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Ex frentista Enrique Villanueva fue condenado a 5 años de pena remitida por asesinato de Jaime Guzmán

Ex frentista Enrique Villanueva fue condenado a 5 años de pena remitida por asesinato de Jaime Guzmán

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Tras conocer la resolución, Villanueva reiteró su inocencia: «No existía ninguna prueba de mi participación, porque yo no participé. Ni siquiera estuve de acuerdo cuando conocí el hecho».


El ex integrante del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), Enrique Villanueva, fue condenado a la pena de cinco años con beneficio de libertad vigilada por su responsabilidad como autor intelectual del asesinato del ex senador y fundador de la UDI, Jaime Guzmán, ocurrido el 1 de abril de 1991.

Villanueva, conocido como «Comandante Eduardo», fue condenado por el delito de atentado terrorista con resultado de muerte y es el único acusado por este asesinato que permanece en Chile, encontrándose en calidad de procesado desde octubre del 2010.

La investigación estableció que los autores materiales fueron los militantes del Frente Patriotico Manuel Rodríguez, Ricardo Palma Salamanca y Raúl Escobar Poblete.

La planificación del atentado habría sido de Galvarino Apablaza, que reside en Argentina como refugiado político, de Mauricio Hernández Norambuena, condenado en Brasil a 30 años de cárcel, y Juan Gutiérrez Fischmann, protegido por el gobierno cubano.

Tras conocer la resolución, Villanueva reiteró su inocencia: «No existía ninguna prueba de mi participación, porque yo no participé. Ni siquiera estuve de acuerdo cuando conocí el hecho».

Por su parte, el abogado defensor, Roberto Celedón, presentó un recurso de apelación para dejar sin efecto la condena.

«El ministro en Visita no dio lugar a la prescripción de la acción penal a pesar de que han transcurrido más de 15 años, 3 meses y 26 días de la comisión del delito hasta la fecha en que fue procesado, señalando que el procedimiento no habría sido suspendido en circunstancia que el 7 de abril del año 2000, el ministro Dolmestch, que llevaba la causa, anuló la declaratoria de rebeldía de Enrique Villanueva por no ser parte de esa causa”, sostuvo.

Celedón calificó el proceso como «totalmente viciado, pues, en esta sentencia, que es un cóctel de Ley de Seguridad del Estado y Ley de Conductas Terroristas, en un procedimiento que ya no está vigente, pero que se le está aplicando, el acusado, puede ser condenado en conciencia, sin que el juez esté sometido a la ley reguladora de la prueba, por lo tanto, el juez falla en conciencia y se le priva al acusado el derecho de recurrir de casación ante la Corte Suprema”.

«La resolución ya ha sido apelada, porque solamente tenemos 24 horas de acuerdo a este procedimiento», informó el abogado.

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