte de Apelaciones de Santiago acogió a tramitación el recurso de protección interpuesto por el activista gay Víctor Hugo Robles, quien solicitó ser borrado de los registros de la Iglesia -figura conocida como “apostasía”-, debido a que no se sentía ya representado por la fe católica.

En el informe que el tribunal de alzada le ordenó remitir, el máximo prelado aprovechó la oportunidad de dejar en claro algunas “perplejidades” por la acción legal, apuntando a que el Poder Judicial no puede tener injerencia en materias que son propias de la Iglesia, “ya que goza de reconocida autonomía” (ver documento anexo).

“No es el Estado el que regula este procedimiento, ya que se trata de una materia de organización interna de la Iglesia en la que goza de reconocida autonomía”, escribió Errázuriz.

Al mismo tiempo, insistió: “Por último causa perplejidad que la primera notificación, ya al pedir una primera respuesta, sea comunicada expresamente bajo apercibimiento de aplicar alguna medida”, refiriéndose a la advertencia de posibles sanciones si caía en desacato de no cumplir el plazo ordenado.

Algunos ministros consultados por este diario se manifestaron sorprendidos por la respuesta de Errázuriz, señalando que no existen organismos de ninguna especie que estén por sobre la ley, toda vez que -comentaron- la Iglesia se separó del Estado con la modificación a la Constitución de 1925.

Salirse con la suya

Cabe recordar que Robles había solicitado ser borrado de los registros de bautismo de la Iglesia, hecho que la institución cumplió, según se lee en el informe a la Corte.

[cita]“No es el Estado el que regula este procedimiento, ya que se trata de una materia de organización interna de la Iglesia en la que goza de reconocida autonomía”, escribió Errázuriz.[/cita]

El activista, conocido también como el “Che de los gay”, interpuso la acción legal el 28 de octubre, la que fue acogida a tramitación dos días después en voto dividido, por los ministros Soledad Melo, María Rosa Kittsteiner y el abogado integrante Ángel Cruchaga.

“… abandono la iglesia católica puesto que ella condena el amor, el afecto y las prácticas sexuales que yo asumo y valoro, aún más, lo hago porque siento que ella se ha convertido en una institución castigadora, abusiva y desprestigiada en su ejercicio ético, particularmente, en lo relativo a ciertos abusos protagonizados por algunas autoridades eclesiales, hecho esto último, que me violenta profundamente y no hace sino consolidar mi decisión de abandonar aquella”, señala el recurso de Robles.

El sólo hecho de que la Corte le diera tramitación al libelo no fue una señal menor en los pasillos de tribunales, ya que era la primera vez que ocurría, toda vez que la resolución se instalaba como un nuevo criterio del Poder Judicial respecto a la tutela del derecho a profesar o eximirse de una religión, si es que no se cumplía con el trámite.

El dictamen judicial se enmarcaba, al mismo tiempo, en el contexto de fuertes cuestionamientos a la administración de Errázuriz, debido a las denuncias de abusos sexuales por parte del sacerdote de la parroquia El Bosque, Fernando Karadima, quien espera la sanción de El Vaticano y una eventual condena de parte de la justicia criminal, donde es objeto de una investigación.

La clara libertad

Respecto al recurso y al informe evacuado por Errázuriz, este último aseguró que en ningún momento hubo una amenaza a la garantía constitucional de Robles de profesar un credo o retirarse de él.

“El señor Víctor Hugo Robles ejerció la libertad de retirarse de la Iglesia Católica y se comunicar su decisión y quedó en total libertad de adscribirse a otra confesión religiosa, libertad de cuyo ejercicio nadie lo ha impedido”, señaló.

Debido a que la petición de Robles se ejecutó tal como la pidió, la Corte rechazará el recurso de protección ya que no existió una vulneración a los derechos establecidos en la Constitución.

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